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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (11/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G32/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de agosto de 2004 ampliar la permanencia en Misión de Estudios, en los Es- tados Unidos de América del Coronel EP Mario Hernán ANGULO Yervis, para que se desempeñe como Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa de los Estados Uni-dos de América - Washington, del 01 de julio del 2004 al 10 de julio del 2005; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcio- narios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de De- fensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Pú-blico para el año Fiscal 2004; Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supre- mo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la permanencia en los Estados Unidos de América- Washington, del Coronel EP Mario Hernán ANGULO Yervis, en Misión de Estudios del 1 dejulio del 2004 al 10 de julio del 2005, para que se desem- peñe como Asesor en el Colegio Interamericano de Defen- sa. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Exterior US$ 3,050.00 x 12 meses US$ 3,050.00 ÷ 30 x 10 días Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sinexceder el período total de días autorizados. Artículo 4º.- El referido Oficial EP, deberá dar cumpli- miento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final delDecreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 14599 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G4D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G2D/G74/G6F/G20/G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G43/G68/G69/G6E/G61/G2C/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G72/G20/G72/G65/G66/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G2D /G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G4D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72 /G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 336-2004-DE/SG Lima, 9 de agosto de 2004CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 “Ley de Requi- sitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República”, es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por ra- zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se deben espe- cificar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 418 de fecha 20 de julio del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en mérito a la información proporcionada por la Embajada de la Re- pública Popular China en el Perú, solicita se expida la auto-rización para el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de una delegación del Tribunal de Justi- cia Militar del Ejército Popular de Liberación Nacional deChina, del 5 al 10 de agosto del presente año, con la finali- dad de conocer las reformas y el desarrollo del Sistema de Justicia Militar del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, a una delegación del Tribunal de Justicia Militar del Ejército Popular de Liberación Nacio-nal de China, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 5 al 10 de agos- to del 2004, con la finalidad de conocer las reformas y eldesarrollo del Sistema de Justicia Militar del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi-sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De- sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre- so de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi-ción, conforme lo estipula el artículo 5 de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14600 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G2D/G74/G6F/G20/G42/G72/G69/G74/GE1/G6E/G69/G63/G6F/G2C/G20/G64/G65/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G2C/G20/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/GED/G76/G69/G63/G61/G2C /G76/G69/G73/G69/G74/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 337-2004-DE/SG Lima, 9 de agosto de 2004CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República", es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por ra- zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se deben espe- cificar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen- cia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 421 de fecha 20 de julio del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en mérito a la información proporcionada por la Embajada del ReinoUnido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el Perú, soli- cita se expida la autorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar delEjército Británico, del 5 al 26 de agosto del presente año,