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PÆg. 282066 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de diciembre de 2004 Declaran en situación de urgencia la contratación del servicio de seguros debienes y personal del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0997-2004-AG Lima, 9 de diciembre de 2004 VISTOS:El Informe Nº 037-2004-AG-OGA-OL, de fecha 24 de noviembre de 2004, de la Directora de la Oficina de Logís-tica y el Oficio Nº 3361-2004-AG-OGA, de fecha 29 denoviembre de 2004 del Director General de la Oficina Ge-neral de Administración, sobre la necesidad de exonerardel proceso de selección por Situación de Urgencia lacontratación del Programa de Seguros; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, esta-blece que se encuentran exonerados de los procesos delicitación pública, concurso público o adjudicación directa,las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situa-ción de emergencia o de urgencia declaradas, de confor-midad con la presente Ley; Que, según el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones de Adquisiciones del Estado,aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, seentiende como una situación de urgencia, cuando la au-sencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien oservicio compromete en forma directa e inminente la conti-nuidad de los servicios esenciales o de las operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo, lo cual facultaa la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes,servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad necesariopara llevar a cabo el proceso de selección que correspon-da; Que, el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificadopor el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 79-2001-PCM,determina que la Situación de Urgencia debe entendersecomo una medida temporal ante un hecho de excepciónque determina una acción rápida a fin de adquirir o contra-tar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio deque se realice el proceso de selección correspondientepara las contrataciones y adquisiciones definitivas; Que, el Comunicado Nº 002-2000 (PRE) del CONSU- CODE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 deenero de 2000, ha establecido que la Situación de Urgen-cia, debe entenderse como una medida temporal ante unhecho de excepción que determina una acción rápida decontratación sin perjuicio que se realice el proceso de se-lección correspondiente para las contrataciones y adquisi-ciones definitivas. El artículo 21º del Texto Único Ordenadode la precitada Ley, enumera excluyentemente los únicoscasos en que se puede declarar la Situación de Urgencia,siendo improcedente que, por esta vía, se incumpla laobligación de convocar los procesos de selección estable-cidos en el precitado Texto Único Ordenado; Que, el artículo 113º del citado Texto Único Ordenado del Reglamento, determina que las resoluciones o acuer-dos que aprueben la exoneración de los procesos de se-lección, al amparo de las causales contenidas en el artícu-lo 19º de la Ley requieren obligatoriamente un informetécnico - legal previo, emitido por las áreas técnica y deasesoría jurídica de la Entidad y que dicho informe debecontener la justificación técnica y legal de la adquisición ocontratación y de la necesidad de la exoneración y con-templará criterios de economía tales como costos y la opor-tunidad; Que, mediante el Informe Nº 037-2004-AG-OGA-OL y el Oficio Nº 3361-2004-AG-OGA, de la Directora de laOficina de Logística y del Director de la Oficina Generalde Administración respectivamente, se sustenta la nece-sidad de declarar en situación de urgencia la contratacióndel programa de seguros y se exonere del proceso deselección por Concurso Público y se lleve a cabo unaAdjudicación de Menor Cuantía, por el plazo de sesenta(60) días con un valor referencial de US$ 103,333.00dólares americanos, mientras se lleva a cabo la SegundaConvocatoria del Concurso Público del Programa de Se-guros 2004-2005 y solicita se elabore el respectivo Infor- me Legal y la emisión de la resolución ministerial respec-tiva; por considerar que mediante la Resolución Ministe-rial Nº 0634-2004-AG, de fecha 14 de setiembre de 2004se declaró la situación de urgencia y se autorizó la realiza-ción de una Adjudicación de Menor Cuantía que cubra elservicio por 90 días, es decir hasta el 14 de diciembre de2004; informa que el Concurso Público fue convocado eldía 12 de octubre de 2004, con fecha probable de otorga-miento de la buena pro el día 22 de noviembre de 2004,no obstante se produjo una prórroga de los actos deintegración de bases y otorgamiento de la buena pro,debido a la presentación de observaciones a las basesque no fueron acogidas por el Comité Especial y fuerondeclaradas por no presentadas debido a que el obser-vante no presentó el pago de la tasa correspondiente alCONSUCODE. Asimismo, señala que el acto público depresentación de propuestas y apertura de sobre técni-cos, se llevó a cabo el 23 de noviembre de 2004, según loprevisto y se declaró desierto debido a que no se presen-tó el número mínimo de postores; Que, mediante el Informe Nº 1265-2004-AG-OGAJ, de fecha 6 de diciembre de 2004, la Oficina General de Ase-soría Jurídica, señala que lo expuesto en el Informe yOficio de la Directora de la Oficina de Logística y del Direc-tor de la Oficina General de Administración del Visto, seencuadra dentro de los alcances del artículo 21º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones de Adquisi-ciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº012-2001-PCM, en concordancia con el numeral 2 del artí-culo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, modificado por el artículo 2º del Decre-to Supremo Nº 79-2001-PCM; Que, por lo expuesto resulta necesario se expida la correspondiente resolución, que declare en situación deurgencia la contratación del Programa de Seguros por unperíodo de sesenta (60) días, con un valor referencial deUS$ 103,333.00 dólares americanos, mientras se lleva acabo la Segunda Convocatoria del Concurso Público delPrograma de Seguros 2004-2005; teniendo en considera-ción que tanto el personal como los bienes son necesariose indispensables, por cuanto comprometen la continuidadde los servicios esenciales y de las operaciones que elMinisterio de Agricultura tiene a su cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Or- gánica del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº017-2001-AG, Reglamento de Organización y Funciones,el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones de Adquisi-ciones del Estado y su Reglamento aprobado por el Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la con- tratación del Servicio de Seguros de los bienes y personaldel Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- Exonérese del requisito de concurso pú- blico y autorícese a contratar el servicio de seguros de losbienes y personal del Ministerio de Agricultura, a través deun proceso de menor cuantía por el plazo de sesenta (60)días, mientras se lleve a cabo la segunda convocatoria delconcurso público. Artículo 3º.- El proceso de adjudicación de menor cuan- tía a que se refiere el artículo 2º de la presente Resoluciónse efectuará por un valor referencial de US$ 103,333.00dólares americanos, que serán afectados a la CadenaFuncional Programática de Administración y Supervisión -Lima, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 4º.- Autorizar a la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricul-tura, para que efectúe la contratación correspondiente aque se refiere el artículo 2º de la presente Resolución,mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía porel plazo y montos indicados. Artículo 5º.- Remítase copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan a Contraloría Generalde la República, dentro de los diez (10) días calendariosiguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 22326