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PÆg. 274217 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de agosto de 2004 rresponde declarar fundado en parte el recurso de apela- ción interpuesto en el extremo referido a la declaración denulidad de la Resolución Directoral Nº 462-2003-PRO- DUCE/DNEPP e infundado en lo demás que contiene, de- biéndose remitir el expediente a la Dirección Nacional deExtracción y Procesamiento Pesquero a fin de que resuel- va el recurso de reconsideración interpuesto; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 10º numeral 1 y 209º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal m) del artícu- lo 12º del Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de la Producción, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por el señor YSIDRO EFFIO HUAMANCHUMO, contra la Resolución Directoral Nº 462-2003-PRODUCE/DNEPP del 9 de diciembre del2003, en el extremo referido a la nulidad de la Resolu- ción Directoral Nº 462-2003-PRODUCE/DNEPP, e infun- dado en los demás extremos, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Declarar la nulidad de la Resolución Direc- toral Nº 462-2003-PRODUCE/DNEPP, en consecuencia reponer el procedimiento administrativo al momento del pronunciamiento sobre el mismo. Artículo 3.- Remitir el presente expediente administra- tivo a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, a efectos de que resuelva el recurso de reconsi-deración interpuesto por el señor YSIDRO EFFIO HUA- MANCHUMO mediante escrito con registro Nº 12146001 del 21 de octubre del 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO JIMENEZ MORALES Viceministro de Pesquería 14494 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a los Ministerios de Agricultu- ra, Energía y Minas, Justicia y Relacio-nes Exteriores realizar pago de cuotasa diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 225-2004-RE Lima, 10 de agosto de 2004 VISTO: El Oficio Nº 1895-2004-AG-OGPA-OCTF, de 14 de julio de 2004, del Ministerio de Agricultura, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de laResolución Suprema que autorice el pago de la cuota año 2004 al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA); CONSIDERANDO: Que el artículo 19º numeral 19.2 de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia- ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi-cio de los flujos de cooperación y asistencia técnica inter- nacional;Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota año 2004 al mencionado organismo internacional,con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efec- tuar el pago de CIENTO DOCE MIL SETECIENTOS OCHENTISÉIS Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 112 786,00), al Instituto Inte-ramericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), co- rrespondiente al pago de la cuota año 2004. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre- supuesto del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14606 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 226-2004-RE Lima, 10 de agosto de 2004 VISTO: El Oficio Nº 133-MEM-OGP/CTI, de 8 de julio de 2004, del Ministerio de Energía y Minas, en el que solicita al Mi- nisterio de Relaciones Exteriores la expedición de la Re-solución Suprema que autorice el pago de la cuota año 2004 al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC); CONSIDERANDO: Que el artículo 19º numeral 19.2 de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de ma- nera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de losflujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota año 2004 al mencionado organismo internacional,con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas a efectuar el pago de TREINTIÚN MIL CIENTO VEINTIU- NO Y 00/100 EUROS ( 31 121,00, equivalentes a US$ 38 306,84) al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC),correspondiente al pago de la cuota año 2004. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre-supuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14607 •