TEXTO PAGINA: 18
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G32/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de agosto de 2004 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 340-2004-DE/SG Lima, 9 de agosto de 2004CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República", es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por ra- zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especi- ficar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen- cia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 419 de fecha 20 de julio del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en mérito a la información proporcionada por la Embajada de la Re-pública Federativa del Brasil en el Perú, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar brasileño, del 11 al15 de agosto del presente año, con la finalidad de brindar asesoramiento para la presencia permanente de científi- cos en la Estación Machu Picchu; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, al personal militar de la Re-pública Federativa del Brasil, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 11 al 15 de agosto del 2004, con la finalidad de brindar aseso-ramiento para la presencia permanente de científicos en la Estación Machu Picchu. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi- sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De- sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre-so de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi- ción, conforme lo estipula el artículo 5 de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14604 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72/G20/G63/G6F/G6D/G6F /G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G79/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G2D /G64/G61/G64/G20 /G43/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G43/G6F/G6C/G65/G67/G69/G6F/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 346-2004-DE/MGP Lima, 9 de agosto de 2004 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 1186 DE/MGP de fecha 31 de julio del 2003, se nombró en Misión Diplomá-tica a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores alCapitán de Navío Fernando Manuel Jesús CASANOVA Claros, a fin que se desempeñe como Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y Asesor del Curso de Defensa y Seguridad Con-tinental en el Colegio Interamericano de Defensa, en la ciu- dad de Washington D.C. de dicho país, por el período de UN (1) año a partir del 1 de agosto del 2003; Que, se ha determinado que es conveniente para los intereses Institucionales ampliar la permanencia en la con- dición de Comisión del Servicio, del Capitán de Navío Fer-nando Manuel Jesús CASANOVA Claros, para que conti- núe como Asesor del Curso de Defensa y Seguridad Con- tinental en el Colegio Interamericano de Defensa, del 1 deagosto al 31 de diciembre del 2004; por cuanto la experien- cia a adquirirse redundará en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marinade Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funciona-rios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defen- sa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la permanencia en la condición de Comisión del Servicio, del Capitán de Navío Fernando Manuel Jesús CASANOVA Claros, CIP. 01713917, para que continúe como Asesor del Curso de Defensa y SeguridadContinental en el Colegio Interamericano de Defensa, en la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de América, a partir del 1 de agosto al 31 de diciembre del 2004. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extran- jero: US$ 3,050.00 x 5 meses x 1 Oficial Superior Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión del Servicio, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- El mencionado Oficial Superior deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- El citado Oficial Superior revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el perío- do que dure la Comisión del Servicio. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 14605 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G76/G75/G65/G6C/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G61/G6E/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G2D /G74/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G73/G75/G20/G63/G6F/G6D/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6C/G69/G2D/G76/G69/G61/G20/G79/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 349-2004-DE/SG Lima, 10 de agosto de 2004