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PÆg. 275310 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de agosto de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA NEGRA VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo del 20 de julio del 2004, el pedido de la Srta. Alcaldesa para que se de-clare en riesgo zona comprendida entre la Av. Cruz delHueso, Quebrada Cruz de Hueso y Antigua PanamericanaSur; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Informe Técnico de Oficio Nº 039- 2002-SRDC/DR (14.4) de fecha 27/Mar/02, la SegundaRegión de Defensa Civil indica que los terrenos ubica-dos entre la Av. Cruz del Hueso, Quebrada Cruz de Hue-so y Antigua Panamericana Sur, están considerados dealto riesgo por probables inundaciones de lodo y pie-dras en la Quebrada Cruz de Hueso, prohibiéndose lostrabajos de movimiento de tierras que modifique el cau-ce natural de la referida quebrada así como destinar elárea que comprende cincuenta metros a cada lado delcauce como área para habilitaciones urbanas por razo-nes de seguridad, con el fin de prevenir y salvaguardarvidas humanas; Que, mediante Resolución de Concejo Nº 001 del 14/Abr/03, el Concejo Municipal de San Bartolo, dispu-so Declarar Nulos los 301 actos administrativos deAutorizaciones Provisionales de Cerco Perimétrico In-dividual sobre el terreno ubicado entre la avenida Cruzde Hueso, la Quebrada Cruz de Hueso y la Antigua Pa-namericana Sur, otorgados por el arquitecto Juan SonoPozo, Director de la Unidad de Infraestructura de la Mu-nicipalidad de San Bartolo de la gestión edil 1999-2002,a favor de los señores de la Asociación de ViviendaJuventud San Bartolo “El Bosque” con AutorizacionesNºs. 012 a 310-2002. Asimismo, dispone que dichaspersonas paralicen las construcciones, reconstrucción,ampliación o remodelación de cualquier tipo de edifica-ción en toda el área indicada en la precitada resolu-ción; Que, si bien es cierto, la Municipalidad de San Bar- tolo otorgó Autorizaciones a los ocupantes de dichazona, se debe tener en cuenta que la zona materia delpresente Acuerdo, ha generado conflicto limítrofe entrelos distritos de San Bartolo y Punta Negra, situaciónque ha sido planteada a las instancias competentes parasu solución al más breve plazo al amparo de la Ley deDemarcación y Organización Territorial Nº 27795, enconsecuencia, corresponde al Concejo Municipal dePunta Negra pronunciarse respecto al problema expues-to; Que, considerando que la existencia de edificaciones en la zona comprendida entre la Av. Cruz del Hueso, Que-brada Cruz de Hueso y Antigua Panamericana Sur, consti-tuye un potencial peligro, deben adoptarse medidas correc-tivas conforme a las normas reglamentarias del Sistemade Defensa Civil; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el Art. 41º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972, el Concejo en pleno por Una-nimidad; ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR zona de potencial ries- go para la seguridad pública el área comprendida entre laAv. Cruz del Hueso, Quebrada Cruz de Hueso y AntiguaPanamericana Sur, conforme a las conclusiones y recomen-daciones efectuadas por la Segunda Región de Defensa Civil. Artículo Segundo.- DECLARAR que es de exclusiva responsabilidad de las personas que sigan construyendoen la zona referida en el artículo precedente, al estar prohi-bido realizar cualquier tipo de edificación siendo que lazonificación ZRP y RE-RG, no admite uso urbano y menosaún, residencial. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre- sente Acuerdo por ser de interés general, a fin de advertira la población de evitar adquirir inmuebles en dicha zona,ya que de hacerlo será de exclusiva responsabilidad delcomprador. Artículo Cuarto.- SOLICITAR a la Municipalidad Metro- politana de Lima, Comité Provincial de Defensa Civil y a laSegunda Región de Defensa Civil, a fin de que disponganacciones de solución del problema suscitado, toda vez que,en tanto se resuelva el problema limítrofe entre los distritosde San Bartolo y Punta Negra, no se encuentran definidaslas competencias territoriales a efectos de disponer lasacciones administrativas del caso.Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento del presen- te Acuerdo a las Áreas Administrativas en lo pertinente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROSA PATRICIA LI SOTELO Alcaldesa 15456 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban la Directiva "Normas y Pro- cedimientos para la ejecución y control del sorteo Ganapuntual - Segundo Tri- mestre de 2004" DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2004-ALC/MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 076-MSI se aprobó el Programa de Incentivos “Ganapuntual”, cuyo Artículo Ter-cero, encargó al despacho de Alcaldía la expedición, me-diante Decreto de Alcaldía, de las directivas de ejecucióny control del citado Programa; Que, en aplicación de dicha norma, es necesario apro- bar una Directiva que establezca las normas y procedi-mientos que regularán el proceso de sorteo de premios delprograma “Ganapuntual” correspondiente al segundo tri-mestre de 2004; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por el inciso 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la Directiva “Normas y Procedimientos para la ejecución y control del sorteo Ga-napuntual- Segundo Trimestre de 2004”, la misma que for-ma parte integrante del presente Decreto, y consta de ca-torce (14) Artículos y dos (2) Anexos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Ren- tas el cumplimiento de la Directiva aprobada. Dado en San Isidro, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde DIRECTIVA Nº030-2004-MSI NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN Y CONTROL DEL SORTEO GANAPUNTUAL -2DO. TRIMESTRE 2004 Artículo 1º.- OBJETIVO La Directiva establece las normas y procedimientos que regulan el proceso del sorteo de premios entre los contri-buyentes que cumplan con pagar el Impuesto Predial, Ar-bitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos yde Seguridad Ciudadana, correspondientes al 2do trimes-tre del año 2004, dentro de los plazos establecidos. Artículo 2º.- DE LOS PARTICIPANTES Los Contribuyentes con derecho a participar en el sor- teo son las personas naturales que cumplan con el pagodel Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Par-ques y Jardines Públicos y de Seguridad Ciudadana, se-gún el cuadro de opciones del artículo tercero de la pre-sente Directiva. No participarán en el sorteo: El Alcalde, los miembros del Concejo, los funcionarios y los trabajadores de la Mu-nicipalidad de San Isidro que presten sus servicios bajocualquier modalidad. Los participantes del sorteo integrarán el “Padrón de Participantes Hábiles” debidamente verificado por la Sub-