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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (18/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G36/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de diciembre de 2004 JUSTICIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G64/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G61/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G2D /G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G64/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G4E/G55/G44 /G70/G61/G72/G61/G20 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G48/G75/G61/G72/G61/G6C/G2C/G20/G43/G68/G69/G6D/G62/G6F/G74/G65/G20/G79/G20/G53/G6F/G63/G61/G62/G61/G79/G61/G2C/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 263-2004-JUS Lima, 15 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de marzo de 1966 el Gobierno del Perú y el Programa de las Naciones Unidas para el De- sarrollo (PNUD), celebraron el Acuerdo Básico de Asis- tencia Técnica, mediante el cual se establecieron las condiciones bajo las cuales el PNUD asiste al Gobierno en programas y prioridades nacionales de desarrollo, por lo que respecto a servicios de gestión y otros servi- cios de apoyo,éstos son prestados a través de la Ofici- na de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas (UNOPS); Que, mediante Resolución Suprema Nº 239-2004- JUS, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 12 de noviembre de 2004, se aprobó el Convenio de Servicios de Gestión a celebrarse con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD- a través de su Oficina de Servicios para Proyectos - UNOPS-, con la finalidad de encargársele la adquisi- ción de bienes, equipos y maquinarias de seguridad e informáticos para el Instituto Nacional Penitencia- rio; Que, mediante el mencionado Convenio se viene eje- cutando una serie de actividades de apoyo a la gestión del Instituto Nacional Penitenciario, que es necesario seguir contando con la asistencia técnica del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), du- rante el año 2004, siendo conveniente aprobar la Adden- da, a efecto de que dicha entidad ejecute la adquisición de colchones, equipos de seguridad, bombas de agua de los Establecimientos Penitenciarios de Huaral, Chim- bote y Socabaya, equipamiento de las Oficinas de Trata- miento de los Establecimientos Penitenciarios y para gastos de Administración (costos compartidos - UNOPS (4%); Que, el numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, prescribe que los Convenios de Admi- nistración de Recursos, Costos Compartidos y otras modalidades similares, que las entidades del Gobierno Nacional suscriban con organismos o instituciones internacionales para encargarse de la administración de sus recursos deben aprobarse por Resolución Supre- ma, refrendada por el Ministro del Sector correspon- diente, previo Informe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, en el que se demuestre las venta- jas y desventajas y beneficios de su concertación, así como la disponibilidad de recursos para su financiamien- to; Que, asimismo indica que el procedimiento señala- do se empleará también para el caso de las Adden- das, revisiones u otros que amplíen la vigencia, mo- difiquen o añadan metas, no contempladas origi- nalmente; Que, la Oficina General de Planificación del Instituto Nacional Penitenciario, ha emitido los Informes Nºs. 280 y 287-2004-INPE/05.03 y el Oficio Nº 629-2004-INPE/ 05, que contiene su opinión favorable con relación a la aprobación de la Addenda para que se ejecute la adquisi- ción de colchones, equipos de seguridad, bombas de agua de los Establecimientos Penitenciarios de Huaral, Chimbote y Socabaya, equipamiento de las Oficinas de Tratamiento de los Establecimientos Penitenciarios y para gastos de Administración (costos compartidos - UNOPS (4%); De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 560,Ley del Poder Ejecutivo, y el artículo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Addenda al Convenio de Servicios de Gestión celebrado con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con la finalidad de encargársele la adquisición de colcho- nes, equipos de seguridad, bombas de agua de los Establecimientos Penitenciarios de Huaral, Chimbote y Socabaya, equipamiento de las Oficinas de Trata- miento de los Establecimientos Penitenciarios y para gastos de Administración (costos compartidos - UNOPS (4%). Artículo 2º.- La presente Resolución será refren- dada por el Ministro de Justicia. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y al Instituto Nacional Penitenciario. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 22915 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G41/G64/G20/G48/G6F/G63 /G79/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G41/G64/G20/G48/G6F/G63/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G75/G6D/G69/G72/G20/G64/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G65/G6E/G20/G61/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G6D/G61/G74/G65/G2D /G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G52/G2E/G53/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G32/G35/G38/G2D/G32/G30/G30/G31/G20/G79/G20/G31/G32/G31/G2D /G32/G30/G30/G32/G2D/G4A/G55/G53 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2004-JUS Lima, 15 de diciembre de 2004 Vistos los Oficios Nº 23006-2004-SBS y Nº 24165- 2004-SBS de la Superintendencia de Banca y Seguros, de fechas 24 de noviembre y 14 de diciembre de 2004, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 258- 2001-JUS y Nº 121-2002-JUS, se designaron a los doctores Jorge Villegas Ratti y Lourdes María del Carmen Rivera Santander Medina, como Procurador Público Ad Hoc y Procuradora Pública Adjunta Ad Hoc, respectivamente; para que asuman la repre- sentación y defensa de las acciones legales relati- vas al sometimiento a Régimen de Intervención de los Bancos Nuevo Mundo y NBK Bank; Que, mediante los oficios de vistos, la Superin- tendencia de Banca y Seguros comunica que los re- feridos profesionales han formulado renuncias a los cargos que venían desempeñando; Que, asimismo, la Superintendencia de Banca y Seguros ha propuesto las designaciones de los doc- tores Lourdes María del Carmen Rivera Santander Medina y Felipe Antonio Maldonado Valderrama como Procuradora Pública Ad Hoc y Procurador Público Adjunto Ad Hoc, respectivamente, para que asuman la defensa de dicho ente supervisor, en los procesos penales derivados del sometimiento del Banco Nue- vo Mundo a regímenes especiales; Que, en consecuencia resulta necesario aceptar las renuncias formuladas y designar a los nuevos funcionarios; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decre- tos Leyes Nº 17537 y Nº 25993, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS;