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PÆg. 275304 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de agosto de 2004 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecuto-ra 300 - Educación Arequipa para elejercicio presupuestal 2004 (Se publica la presente resolución a solicitud del Gobierno Regional de Arequipa, mediante Oficio Nº 089-2004-GRA-PR-GGR/SG, recibido el 25 de agosto de 2004) DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN - AREQUIPA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0193 Arequipa, 28 de enero de 2004 Visto los documentos adjuntos; CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 7º del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, la Uni-dad Ejecutora 300 - Educación Arequipa de la Dirección Re-gional de Educación - Arequipa, ha elaborado su Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2004; Que, es necesario oficializar la vigencia y cumplimiento del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Es-tado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 079-2001-PCM, norma que modifica el Art. 6º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; De conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley General de Educación Nº 23384, D.L. Nº 25762 - LeyOrgánica del Ministerio de Educación modificada por la LeyNº 26510, Ley del Presupuesto del Sector Público Nº 28128para el Ejercicio Presupuestal 2004, Ley de Gestión Pre-supuestaria del Estado Nº 27209, D.S. Nº 012-2001-PCM,D.S. Nº 013-2001-PCM y la R.S. Nº 204-2002-ED; SE RESUELVE: 1º.- APROBAR, el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación Are-quipa para el Ejercicio Presupuestal 2004, que comprendela jurisdicción de la sede de la Dirección Regional de Edu-cación - Arequipa, las Unidades de Gestión Educativa:Camaná, Castilla, Caravelí, Condesuyos, La Unión e Islay,y de Institutos Superiores del ámbito regional. 2º.- DISPONER, que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 300 - EducaciónArequipa de la Dirección Regional de Educación - Arequi-pa, se ponga a disposición del público de conformidad conlo establecido en el Art. 7º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese y comuníquese. MAURO ROCHA BERRIOS Director Regional de EducaciónArequipa 15454 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Declaran nulos actos administrativos seguidos en el Proceso de LicitaciónPœblica Nacional N” 0004-2003-GRL RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 946-2004-GRL-P Iquitos, 23 de agosto del 2004 Visto, el Oficio Nº 005-2004-GRL-CTSI-P, de fecha 5 de julio del 2004, emitida por la Comisión Técnica para elServicio Informático, sobre el Proceso de Licitación Públi- ca Nacional Nº 0004-2003-GRL, "Adquisición de Equiposde Computo"; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 597-2003- GRL-P, del 11 de junio del 2003, se resuelve designar el Co-mité Especial que se encargará de conducir el Proceso deLicitación Pública Nacional Nº 004-2003-GRL, desde la orga-nización, conducción y ejecución de la integridad del procesohasta antes de la suscripción del contrato para la adquisiciónde Equipos de Cómputo, Repuestos y Accesorios; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 879-2003- GRL-P, de fecha 13 de agosto del 2003, se resuelve aprobarlas Bases de la Licitación Pública Nacional Nº 004-2003-GRL,"Adquisición de Equipos de Computo", para seleccionar elpostor que proponga la oferta más conveniente y vigenciatecnológica a los intereses del Gobierno Regional de Loreto,para la adquisición de equipos de computo; Que, con fecha 15 de setiembre del 2003, se llevó a cabo el acto de Otorgamiento de la Buena Pro, en el Pro-ceso de Licitación Pública Nacional Nº 004-2003-GRL, re-sultando favorecidos: - En los ítems 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 14, 15 y 16, el postor Consorcio Importaciones Magna S.A.C. y la Em-presa Intcomex Perú S.A.C.; - En los ítems 4 y 6 el postor Grupo Arvisa del Perú S.A.;- En el ítem 12 el postor JCLM S.A. Computer Support. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1232- 2003-GRL-P, de fecha 11 de noviembre del 2003, se resuel-ve declarar NULO y sin efecto legal alguno, los actos admi-nistrativos seguidos en el presente Proceso de Selección,ordenándose retrotraer todo lo actuado hasta el estado dela apertura de sobres de la Licitación Pública Nacional; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 380-2004- GRL-P, de fecha 31 de marzo del 2004, se resuelve declararNULO y sin efecto legal alguno las Resoluciones EjecutivasRegionales Nºs. 1190, 1199, 1200 y 1232-2003-GRL-P, ytodos los actos administrativos expedidos con posterioridada ellas, debiendo retrotraerse el Proceso de Selección a laetapa de solución de controversias, corriendo traslado delos recursos impugnativos planteados a las partes intervi-nientes en el presente proceso, en aplicación de los princi-pios que rigen los Procesos de Adquisiciones y Contrata-ciones del Estado; por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la Resolución antes indicada; Que, mediante Oficio Nº 005-2004-GRL-CTSI-P, de fe- cha 5 de julio del 2004, la Comisión Técnica para el Servi-cio Informático del Gobierno Regional de Loreto, proponela Cancelación de la Licitación Pública Nacional Nº 004-2003-GRL - "Adquisición de Equipos de Computo", con lafinalidad de convocar de manera inmediata a un nuevo pro-ceso en base a los siguientes fundamentos: - Existen normas legales vigentes que deben ser tomadas en cuenta con la finalidad de evitar futuras sanciones tanto al Titulardel pliego como a los integrantes de la Comisión Especial (Reso-lución de Contraloría Nº 072-98-CG Normas Técnicas de Con-trol Interno: 500-02; Resolución Jefatural Nº 140-95-INEIRecomendaciones técnicas para la organización y gestión de losservicios informáticos para la administración pública). - Dado el tiempo transcurrido, existe pérdida de vigen- cia tecnológica de las especificaciones técnicas señala-das en las bases de la licitación; además, las característi-cas deben estar acordes con las tendencias tecnológicascon futuro, según los requerimientos que demandan laconectividad y gobierno electrónico. Que, en efecto, al haberse omitido las observaciones señala- das en al párrafo anterior, se estaría contraviniendo lo prescritoen el artículo 3º del Texto Único de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, que señala taxativa-mente "Los procesos de adquisición y contratación reguladospor esta Ley y su Reglamento se rigen por los principios de mo-ralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia, transparen-cia, economía, vigencia tecnológica y trato justo e igualitario; te-niendo como finalidad garantizar que las Entidades obtengan bie-nes, servicios y obras de la calidad requerida, en forma oportunay a precios o costos adecuados"; por lo que el Comité Especial aefecto de continuar con el Proceso de Selección, deberá elaborarcorrectamente las Bases y observar lo señalado en el oficio y lanorma antes indicada; Que, por lo que habiéndose prescindido de las normas esenciales del procedimiento establecido en el Texto Úni-co de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoy su Reglamento; ésta, deviene en Nulidad insalvable de-bido a las causales establecidas en el Art. 57º de la misma