TEXTO PAGINA: 63
PÆg. 275381 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de agosto de 2004 Artículo 8º.- Capacitación de los Agentes Participan- tes.- La Municipalidad de Surquillo, a través del Equipo Técnico, convocará a los Agentes Participantes a un Tallerde Capacitación sobre temas de programación, procesosde planeamiento, inversión pública y todo aquel tema quese considere necesario en el marco del proceso del presu- puesto participativo. Artículo 9º.- Taller de Trabajo de Diagnóstico Temá- tico y Territorial para Organizaciones.- En el Taller de Trabajo de Diagnóstico Temático y Territorial participan losdos representantes acreditados de las organizaciones ins-critas en el Registro “A”. El equipo técnico agrupará a las organizaciones estableciendo sub talleres en función a los criterios establecidos en el Anexo A que forma parte inte-grante de la presente Ordenanza. Artículo 10º.- Actuación previa de las organizacio- nes inscritas con sus representados.- Previo al desarro- llo del Taller descrito en el artículo 9º de la presente Orde- nanza, las organizaciones inscritas en el Registro “A” po- drán reunirse con los ciudadanos a los que representan, conel propósito de determinar sus propios problemas y poten-cialidades y, de ser el caso, señalar su interés de participaren la solución de determinados problemas y/o aprovecha-miento de determinadas potencialidades mediante el aporte concreto de recursos financieros, físicos o humanos. Para el desarrollo del proceso participativo, la Munici- palidad de Surquillo asume que los representantes acredi-tados de las organizaciones inscritas en el Registro “A”recogen de sus representados aquellos aspectos descri-tos en el párrafo anterior. Artículo 11º.- Taller de Trabajo de Diagnóstico Temáti- co y Territorial para Vecinos.- En el caso de los vecinos inscritos en el Registro “B”, se llevará a cabo un taller de tra-bajo de Diagnóstico Temático y Territorial independiente aldescrito en el artículo 9º, en la que participarán todos los ve-cinos inscritos. En este caso, el equipo técnico también podrá agrupar a los vecinos estableciendo sub talleres en función a los criterios establecidos en el Anexo A que forma parte inte-grante de la presente Ordenanza. Concluido este taller, losvecinos participantes deberán elegir a dos representantes paralos efectos de lo dispuesto en el artículo siguiente. Artículo 12º.- Taller de Definición de Criterios de Prio- rización.- En el Taller de Definición de Criterios de Priori- zación participarán todos los representantes acreditadosde las organizaciones inscritas en el Registro “A” así comolos dos representantes de los vecinos inscritos en el Re-gistro “B” y elegidos conforme al artículo 11º de la presen-te Ordenanza, con derecho a voz y voto. El conjunto de representantes así integrado constituye la Junta de Delegados Vecinales Comunales. Correspon-de al Primer Regidor presidir la Junta, dando inicio al Talleren el cual se evaluará y discutirá las propuestas recibidasy la definición de los criterios, conforme a la Ley y el Re-glamento, aprobando y suscribiendo los acuerdos necesa- rios, para su remisión al Equipo Técnico. Artículo 13º.- Informe Técnico.- El Equipo Técnico recibe los acuerdos adoptados por la Junta de DelegadosVecinales en el Taller de Definición de Criterios de Priori-zación y procede a su revisión y adecuación técnica y fi-nanciera conforme a las disposiciones técnicas y adminis- trativas pertinentes, produciendo un Informe Técnico que comprende el proyecto del Presupuesto Institucional, queserá remitido al Alcalde quien, de encontrarlo conforme, loremitirá al Consejo de Coordinación Local Distrital para sudiscusión y concertación. Artículo 14º.- Concertación del Presupuesto Institu- cional por el Consejo de Coordinación Local Distrital .- El Alcalde convoca al Consejo de Coordinación Local Distritalconforme al Reglamento aprobado por Ordenanza N°109/MDS para concertar el Presupuesto Institucional de la Muni-cipalidad de Surquillo correspondiente al Ejercicio 2005, re-mitiendo el acuerdo respectivo al Concejo Municipal para la aprobación del Presupuesto Institucional, con arreglo a Ley. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El proceso de convocatoria al proceso parti- cipativo se inicia con la publicación en el Diario Oficial ElPeruano de la presente Ordenanza, así como la difusiónen avisos y anuncios determinados por el Programa deParticipación Vecinal, de su contenido, de los plazos de inscripción de los agentes participantes, de la realizaciónde los talleres y todos los demás aspectos de relevancia e interés para la población surquillana. Segunda .- El cronograma del proceso participativo des- crito en la presente Ordenanza quedará establecido de lasiguiente forma: - Convocatoria : 28 de agosto de 2004 - Inscripción de Agentes Participantes : Hasta el 7 de setiembre de 2004 (12.00 mediodía) - Taller de Capacitación : 7 de setiembre de 2004 - Talleres de Diagnóstico Territorial y Temático : 11 de setiembre de 2004 - Taller de Definición de Criterios de Priorización : 18 de setiembre de 2004 - Evaluación Técnica de Acuerdos y presentación de Informe Técnico : Hasta el 23 de setiembre de 2004 - Concertación de Presupuesto Institucional por el CCLD : 27 de setiembre de 2004 - Aprobación del Presupuesto Institucional por el Concejo Municipal : 30 de setiembre de 2004. Tercera.- Corresponde a la Gerencia Municipal impar- tir las directivas necesarias a las dependencias adminis- trativas competentes a efectos de garantizar una ampliadifusión a la comunidad del inicio y desarrollo del procesoparticipativo, brindar las facilidades a los participantes enel proceso que aseguren el acceso a la información y pro-porcionar todo el apoyo logístico y humano especializado que requiera el Equipo Técnico para el cumplimiento debi- do de sus funciones. Cuarta.- Las situaciones técnicas no previstas en la pre- sente Ordenanza referidas al desarrollo de los Talleres de Tra-bajo serán resueltas por el Equipo Técnico, dentro del marcolegal previsto el artículo 1º de la presente Ordenanza . Quinta.- Rigen supletoriamente a la presente Ordenan- za, las orientaciones contenidas en el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 010-2004-EF/76.01, salvo que por Decreto se determine unasituación distinta, acorde a la realidad del distrito y el esta-do del proceso participativo. Sexta.- El cronograma descrito en la segunda disposi- ción final de la presente Ordenanza podrá ser modificadopor Decreto de Alcaldía, a propuesta del equipo técnico. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 15710 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Declaran nulidad de actos de otorga- miento de buena pro en ítems de adju- dicación directa selectiva sobre adqui-sición de pintura y otros materiales paraobra de seæalización RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 733-2004-A/MPP San Miguel de Piura, 17 de agosto del 2004