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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G34/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 29 de agosto de 2004 del 2004. Esto implica intangibilidad de los Asentamientos Humanos legalmente constituidos, y que se encuentrenestablecidos en el ámbito de la zona de exclusión de laOrdenanza a la fecha de su promulgación; siempre y cuan-do se adecuen a las normas municipales urbanísticas. Sinembargo, se establecerá por igual un proceso de ordena-miento territorial, en marco a la normatividad ambientalvigente expuesta en las Disposiciones Generales de estereglamento. Capítulo V De las evaluaciones para monitorear los cambios en la calidad del ecosistema de la Albufera de Medio Mundo Artículo 8º.- Monitoreo de los recursos de flora y fauna silvestre e hídricos de la Albufera de Medio Mun-do El Gobierno Regional de Lima, a través de su Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Am-biente, promoverá el monitoreo de los recursos de flora yfauna silvestre e hídricos de la Albufera de Medio Mundo, yen general de su contenido biótico, para evaluar los cam-bios que pudieran sufrir, producto de alteraciones natura-les, actividades industriales y/o de las actividades antro-pogénicas en general. Incluirá acciones, desarrolladas através de convenios entre el Gobierno Regional de Lima einstituciones públicas o privadas acreditadas como (INRE-NA, IMARPE, CONAM, DIGESA, CEPIS, Universidades,etc) y/o personas naturales y/o jurídicas en los camposconcernientes a estudios y/o actividades de investigación,preservación y protección de la Albufera de Medio Mundo;promoviéndose de esta forma el registro, homogeneizacióne intercambio de información, y la capacitación de los in-vestigadores. Esto se facilitará con recursos propios, y deigual modo con la búsqueda de financiamientos reembol-sables y/ o no reembolsables. Artículo 9º.- Monitoreo en los espejos de agua El Gobierno Regional de Lima, promoverá el monitoreo de los espejos de agua existentes en la Albufera de MedioMundo y su entorno, para evaluar las variaciones en sucalidad. Deberá estar orientado a desarrollar proyectosmultidisciplinarios de investigaciones básicas y aplicadasen el aspecto físico, químico, biológico, hidrológico, edafo-lógico y climatológico. Para ello es primordial desarrollarlos estudios necesarios que conduzcan a la implementa-ción de un sistema de monitoreo, impulsando las coordina-ciones con las instituciones mencionadas en el artículoprecedente, para la elaboración de propuestas y la asis-tencia técnica. Artículo 10º.- Del control de la generación de resi- duos sólidos y líquidos Queda prohibido el arrojo, disposición y/ o entierro de cualquier tipo de residuos sólidos, desmontes ú otros ma-teriales en abandono dentro del ámbito de la Albufera deMedio Mundo, así como la derivación de efluentes indus-triales, comerciales y/ o domésticos. La persona natural y/o jurídica que ocasione algún daño al ecosistema de laalbufera, a causa de un mal manejo de sus residuos, esta-rá obligado a reparar el daño y será sancionado de acuer-do a las normas vigentes y a las precisiones que al res-pecto se dan en el artículo 21 del presente reglamento. Con respecto al vertimiento de las aguas residuales y domésticas generadas por personas naturales y/o jurídi-cas, en el ámbito de la Albufera de Medio Mundo, deberáestar acorde con lo establecido en la legislación vigente enmateria de vertimientos líquidos (Ley Nº 17752, D.S. Nº261-69-AP y a lo establecido por la DIGESA. Capítulo VI De la Promoción de las actividades de estudio e investigación científica relativos al ecosistema y biodiversidad de la Albufera de Medio Mundo Artículo 11º.- Se otorgará información previa, y se registrará la actividad científica Las personas naturales y/ o jurídicas que requieran rea- lizar actividades de estudio y/ o investigación científicadentro del ámbito de la Albufera de Medio Mundo, relativasa su ecosistema, biodiversidad y en general a cualquierade sus componentes bióticos, físicos y químicos e inclusosocio culturales podrán solicitar apoyo de información pre-via a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Ges-tión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Lima, a través de su sala de lectura. Dichas personas naturales y/ o jurídicas deberán acre- ditarse mediante carta de su institución, o carta y docu-mentos personales que certifiquen el interés profesionalde sus fines, explicando la metodología y carácter de suestudio de investigación. De esta forma quedarán asenta-das dichas actividades en los archivos de la Gerencia Re-gional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambientedel Gobierno Regional de Lima, promoviéndose así el re-gistro, homogeneización e intercambio de información anivel regional. Artículo 12º.- Actividades de Campo de Estudio e Investigación Científica en la Albufera de Medio Mun-do Dichas actividades de campo no deberán ocasionar perjuicios contra el ecosistema y la biodiversidad exis-tente en la Albufera de Medio Mundo, ni provocar alte-ración alguna de la flora, fauna y demás componentesde su ámbito. y que no se origine un impacto negativosobre la calidad del ecosistema de la Albufera de Me-dio Mundo. Para la realización de dichas actividades,deberán registrar su actividad en la Gerencia Regionalde Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambientedel Gobierno Regional de Lima, promoviéndose de estaforma el registro, homogeneización e intercambio de in-formación. Capítulo VII Del aprovechamiento sostenible y tradicional de los recursos naturales existentes en la Albufera de Medio Mundo Artículo 13º.- Lineamientos para el aprovechamien- to sostenible de los recursos naturales de la Albuferade Medio Mundo El Gobierno Regional de Lima promoverá propuestas integrales de desarrollo sostenible dirigidos a preservar elcultivo de la totora y el junco, materia prima para la elabo-ración de productos de artesanía tradicional por parte delos pobladores de Medio Mundo. Entre los lineamientos a promover se mencionan los siguientes: - Promover el trabajo de reforestación y/ o reimplante de totorales y/ o juncales dentro del área de la Albufera deMedio Mundo, a fin de mejorar el ecosistema del humedalen zonas que estén amenazadas por su devastación. - Promover el diseño y la implementación de métodos y programas de monitoreo para medir el impacto del aprove-chamiento de los recursos naturales de la Albufera de Me-dio Mundo. - Propiciar la reinserción de la práctica tradicional del Caballito de Totora. - Fomentar la educación ambiental, mediante charlas, talleres, fórum’s, etc., entre la población de Medio Mundo yde la región en general. - Promover y concientizar a la población usuaria direc- ta sobre la conservación y aprovechamiento sostenible delos recursos naturales de la Albufera de Medio Mundo. - Promover el ordenamiento de los recursos naturales de la Albufera de Medio Mundo, sistematizándolos y vali-dándolos. - Promover el ordenamiento de la actividad de la pesca artesanal en las aguas de la Albufera de Medio Mundo,para realizar un uso sostenido de la biomasa. - Efectuar el inventario de los recursos naturales de la Albufera de Medio Mundo. - Promover la creación de un comité interinstitucional que establezca los lineamientos para el manejo de los re-cursos naturales de la Albufera de Medio Mundo, y diseñodel Plan Maestro y /o Plan de Manejo Ambiental una vezoficializada el Área de Conservación Regional. - Capacitar a los agentes competentes para organizar la conservación de las zonas críticas del ecosistema de laAlbufera de Medio Mundo. - Promover la organización de equipos especializa- dos, mediante la celebración de convenios entre el Go-bierno Regional de Lima y las instituciones públicas y/o privadas (Universidades, Imarpe, Inrena, ONGs, Aso-ciaciones, voluntariado, etc) para la vigilancia y la con-servación de especies específicas de fauna y flora. - Organizar e integrar grupos de conservación regional para la especie de totora, propiciando la conservación dela variabilidad genética in situ.