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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 282547 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de diciembre de 2004 expedidos o convalidados por la Dirección General de Ae- ronáutica Civil. Artículo 6º.- La empresa CDS REGIONAL EXPRESS S.A. podrá hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aeródromos privados, previa autorización de sus pro- pietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de la empresa CDS RE- GIONAL EXPRESS S.A. podrán operar en las zonas deoperación, aeropuertos y/o aeródromos cuyas alturas ylongitudes de pista estén comprendidas dentro de sus ta- blas de performance aprobadas por el fabricante y la auto- ridad correspondiente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando elpeticionario incumpla las obligaciones contenidas en la pre-sente Resolución; o pierda alguna de las capacidades le- gal, técnica o económico- financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; o renun-cie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado deExplotador y Especificaciones Técnicas de Operación. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo se-ñalado en el Artículo 32.3 de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General. Artículo 10º.- La empresa CDS REGIONAL EXPRESS S.A. requiere para realizar sus actividades aéreas el co- rrespondiente Certificado de Explotador, así como las Es- pecificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lodispuesto en la Ley y su Reglamentación, y de acuerdo alos procedimientos que establece la Dirección General deAeronáutica Civil. Artículo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obli- gación por parte de CDS REGIONAL EXPRESS S.A., deotorgar la garantía global que señala el Artículo 93º de laLey Nº 27261, en los términos y condiciones que establecesu Reglamento. El incumplimiento de esta obligación de-terminará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 12º.- La empresa CDS REGIONAL EXPRESS S.A. deberá presentar cada año el Balance de Situación,el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 dediciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año si-guiente. Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación que- da sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, elReglamento; y demás disposiciones legales vigentes; asícomo a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 21003 Modifican artículo de resolución que otorgó a AVIAPAC autorización de fun-cionamiento y operación como tallerde mantenimiento aeronÆutico RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0183-2004-MTC/12 Lima, 25 de noviembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 251-2003-MTC/ 12 de fecha 7 de noviembre de 2003, publicada el 20 de noviembre del mismo año; se otorgó a la empresa AVIA- CIÓN DEL PACÍFICO S.A.C. - AVIAPAC la autorización defuncionamiento y operación como taller de mantenimientoaeronáutico por el plazo de 4 años contados a partir deldía siguiente de su publicación, con las habilitaciones queen dicha Resolución se consignan; Que, la citada empresa mediante documento de regis- tro Nº 2004-017806 presentado el 19 de octubre de 2004,ha solicitado que su permiso de operación como taller demantenimiento aeronáutico la autorice a realizar operacio-nes con la habilitación servicios especializados;Que, el numeral 145.15 de la RAP 145 - Taller de Man- tenimiento Aeronáutico establece que si un taller de man-tenimiento aeronáutico desea enmendar, revisar o adicio-nar una habilitación debe solicitar un cambio a su certifica- do y del permiso de operación en la forma prescrita por la Dirección General de Aeronáutica Civil; Que, según el Informe Nº 809-2004-MTC/12.04-IPM, de fecha 22 de noviembre de 2004 y Memorándum Nº3204-2004-MTC/12.04.SDA de fecha 22 de noviembre de2004 de la Subdirección de Aeronavegabilidad y Memo- rándum Nº 0949-2004-MTC/12.AL de fecha 17 de noviem- bre de 2004 de la Asesoría Legal, se señala que la empre-sa solicitante cuenta con la Capacidad Técnica y Legal,respectivamente, para la atención de lo solicitado; Que, el artículo 9º literal h) de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para modificar las autori- zaciones de Estaciones Reparadoras, Talleres de Manteni-miento, entre otras, mediante Permiso de Operación otor-gado por Resolución Directoral; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aero- náutica Civil, Ley Nº 27261, su Reglamento aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, Resolución Directoral Nº 027-2002-MTC/15.16 y la RAP 145; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar en la parte pertinente, el artículo primero de la Resolución Directoral Nº 251-2003- MTC/12 del 7 de noviembre de 2003, que otorgó a AVIA-CIÓN DEL PACÍFICO S.A.C. - AVIAPAC, la autorización defuncionamiento y operación como taller de mantenimientoaeronáutico, a fin de incrementar las habilitaciones ya au-torizadas en los términos siguientes: Habilitaciones: - Aeronaves Clase III : Limitado. - Accesorios Clase I : Limitado.- Servicios Especializados : Limitado. Artículo Segundo.- Los demás términos de la Resolu- ción Directoral Nº 251-2003-MTC/12 del 7 de noviembre de2003 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 21991 VIVIENDA Aprueban donación de maquinaria a favor de la Municipalidad Distrital dePacocha, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2004-VIVIENDA Lima, 14 de diciembre de 2004 Vistos, el Oficio Nº 374-2003/MDP, de la Municipalidad Distrital de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; el Informe Técnico Nº 35-2004-VIVIENDA/ VMCS/PREBAM del Programa de Equipamiento BásicoMunicipal y el Memorándum Nº 101-2004-VIVIENDA/CGPdel Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 41-94 se otorgó al Ministerio de la Presidencia una partida eco-nómica para la adquisición de maquinaria de mecánicade producción, con la finalidad de transferir tecnología apropiada para lograr mayores niveles de ingreso; así mismo vía Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquiriómaquinaria para la industria del calzado, confección ytejido, procedentes de la República Popular China conla finalidad de equipar a pequeños y microempresarios;siendo dicha norma modificada por Decreto de Urgen- cia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los