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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (30/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G35/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de abril de 2004 ción presupuestal de los recursos a que se refiere lo dispuesto por la Octava Disposición Final de la LeyNº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2004; así como para la ejecución delgasto de dichos recursos por el Instituto Nacional deDefensa Civil. Artículo 2º.- FINALIDAD La finalidad de la presente Directiva es establecer los procedimientos para que los recursos proceden-tes de la Fuente de Financiamiento “Recursos por Ope-raciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes delcrédito extraordinario permanente y revolvente otorga-do por el Banco de la Nación a favor del Instituto Na-cional de Defensa Civil, y a través de dicha institucióna posibles Unidades Ejecutoras, se destinen a aten-der acciones de prevención ante la inminencia de undesastre natural o para realizar acciones de atencióna la población, rehabilitación o recuperación de la in-fraestructura o servicios públicos afectados por undesastre natural o antrópico. Artículo 3º.- BASE LEGAL 3.1 Decreto Ley Nº 19338, Ley del Sistema de De- fensa Civil, modificada por los Decretos LegislativosNºs. 442, 735 y 905, y la Ley Nº 25414. 3.2 Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública. 3.3 Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Pú- blico para el Año Fiscal 2004. 3.4 Decreto Legislativo Nº 955, Ley de Descentrali- zación Fiscal. 3.5 Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD y su modifi- catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM. 3.6 Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, que aprue- ba el Reglamento de Organización y Funciones del Ins-tituto Nacional de Defensa Civil –INDECI. 3.7 Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, que crea la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de De-sastres. 3.8 Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inver-sión Pública. 3.9 Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF/15, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Economía y Finanzas. Artículo 4º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Directiva es aplicable a todas las entida- des del Sector Público Nacional, de los tres niveles degobierno que formulen proyectos a ser financiados conlos recursos provenientes de la Línea de Crédito Extraor-dinario, Permanente y Revolvente otorgado por el Bancode la Nación a favor del Instituto Nacional de DefensaCivil - INDECI. Artículo 5º.- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES 5.1 Corresponde al Ministerio de Economía y Finan- zas, a través de la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público: a) En el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004: - Formular la propuesta de Decreto Supremo que au- torice la incorporación presupuestal de los recursos aque se refiere lo dispuesto por la Octava Disposición Fi-nal de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2004. - Coordinar con el Instituto Nacional de Defensa Ci- vil, los planes y programas de prevención, atención du-rante la emergencia, rehabilitación y/o recuperación, parasu aprobación de la Comisión Multisectorial de Preven-ción y Atención de Desastres, creada por el Decreto Su-premo Nº 081-2002-PCM.- Aplicar un procedimiento simplificado a los proyec- tos de inversión pública incluidos en los Planes y Pro-gramas que apruebe la Comisión antes referida. b) En el marco de las funciones asignadas por el Re- glamento de Organización y Funciones del Ministerio deEconomía y Finanzas aprobado por Resolución Ministe-rial Nº 158-2001-EF-15: - Coordinar la formulación, evaluación y ejecución de proyectos y programas de prevención, reconstrucción yrehabilitación, por situaciones de emergencia ocasiona-das por desastres naturales. - La formulación, vigilancia y evaluación de las estra- tegias de prevención. - La supervisión de la ejecución de planes de contin- gencia ante situaciones de emergencia por desastres na-turales que puedan causar daños permanentes en lascapacidades humanas o en los recursos; entre otras. 5.2 Corresponde al INDECI:a) En el marco de la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28128, solicitar al Ministerio de Economía yFinanzas, a través de la Dirección General de Progra-mación Multianual del Sector Público, adjuntando elcorrespondiente informe técnico sustentatorio, la in-corporación de los recursos con cargo a la Línea deCrédito Extraordinario, Permanente y Revolvente, paraatender acciones de prevención y atención de desas-tres. b) En el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004: - Coordinar con la Dirección General de Programa- ción Multianual del Sector Público, los planes de pre-vención, atención durante la emergencia, rehabilita-ción y/o recuperación, para su aprobación por la Co-misión Multisectorial de Prevención y Atención deDesastres, creada por el Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM. c) En el marco de las funciones asignadas por el Re- glamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Defensa Civil, aprobado por Decreto SupremoNº 059-2001-PCM y su modificatoria: - El planeamiento, organización, dirección, coordina- ción, y control de las actividades del Sistema Nacionalde Defensa Civil. - La supervisión de las acciones que ejecutan los or- ganismos y/o entidades que reciban fondos públicos parafines de Defensa Civil. - Brindar atención de emergencia, proporcionando apoyo inmediato a la población afectada por desastres ysupervisar las acciones que ejecuten los organismos yentidades para tal efecto. 5.3 Corresponde a la Comisión Multisectorial de Pre- vención y Atención de Desastres: a) Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM: - Coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las me- didas de prevención de daños, atención y rehabilita-ción en las zonas del país que se encuentren en peli-gro inminente o afectados por desastres de gran mag-nitud, generados por fenómenos de origen natural otecnológico. - Definir los lineamientos y coordinar las acciones ne- cesarias para enfrentar los efectos de posibles desas-tres de gran magnitud considerando las fases de pre-vención de daños, atención y rehabilitación. - Impartir las directivas para la elaboración de los pla- nes de contingencia que correspondan, considerando lasfases antes mencionadas. - Priorizar las medidas consideradas en los planes de contingencia, así como definir los mecanismos y re-cursos necesarios para su ejecución.