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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 281489 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 yor de un año de ocurrido el siniestro, siempre que la correspondiente solicitud sea formulada por el armadorafectado para dedicarla a la pesquería originalmenteautorizada; Que por Resolución Ministerial Nº 417-94-PE, de fe- cha 13 de octubre de 1994, se otorgó permiso de pesca, entre otros, a PROCESADORA DEL CARMEN S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacionaldenominada MANTARO 6 de matrícula Nº CE-0066-PM,de 180 TM de capacidad de bodega, para extraer recur-sos hidrobiológicos con destino al consumo humano in-directo, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13mm.); Que por Resolución Ministerial Nº 112-95-PE de fe- cha 10 de marzo de 1995 se autorizó a PROCESADO-RA DEL CARMEN S.A. el incremento de flota con una embarcación pesquera de nombre RH-1 para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobiológicos con des-tino al consumo humano indirecto; Que por Resolución Ministerial Nº 411-97-PE de fe- cha 12 de setiembre de 1997, se otorgó a PROCESA-DORA DEL CARMEN S.A. permiso de pesca para ope- rar la embarcación pesquera RH-1 de matrícula CE- 15487-PM, con 337.73 m3 de capacidad de bodega, parala extracción de los recursos hidrobiológicos anchovetay sardina con destino al consumo humano indirecto, enel ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millascosteras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante los escritos del visto PROCESADO- RA DEL CARMEN S.A., solicita autorización de incre-mento de flota vía sustitución de capacidad de bodegade la embarcación pesquera denominada MANTARO 6,siniestrada con pérdida total el 17 de mayo del 2004, según Resolución de Capitanía Nº 009-2004 de fecha 23 de junio del 2004, embarcación que contaba con191.91 m3 de capacidad de bodega de los cuales setransferirá 40 m3 a la embarcación pesquera RH-1 laque aumentará su capacidad de bodega de 337.73 m3 a377.73 m3 y asimismo solicita que el saldo resultante de 151.91 m3, de la embarcación MANTARO 6 materia de sustitución, sea reservado; Que de la evaluación efectuada se ha determinado que la embarcación pesquera MANTARO 6 se encuen-tra incluida en el anexo III de la Resolución Ministerial Nº229-2002-PRODUCE como embarcación considerada por el Ministerio de la Producción para la sustitución de capacidad de bodega a que se refieren el artículo 24º dela Ley General de Pesca y los artículos 12º y 18º de suReglamento, asimismo, PROCESADORA DEL CARMENS.A ha cumplido con presentar los requisitos exigidos enel procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio de Producción, apro- bado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac-ción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº322 -2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinión fa- vorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de la Produc-ción aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODU- CE y la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Reso-lución Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el incremento de capacidad de bodega de la embarcación RH-1 de matrícula CE-15487-PM, en 40 m3, vía sustitución de parte de la ca-pacidad de bodega de la embarcación siniestrada MAN- TARO 6 de matrícula CE-0066-PM, por consiguiente, modificar la Resolución Ministerial Nº 112-95-PE en elextremo referido a la capacidad de bodega de la embar-cación RH-1 entendiéndose que ésta es de 377.73 m3.Artículo 2º.- Reservar a favor de PROCESADORA DEL CARMEN S.A. el saldo de 151.91 m3 de capacidadde bodega, resultado de la diferencia entre la capacidadde bodega de la embarcación siniestrada MANTARO 6de 191.91 m3 y los 40 m3 transferidos a la embarcaciónRH-1, saldo que sólo podrá utilizarse dentro del plazo de noventa (90) días calendario contados a partir de la pu- blicación de la presente Resolución. Vencido dicho pla-zo, el derecho de utilización del saldo caducará de plenoderecho sin que sea necesario notificación por parte delMinisterio de la Producción. Artículo 3º.- La autorización otorgada en el artículo 1º, tendrá una vigencia de dieciocho (18) meses, confor- me a lo establecido en el artículo 37º del Reglamento dela Ley General de Pesca. Artículo 4º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 417-94-PEdel 13 de octubre de 1994, para operar la embarcación pesquera MANTARO 6 con matrícula Nº CE-0066-PM, y excluir a la citada embarcación del Anexo III de la Reso-lución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y del Anexo I,Literal J de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRO-DUCE. Artículo 5º.- Cumplido el plazo otorgado para ejecu- tar la autorización a que se refiere el artículo 1º, PRO- CESADORA DEL CARMEN S.A. solicitará a la DirecciónNacional de Extracción y Procesamiento Pesquero lainspección técnica a que se hace referencia en el requisi-to Nº 7 del procedimiento 12 del Texto Único de Procedi-mientos Administrativos, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 035-2003-PRODUCE. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Con-trol y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a lasDirecciones Regionales Sectoriales de la Producción dellitoral y a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción:www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO AREVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 21746 SALUD Autorizan viaje de funcionarios del mi- nisterio para participar en la VI Rondade Negociaciones del TLC con EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2004-SA Lima, 27 de noviembre del 2004 CONSIDERANDO: Que en la ciudad de Tucson, Arizona - Estados Uni- dos, del 30 de noviembre al 5 de diciembre de 2004, enel marco de las negociaciones del Tratado de Libre Co- mercio entre el Perú y los Estados Unidos de América se realizará la 6ta. Ronda de Negociaciones del Tratado deLibre Comercio; Que es pertinente autorizar el viaje de tres (3) funcio- narios del Ministerio de Salud, a fin que participen endicha reunión, que será financiado por el Pliego 011 - Ministerio de Salud; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 28128, Ley Nº 27619, artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 -Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Rubén ESPI- NOZA CARRILLO, Asesor II del Despacho Ministerial,