Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2004 (29/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 29 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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TRUMENTS - MORDAZA, modelo DO 285, con Codigo de Homologacion DO(R)-001-2002-DGASA-MTC; Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Codigo de Homologacion G(R)-002-2002-DGASA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Codigo de Homologacion G(R)001-2002-DGASA-MTC. Esta aprobacion tendra una vigencia de dos (2) anos, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Los Certificados de Equipos Homologados para la medicion de emisiones vehiculares Nº 002, correspondiente al Codigo de Homologacion Nº G001-2002-DGMA-MTC; Nº 003, correspondiente al Codigo de Homologacion Nº G-002-2002-DGMA-MTC; y Nº 001, correspondiente al Codigo de Homologacion Nº D-001-2002-DGMA-MTC, expedidos con fecha 4 de enero del ano 2002 por la Direccion General de Medio Ambiente del ex Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, mantendran su vigencia por un periodo de dos (2) anos contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- El uso de los equipos homologados para el control oficial de los limites maximos permisibles, requerira de la previa autorizacion de uso, emitida por esta Direccion General, de conformidad con los articulos 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 0072002-MTC. Articulo 4º.- El titular esta obligado a comunicar los cambios o modificaciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformacion o funcionamiento, asi como en la informacion presentada para esta aprobacion, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuniquese y registrese. MORDAZA NACCARATO DE DEL MASTRO Directora General 15371

Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa PERUVIAN SAFARIS SA para prestar servicio de transporte fluvial turistico, en la forma siguiente: SERVICIO : Regular: Puerto Maldonado-Tambopata Reserve - Explorer´s Inn y viceversa TRANSPORTE : Pasajeros Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con cuatro (4) embarcaciones denominadas Canica con matricula PM-13890BF, Anaconda con matricula PM-17091-BF, Bahuaja con matricula PM-12781-BF e Isula con matricula PM-11782BF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º, tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. La renovacion debera ser solicitada por la empresa recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion por parte del titular, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expida sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- El permiso de operacion otorgado quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el administrado no cumple con la publicacion de la presente resolucion en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la fecha de la presente Resolucion Directoral. Articulo 7º.- El presente permiso de operacion mantendra su plena vigencia en tanto, la empresa PERUVIAN SAFARIS SA, cumpla con mantener vigentes las polizas de seguro correspondientes e informe de las renovaciones del caso a la Autoridad de Transporte Acuatico y a la Autoridad Maritima competente. Articulo 8º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a la Capitania del Puerto de Puerto MORDAZA, y a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su conocimiento y fines. Articulo 9º.- La presente Resolucion Directoral, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAMBURU GARDENER Director General de Transporte Acuatico 14965

Otorgan permiso de operacion a favor de Peruvian Safaris S.A. para prestar servicio de transporte fluvial turistico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 185-2004-MTC/13
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2004 Vista la solicitud (Expediente Nº 2004-011296) presentada por la empresa PERUVIAN SAFARIS SA, solicitando Permiso de Operacion para prestar servicio de transporte fluvial turistico, en servicio regular. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las personas naturales o juridicas, que asi lo soliciten; Que, la empresa PERUVIAN SAFARIS SA, ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial vigente, para prestar servicio regular de transporte fluvial turistico, en la ruta detallada en el articulo 1; Que, la empresa PERUVIAN SAFARIS SA, se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20134994038; Que, mediante Informe Nº 195-2004-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 228-2004-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 005-2001MTC, Nº 041-2002-MTC, Nº 008-2002-MTC y Nº 011-78TC-DS;

Otorgan permiso de operacion a favor de la empresa Naviera ARG-PER SA para prestar servicio de transporte fluvial de carga general en puertos de la hoya amazonica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 195-2004-MTC/13
MORDAZA, 11 de agosto de 2004 Vista la solicitud (Expediente Nº 2004-0011329) presentada por la empresa NAVIERA ARG-PER SA, solicitando Permiso de Operacion para prestar servicio de transporte fluvial de carga general, en los puertos de la hoya amazonica en trafico nacional o cabotaje, en servicio irregular.

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