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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (11/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G32/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de agosto de 2004 Que, por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 049- 2004-PATPAL-DE se aprobaron las Bases del proceso de selección a que se refiere el considerando precedente, habiéndose programado el acto público de otorgamientode la buena pro el día 2 de agosto del 2004; Que, con fecha 7 de abril del 2003 el Patronato del Par- que de las Leyendas - Felipe Benavides Barreda suscribióel Contrato de Locación de Servicios de Seguridad y Vigi- lancia Privada de Sedes con la Empresa Técnicos en Se- guridad - TENSE S.A., derivado del Concurso Público Nº002-2002-PATPAL-Felipe Benavides Barreda (Segunda Convocatoria), por el plazo contado desde el 16 de abril del 2003 hasta el 15 de abril del 2004; Que, con fecha 25 de mayo del 2004 la entidad suscribió el Addendum al Contrato de Locación de Servicios a que se refiere el párrafo precedente, mediante el cual se amplía la vigencia delmismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 141º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con fecha 6 de julio del 2004 la entidad tomó co- nocimiento de la pérdida de maquinaria de propiedad de la entidad, por lo que en virtud a lo dispuesto en la CláusulaUndécima del Contrato suscrito con la Empresa TENSE S.A., le solicitó, por conducto notarial, el resarcimiento del valor de los bienes materia de la pérdida, sin que ésta sehaya pronunciado, por lo que el PATPAL - Felipe Benavides Barreda procedió a resolver el Contrato suscrito; Que, por las consideraciones expuestas mediante Infor- me Nº 476-2004/PATPAL-GA-UL, el Jefe de la Unidad de Lo- gística de la entidad, manifiesta que resulta indispensable aten- der la contratación del servicio de Seguridad y Vigilancia delas Instalaciones del PATPAL - Felipe Benavides Barreda, en salvaguarda del patrimonio de la entidad, mediante el proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía, habiéndose estimadoun valor referencial de S/. 53 395,47 (Cincuentitrés Mil Tres- cientos Noventa y Cinco y 47/100 Nuevos Soles), por un pe- ríodo de hasta treinta (30) días calendario y/o hasta que que-de consentido el otorgamiento de la buena pro del Concurso Público Nacional Nº 001-2004-PATPAL - Felipe Benavides Barreda (Primera Convocatoria) y se proceda a la suscrip-ción del Contrato correspondiente; Que, resulta indispensable contratar en forma inmedia- ta el servicio de seguridad y vigilancia para las instalacio-nes del PATPAL - Felipe Benavides Barreda, con el propó- sito de no poner en riesgo la seguridad de las instalacio- nes y el patrimonio del Patronato del Parque de las Leyen-das - Felipe Benavides Barreda, produciéndose, en ese sentido, una situación de urgencia; Que, el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, precisa que se considera situación de urgencia cuan- do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determina- do bien o servicio compromete en forma directa e inminen-te la continuidad de los servicios esenciales o de las ope- raciones productivas que la entidad tiene a su cargo; por lo que dicha situación faculta a la entidad a la adquisición ocontratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para lle- var a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que se encuentran exoneradas del proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, según sea el caso, las adquisiciones y contratacionesque se realicen en situación de urgencia; Que, asimismo, el artículo 20º de la norma citada en el consi- derando precedente, dispone que las adquisiciones o contrata-ciones exoneradas del proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, se realizarán mediante el proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía, las que serán aprobadasmediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, siendo dicha facultad indelegable de acuerdo a lo dispuesto por el artícu- lo 114º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, resulta necesario exonerar al Patronato del Par- que de las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, del re- quisito del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, paracontratar, en forma inmediata, el servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones de la entidad; Que, el artículo 19º del Decreto Supremo Nº 011-2001- PROMUDEH, Reglamento de Organización y Funciones del Patronato del Parque de las Leyendas, PATPAL - Felipe Benavides Barreda, establece que el Presidente del Con-sejo Directivo es el titular del pliego presupuestario; Que, mediante Resolución Suprema Nº 007-2004-MI- MDES publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 demarzo del 2004, se ha encargado las funciones de Presi- dente del Consejo Directivo del PATPAL; De conformidad con lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus normas modificatorias y complementarias; y, Con la visación de la Gerencia de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planificación y Presupuesto del PATPAL - Felipe Benavides Barreda; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la con- tratación del servicio de seguridad y vigilancia para las ins-talaciones del Patronato del Parque de las Leyendas, PA- TPAL - Felipe Benavides Barreda, por un período de hasta treinta (30) días calendario y/o en tanto quede consentidoel acto de otorgamiento de la buena pro del Concurso Pú- blico Nacional Nº 001-2004-PATPAL - Felipe Benavides Barreda (Primera Convocatoria) y se proceda a la suscrip-ción del Contrato correspondiente. Artículo 2º.- Exonerar al Patronato del Parque de las Leyendas - Felipe Benavides Barreda del requisito paraconvocar a una Adjudicación Directa Selectiva, para la con- tratación del servicio de seguridad y vigilancia para las ins- talaciones de la entidad, sito en la Av. La Marina Cdra. 24,distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, autorizándolo a efectuar dicha contratación mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, por el valorreferencial de hasta S/. 53,395.47 (Cincuentitrés Mil Tres- cientos Noventicinco y 47/100 Nuevos Soles), a fin de no poner en riesgo la seguridad de las instalaciones y el patri-monio de la entidad, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administración del PATPAL - Felipe Benavides Barreda, a llevar a cabo las acciones correspondientes para la contratación del servi- cio a que se refiere el srtículo precedente, el que se reali-zará de conformidad con las normas contenidas en el Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, su Reglamento, normas modificatoriasy complementarias; y se efectuará con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 4º.- La presente Resolución así como los Informes Técnico y Legal que la sustentan, serán puestos en conocimien- to de la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- La Dirección Ejecutiva del PATPAL queda en- cargada del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo prece- dente; así como de disponer la publicación de la presente Reso-lución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MANUEL PULIDO CAPURRO Presidente (e) del Consejo Directivo 14486 /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61 /G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G2D/G66/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61 SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE LIMA METROPOLITANA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 070 -2004-P/SBLM Lima, 14 de julio del 2004 VISTO: El Informe Nº 003-04-CEPAD/SBLM del 12 de julio del 2004 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Sociedad de Beneficencia de LimaMetropolitana respecto a las presuntas responsabilidades que se imputan a los ex funcionarios: Hnas. Julia Cristina Segura Muñoz, María Ana Benedicta Serrano Zamora yMaría Elena Carrillo Valdivia, ex Directoras del Instituto Se- villa y los ex Directores Generales de Servicios Sociales, Ing. Héctor Tejada Tejada, Sra. Patricia Melloh Navarro y Dra.Patricia De la Flor Busso, Informe Nº 001-2003-OGAI./SBLM;