Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2004 (28/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2004

- Estudio Tecnico-Legal para la puesta en operaciones del MORDAZA aereo hacia Manaos; Que, a traves del Memorandum Nº 1038-2004/GRP400000 del 30 de junio del 2004, la Gerencia General dispone la contratacion de un profesional para que elabore los estudios MORDAZA aludidos, con un valor referencial ascendente a Doce Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 12,000.00); Que, se trata de la contratacion de un servicio especializado, que solo debe ejecutarlo un profesional experto en temas referidos al Comercio Exterior y al Derecho Internacional, que tenga vasta experiencia en relaciones sociales que impliquen la integracion de los pueblos de Peru y Brasil; debiendo cumplir el perfil de un profesional que tenga amplio conocimiento en transportes y logistica, a efectos de promover las inversiones necesarias para integrar y promover de manera eficiente el intercambio comercial entre ambos paises; Que, con el Informe Nº 240-2004/GRP-480400 del 27 de MORDAZA del 2004, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, recomienda se celebre un Contrato Personalisimo con el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ser el profesional que reune los requisitos para elaborar los estudios solicitados por la Oficina de Promocion de Inversiones y Cooperacion Tecnica Internacional; Que, mediante el Informe Nº 809-2004/GRP-460000 del 6 de agosto del 2004, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, manifiesta que la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe efectuarse a traves de la modalidad de Servicios Personalisimos, conforme a lo dispuesto el Art. 19º literal h) del D. S. Nº 012-2001-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 111º del D. S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de Seleccion, los contratos de locacion de servicios con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, conforme a lo anteriormente expuesto, es procedente y recomendable la contratacion del Profesional en Derecho, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien cuenta con un Doctorado en Derecho y Ciencias Politicas, Maestria en Ciencias Sociales con mencion en Sociologia, Consultor Internacional de Transportes, Logistica y Comercio Exterior; asimismo, resulta recomendable desde el punto de vista economico, por la experiencia y el conocimiento con que cuenta, en los temas en mencion; Con las visaciones de las Oficinas Regionales de Asesoria Juridica, de Administracion, de Promocion de Inversiones y Cooperacion Tecnica Internacional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y de la Gerencia General Regional; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar como Servicios Personalisimos los servicios que preste el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la elaboracion de los siguientes estudios: - Diseno logistico, economico y comercial para promover un sistema de servicios integrados en la ejecucion de la integracion hacia Manaos y areas de influencia. - Estudio tecnico-legal para la puesta en operaciones del MORDAZA aereo hacia Manaos. Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina Regional de Administracion para que, a traves de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, realice la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bajo la modalidad del Contrato por Servicios Personalisimos, hasta por el monto de Doce Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 12,000.00). Articulo Tercero.- La contratacion que se efectue en virtud de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion, se regulara por el ordenamiento civil vigente, pudiendose aplicar, de ser el caso necesario, los lineamientos que sobre contratacion de servicios se establecen en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, D.S. Nº 013-2001-PCM. Articulo Cuarto.- En cumplimiento del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el Art.

115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispongase la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose MORDAZA de la misma a la Contraloria General de la Republica, adjuntando, asimismo, los documentos de Vistos, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo Quinto.- Transcribase la presente Resolucion a las Oficinas Regionales de Asesoria Juridica, de Administracion, de Promocion de Inversiones y Cooperacion Tecnica Internacional y de Control Institucional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional y estamentos administrativos del Gobierno Regional Piura. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 15317

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Declaran de necesidad e interes regional el uso de la cascarilla de arroz como recurso energetico renovable y estrategico para el desarrollo sostenible de la Region San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2004-GRSM/CR Moyobamba, 18 de agosto de 2004 EL CONSEJO REGIONAL DE SAN MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales de conformidad con el Art. 3º de la Ley Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902, ejercen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27867, en su Art. 8º, Inc. 10), MORDAZA DE SUBSIDIARIEDAD, indica lo siguiente: "El gobierno mas cercano a la poblacion, es el mas idoneo para ejercer las distintas funciones que le competen al Estado. Por consiguiente, el Gobierno Nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas eficientemente por los Gobiernos Regionales..."; Que, siendo parte de sus funciones en materia agraria: promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales producidos en la region; desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdiccion; asi como, fomentar la investigacion y transferencia de tecnologia y extension agropecuaria; Que, siendo parte de sus funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial: formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion; asi como, imponer sanciones ante la infraccion de normas ambientales regionales; Que, siendo parte de sus funciones en materia de industria: formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de industria de la region, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales; asi como, identificar las oportunidades de inversion y promover la iniciativa privada en proyectos industriales; Que, siendo parte de sus funciones en materia de energia, minas e hidrocarburos: formular, aprobar, ejecutar, eva-

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