Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2004 (27/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 27 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES
DECRETA:

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la contratacion de la Empresa Metrica S.A., que se encargara de elaborar una estrategia de comunicacion con el objeto de informar a la ciudadania en general sobre los alcances de las modificaciones en normas pensionarias, disponiendo que esta se efectue mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion a la que se refieren los articulos precedentes sera realizada en un periodo comprendido entre 1 a 3 meses y hasta por el importe de S/. 62 500,00 (Sesenta y Dos Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de Ley y se MORDAZA con cargo al presupuesto del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2004. La contratacion indicada estara a cargo de un Comite Especial que seguira el procedimiento dispuesto por el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial asi como los Informes Nºs. 107-2004-EF/43.50 y 1486-2004EF/60 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, seran de conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 15592

Articulo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote 56, ubicado en la provincia de La Convencion del departamento de MORDAZA, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declarandolo materia de suscripcion del contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la aprobacion del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 56, que consta de una (1) Clausula Preliminar, veintidos (22) Clausulas y doce (12) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y Pluspetrol Peru Corporation S.A., Hunt Oil Company of Peru L.L.C., Sucursal del Peru, SK Corporation, Sucursal Peruana, Tecpetrol del Peru S.A.C. y Sonatrach Peru Corporation S.A.C., con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los articulos 63º y 66º de la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221. Articulo 3º.- De la autorizacion para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con Pluspetrol Peru Corporation S.A., Hunt Oil Company of Peru L.L.C., Sucursal del Peru, SK Corporation, Sucursal Peruana, Tecpetrol del Peru S.A.C. y Sonatrach Peru Corporation S.A.C., el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 56, aprobado por el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 15596

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 56
DECRETO SUPREMO Nº 033-2004-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 26221, establece diferentes formas contractuales para realizar actividades de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los articulos 6º y 11º de la Ley Nº 26221, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con las empresas Pluspetrol Peru Corporation S.A., Hunt Oil Company of Peru L.L.C., Sucursal del Peru, SK Corporation, Sucursal Peruana, Tecpetrol del Peru S.A.C. y Sonatrach Peru Corporation S.A.C., el Proyecto de Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 56, ubicado en la provincia de La Convencion del departamento de Cusco; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 037-2004 de fecha 2 de MORDAZA de 2004, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 56, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221, modificada por la Ley de Actualizacion en Hidrocarburos, Ley Nº 27377;

JUSTICIA
Autorizan viaje de procurador publico a EE.UU. para participar en reuniones previas a audiencias del Tribunal Arbitral, seguidas por empresas contra el Estado peruano, bajo auspicios del CIADI
RESOLUCION SUPREMA Nº 197-2004-JUS
MORDAZA, 26 de agosto de 2004 Visto el OF.RE (SAE) Nº 4-0-D/34 de fecha 11 de agosto de 2004, del Embajador, Subsecretario de Asuntos Economicos y Negociaciones Economicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, entre los dias 2 y 3 de septiembre de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, se celebraran las audiencias del Tribunal Arbitral, seguidas por Empresas Lucchetti S.A. y Lucchetti Peru S.A. contra el Estado peruano, bajo los auspicios del CIADI; Que, mediante Oficio Nº 593-04/Procuraduria Ad Hoc, el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Ad Hoc del Estado, solicita autorizacion de viaje del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Adjunto Ad Hoc, para llevar a cabo reuniones preparatorias a

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