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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (18/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G37/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de agosto de 2004 de Investigación de la Universidad del Pacífico - CIUP y el Centro de Estudios para el Desarrollo y la Participación- CEDEP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27711, se aprueba la nue- va Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, estableciendo entre sus finalidades, fomen-tar un sistema democrático de relaciones laborales yprevisionales dentro del diálogo social, la concerta-ción y el tripartismo, coadyuvando con las organiza- ciones representativas de los sujetos sociales involu- crados; Que, en mérito a lo expuesto, el Grupo de Análisis para el Desarrollo - GRADE, el Centro de Investiga-ción de la Universidad del Pacífico - CIUP y el Centrode Estudios para el Desarrollo y la Participación - CEDEP, han estimado conveniente en organizar la "Primera Conferencia de Investigación en EconomíaLaboral", que se realizará en las instalaciones de laUniversidad del Pacífico, del 18 al 19 de noviembrede 2004; Que, el citado evento tiene por objeto reunir la pro- ducción reciente más destacada en el análisis de la problemática laboral peruana, con particular atenciónen el tema de los estándares laborales; Que, por el documento de visto y los consideran- dos expuestos, es necesario emitir el acto administra-tivo que apruebe dicha Conferencia; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del PoderEjecutivo; el literal c) del Artículo 4º de la Ley Nº27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal d) del Artículo 12º de su Regla- mento de Organización y Funciones aprobado porResolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar la "Primera Conferencia de Investigación en Economía Laboral", organizadopor el Grupo de Análisis para el Desarrollo - GRADE,el Centro de Investigación de la Universidad del Pa-cífico - CIUP y el Centro de Estudios para el Desa-rrollo y la Participación - CEDEP, que se llevará a cabo en las instalaciones de la Universidad del Pacífico, los días 18 y 19 de noviembre de 2004. Artículo 2º.- La realización del citado evento no irrogará gastos al Pliego Institucional del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 14910 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2004-TR Lima, 16 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 147-2004- TR, de fecha 1 de junio de 2004, se designó a la señora economista María Jesús Gamarra de Fernández, como Directora General de la Oficina de Planificación y Presu-puesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Em-pleo;Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; Que, en mérito a lo expuesto, resulta conveniente emi- tir el acto administrativo mediante el cual se acepta larenuncia de la mencionada servidora; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramientoy designación de funcionarios públicos; y el literal d) delArtículo 12º del Reglamento de Organización y Funcio-nes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora MARIA JESUS GAMARRA DE FERNANDEZ, al cargo de Directora General de la Oficina de Planifica- ción y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promo-ción del Empleo, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 14954 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 611-2004-MTC/02 Lima, 17 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios pú-blicos, en concordancia con sus normas reglamenta-rias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Re-solución Ministerial del respectivo Sector, la que de-berá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizacio-nes de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo in-dispensable los viajes al exterior del país en comi-sión de servicios, estableciendo que, para el caso delPoder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolu- ción suprema refrendada por el Presidente del Con- sejo de Ministros y el Ministro del sector correspon-diente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como dela Dirección General de Aeronáutica Civil del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Ci-vil es ejercida por la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil como dependencia especializada del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chi-