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PÆg. 282538 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de diciembre de 2004 ponde autorizar al Procurador Público, para que en repre- sentación y defensa de los intereses del Estado interpon-ga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado,interponga las acciones judiciales que correspondan con- tra los que resulten responsables conforme a los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 22804 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 600-2004-JUS Lima, 15 de diciembre de 2004 Visto el Oficio Nº 2744-2004-JUS/PPMJ, de fecha 28 octubre de 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia;CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 22-2004-ZRXII/GR, de fe- cha 11 de agosto de 2004, se da cuenta a la Gerencia Registral de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa de lapresentación de documento supuestamente falsificado, ingresado mediante la solicitud de inscripción del Título Nº 050080; Que, mediante Oficio Nº 1407-2004/Z.R.Nº XII -JEF, la Jefatura de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa remitió los respectivos antecedentes con indicios de co-misión de delito, para que se expida la Resolución Minis- terial que autorice a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, iniciarlas acciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación deDocumentos, previsto y penado en el artículo 427º del Código Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito contra la Fe Pública, por lo que corres- ponde autorizar al Procurador Público, para que en repre- sentación y defensa de los intereses del Estado interpon-ga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para queen representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan con- tra los que resulten responsables conforme a los funda-mentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU