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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G32/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de agosto de 2004 nistro del Interior y el Ministro de Transportes y Comuni- caciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleoy encargado de la Cartera de Educación ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15597/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79 /G4E/GBA/G20/G32/G38/G32/G37/G34/G2C/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G2D/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G65/G73 DECRETO SUPREMO Nº 063-2004-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28274 se aprobó la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones; Que, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ley acotada, el Poder Ejecutivo, con el voto aproba-torio del Consejo de Ministros, deberá aprobar el Regla- mento de la Ley de Incentivos para la Integración y Confor- mación de Regiones; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y el inciso 2) del artículo 3ºdel Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Apruébese el Reglamento de la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, el que consta de tres (3) Títulos, seis (6) Capítulos, treinta (30) Artículosy ocho (8) Disposiciones Transitorias y Finales. Artículo 2º.- Medidas complementarias El Despacho Presidencial del Consejo Nacional de Des- centralización dictará las demás disposiciones que sean necesarias para la aplicación del presente Decreto Supre-mo. Artículo 3º.- De las normas derogadas Deróguese todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo.