Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2004 (18/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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cluya dentro de su programacion, la senal exclusiva orientada a difundir sus actividades oficiales; y, - Oferta de canales; segun el sondeo de opinion efectuado por la Direccion de Tecnologias de Informacion para determinar la preferencia de los Congresistas por MORDAZA N (canal 8) y Plus TV (canal 6) de Cable Magico, por su programacion de caracter informativo, cultura y de actualidad que colabora con sus actividades legislativas y de investigacion. Que segun el estudio de MORDAZA realizado por la Direccion de Logistica, el servicio de cable por television ofrecido por la empresa Telefonica Multimedia S.A.C. (Cable Magico), es el unico que cumple con los requerimientos tecnicos, ya que en cuanto a cobertura de senal, llega al 93.3% del total de usuarios a nivel nacional segun informacion obtenida de la pagina web de OSIPTEL; asi como por contener en su programacion los MORDAZA 8 (Canal N) y 6 (Plus TV) solicitado por los Congresistas; Que el Congreso de la Republica tiene como objetivo mantener informada a la ciudadania de sus labores parlamentarias, de manera directa, transparente y permanente, por lo que ha suscrito un convenio con la empresa Telefonica Multimedia S.A.C. para que emita su senal a traves de Cable Magico (canal 95), considerando la cobertura nacional que poseen; Que mediante el Informe Nº 121 (05)-2004-OAJPDGA/CR la Oficina de Asesoria Juridica y Procuraduria senala que el pedido de exoneracion del MORDAZA de seleccion por tratarse de un servicio que no admite sustituto, se encuentra legalmente sustentado, de conformidad con lo previsto en el inciso f) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el articulo 114º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece la indelegabilidad de la facultad de aprobacion de exoneraciones de procesos de seleccion contemplados en el articulo 19º de la Ley, entre ellos, los servicios que no admiten sustituto; Que de acuerdo a la actualizacion del valor referencial efectuado por la Direccion de Tecnologias de Informacion, la suma total a contratar asciende a S/. 149,000.00 Nuevos Soles, el cual cuenta con opinion favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emitida mediante el Informe Nº 3162004-OPP-DGA/CR; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 32º del Reglamento del Congreso, en los articulos 19º, 20º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los articulos 113º, 114º y 115º de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion, por tratarse de un servicio que no admite sustituto, la contratacion del servicio para acceder a la television por cable que presta la empresa Telefonica Multimedia S.A.C. a traves de "Cable Magico", por un valor referencial de S/. 149,000.00 Nuevos Soles, con cargo a los recursos ordinarios. Articulo Segundo.- Autorizar a la Direccion de Logistica, para llevar a cabo la referida adquisicion de conformidad con lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Disponer que, dentro del plazo legal establecido, la Direccion General de Administracion envie MORDAZA autenticada de la presente Resolucion, del Oficio Nº 381-2004-DL-DGA/CR y del Informe Nº 121 (05)-2004-OAJP-DGA/CR a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica 22918

PODER EJECUTIVO PCM
Designan Delegacion de Apoyo que acompanara al Presidente de la Republica en su viaje a Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 416-2004-PCM MORDAZA, 15 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, del 16 al 18 de diciembre del presente ano, el senor Presidente Constitucional de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA, viajara a las ciudades de MORDAZA Horizonte y Ouro Preto, Republica Federativa del Brasil, con la finalidad de participar en la XXVII Reunion del Consejo del MORDAZA Comun y Cumbre de Presidentes del MERCOSUR y Estados Asociados; Que, en consecuencia, es necesario designar la Delegacion de Apoyo que se encargara de las labores de prensa, seguridad y salud del senor Presidente de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; el Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la Delegacion de Apoyo que acompanara al senor Presidente de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA, en su viaje a las ciudades de MORDAZA Horizonte y Ouro Preto, Republica Federativa del Brasil, la que estara conformada por las siguientes personas:
Cmdte. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Soldevilla Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA Fredy Munive MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA Arboleda Velasco Sr. Ronny MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Srta. Jeaneth MORDAZA MORDAZA Sr. Merriman MORDAZA Bastias Sr. Ralfo MORDAZA Albengrin Sr. MORDAZA Ballarte Yzaguirre Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Edecan del senor Presidente Subsecretario de Prensa Medico Gerente de Seguridad de Personas Jefe de Modulo de Television Fotografo Oficial Camarografo Oficial de TV Camarografo Tecnico del "Fly Away" TV Tecnico del "Fly Away" TV Director del Diario Oficial El Peruano Jefe del Grupo de Seguridad Agente de Seguridad Agente de Seguridad Agente de Seguridad Agente de Seguridad Agente de Seguridad Agente de Seguridad Agente de Seguridad Tecnico de Apoyo Tecnico de Apoyo Tecnico de Ordenes

Articulo 2º.- El egreso por concepto de viaticos para cada una de las personas integrantes de la Delegacion de Apoyo, por la suma de US$ 200.00 por dia sera asumido por el Pliego Presupuestal respectivo, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. Articulo 3º.- Esta resolucion no MORDAZA derecho a la exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 23075

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