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PÆg. 282076 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de diciembre de 2004 1999, respectivamente, la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, entregó en calidad de Cesión de Uso y porel plazo de 48 meses, diez (10) unidades de maquinarias a laMunicipalidad Distrital de Mollebamba de la provincia de San-tiago de Chuco, departamento de La Libertad, para ser desti-nados exclusivamente a la ejecución de obras comunitarias; Que, conforme a la Cláusula Segunda y numerales 1) y 3) de la Cláusula Quinta de los Convenios señalados en el consi-derando precedente, se estableció que las maquinarias entre-gadas a la Municipalidad de Mollebamba se encontraban enestado inoperativos y la Municipalidad se comprometía en asu-mir los gastos de reparación y mantenimiento de las mismas,sin obligación alguna de COOPOP a restituir dichos gastos; Que, al vencimiento del plazo de los Convenios y al no haberse otorgado la renovación de los mismos, la PresidenciaEjecutiva de COOPOP mediante el Oficio Nº 0391-2003-PE/COOPOP de fecha 15.08.03 y Oficio Nº 424-2003-PE/ CO-OPOP de fecha 28.08.03 solicitó a la Municipalidad de Molle-bamba la devolución de las maquinarias, conforme a lo dis-puesto en el numeral 6) de la Cláusula Quinta de los Conve-nios; Que, asimismo, mediante Carta Notarial Nº 084-2004-MI- MDES/ COOPOP/ GG de fecha 27.07.04 la Gerencia Generaldel COOPOP volvió a solicitar al Alcalde de la Municipalidad deMollebamba la devolución de las maquinarias por el vencimien-to excesivo del plazo de vigencia de los Convenios; Que, conforme al Acta de Recepción de Maquinarias de fecha 17 de agosto de 2004, el Alcalde de la Municipalidad deMollebamba, señor Manuel Sánchez Paredes se ha negadohacer entrega de las maquinarias a COOPOP argumentandoque previamente debe restituírsele a la Municipalidad la sumade US $. 100,000.00 dólares americanos, por concepto degastos de reparación y mantenimiento de las referidas maqui-narias; Que, en atención a los hechos mencionados en los consi- derandos precedentes, se desprende que la Municipalidad deMollebamba ha incumplido deliberadamente hacer la entregade las maquinarias a COOPOP, contraviniendo lo establecidoen la Cláusula Cuarta y el numeral 6) de la Cláusula Quinta delos Convenios. Asimismo, la conducta del Alcalde de laMunicipalidad Distrital de Mollebamba señor Manuel SánchezParedes, de negarse hacer entrega de las maquinarias depropiedad de COOPOP evidencia un acto de apropiación in-debida, por lo que ha incurrido en el delito de Apropiación Ilícitaprevisto en el artículo 190º del Código Penal. Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio dela Mujer y Desarrollo Social, a efectos de que inicie e impulselas acciones judiciales contra la Municipalidad de Mollebambatendientes a lograr la restitución de las maquinarias de propie-dad de COOPOP y del pago de la penalidad prevista en losConvenios. Así como contra el Alcalde de la MunicipalidadDistrital de Mollebamba, conforme lo señalado en el consi-derando precedente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Aseso- ría Jurídica del MIMDES, contenida en el Informe Nº 1645-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organi-zación y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES apro-bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificadopor el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, y el Decreto LeyNº 17537 - Ley de representación y defensa del Estado enasuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, para que en representación y defensa de los intere-ses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales quecorrespondan contra la Municipalidad Distrital de Molle-bamba y contra el señor Manuel Sánchez Paredes Alcaldede la indicada Municipalidad y contra aquellos que resultenresponsables, conforme a los fundamentos expuestos enla parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Públicoa cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 22277Aceptan renuncias de miembro del Di- rectorio de la Sociedad de Beneficen-cia Pœblica de Huanta y de Gerente deAuditoría Interna de COOPOP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 761-2004-MIMDES Lima, 7 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación de los Directorios de las Socie-dades de Beneficencia y Juntas de Participación Social,los cuales están integrados, entre otros, por dos represen-tantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MI-MDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, con Resolución Ministerial Nº 407-2001-PROMU- DEH de fecha 26 de noviembre del 2001, se designó alseñor EDWIN COYA SALAS, como Miembro del Directoriode la Sociedad de Beneficencia Pública de Huanta, cargoal cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en la Ley Nº 26918; en el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES ymodificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES;y, en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modifica-do por el Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor EDWIN COYA SALAS, como Miembro del Directoriode la Sociedad de Beneficencia Pública de Huanta, dán-dosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 22283 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 764-2004-MIMDES Lima, 7 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 342-2002-PRO- MUDEH de fecha 11 de junio de 2002, se designó a la CPCDINA HUAPAYA SEPULVEDA en el cargo de Gerente deAuditoría Interna de la Oficina Nacional de CooperaciónPopular - COOPOP, cargo considerado de confianza y alcual ha formulado renuncia; Que, resulta necesario aceptar la renuncia presentada;De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793, en el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo So-cial aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MI-MDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; y, en el Decreto Supremo Nº 004-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, con efectividad al 1 de no- viembre del 2004, la renuncia presentada por la CPC DINAHUAPAYA SEPULVEDA en el cargo de Gerente de Audito-ría Interna de la Unidad Ejecutora 007: Oficina Nacional deCooperación Popular - COOPOP, dándosele las graciaspor los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 22278