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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (18/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G36/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de diciembre de 2004 Comunicaciones de la Gerencia de Marketing e Imagen; el Informe Legal Nº 123-2004-GL de la Gerencia Legal; y el Informe Nº 083.2004/PP.GPPD.ECM de Control Pre- vio y Presupuesto de la Gerencia de Planificación, Pre- supuesto y Desarrollo, de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú; CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, es una entidad que forma parte de la Estructura Orgánica del Pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cuyo objeto es proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas y estrategias de promoción del turismo interno y del turis- mo receptivo, así como promover y difundir la imagen del Perú en materia de promoción turística, de conformidad con la política y objetivos sectoriales; Que, la Dirección Nacional de Artesanía del Minis- terio de Comercio Exterior y Turismo, se encuentra organi- zando la Campaña Navideña denominada "En Navidad Comparte Artesanía Peruana", con la finalidad de pro- mover la artesanía peruana como parte del patrimonio cultural y como uno de los principales atractivos turísti- cos del Perú; Que, dentro de sus funciones, PromPerú auspiciará parcialmente la realización de dicha Campaña, en el marco del Convenio GL-176-2004: Convenio de Coope- ración Específico Nº 09 entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y el Proyecto PROM- PERU/PER/00/013 - PromPerú, suscrito con fecha 1 de diciembre de 2004; Que, dada la gran importancia de la difusión y pro- moción de la mencionada Campaña, resulta necesaria la contratación de medios de comunicación locales que ofrezcan gran cobertura en la ciudad de Lima, en la que se realizará la Campaña referida; Que, mediante el Informe Nº 76.2004/PP.GMI.SGC-PUB del Visto, se indica que luego de analizar los medios para la realización de la Campaña, se ha determinado que el me- dio radial es el idóneo y además que se ha elegido entre las radio emisoras de Lima a Radio Programas del Perú - RPP, de Grupo RPP S.A., teniendo como base los estudios de sintonía realizados en agosto de 2004 por la Compañía Peruana de Estudios de Mercado y Opinión Pública S.A.C., de los cuales resulta que RPP es la emisora que cuenta con mayor cobertura en esta ciudad, donde se encuentra el público objetivo de la Campaña, características que ase- guran que RPP es la radioemisora indicada para el cumpli- miento de los objetivos de la Campaña; Que, la campaña "En Navidad Comparte Artesanía Peruana" se encuentra enmarcada en la nueva estra- tegia de promoción turística del Perú, y su realización importa la emisión de 71 avisos radiales de 30 segundos de duración, transmitidos de lunes a sábado de 8 a.m. a 10 p.m., durante 2 semanas, con la finalidad de difundir ampliamente la Campaña entre el público oyente de Ra- dio Programas del Perú - RPP; Que, en consecuencia, corresponde exonerar la con- tratación del referido servicio, del proceso de selección correspondiente y autorizar la contratación de los servi- cios personalísimos de la empresa Grupo RPP S.A., dadas las calidades especiales de la citada empresa, en aplicación del inciso h) del artículo 19º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, y el artículo 111º de su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y en los artículos 111º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De acuerdo a los informes del Visto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar a la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, del proceso de Adjudicación Direc- ta Selectiva, para la contratación de la empresa Grupo RPP S.A., a fin de que preste el servicio de publicidad radial para la realización de la Campaña "En Navidad Comparte Artesanía Peruana", por tratarse de un servi- cio personalísimo.Artículo 2º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente se realizará hasta por la suma de US$ 7 000,00 (Siete Mil y 00/100 Dólares Americanos), siendo su Fuente de Financiamiento los Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas de PromPerú a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de realizar la contratación de los servicios a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, con la empresa Grupo RPP S.A., a través del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- La Gerencia General de PromPerú que- da encargada de remitir copia de la presente Resolución Ministerial y de los Informes Técnico, Legal y de Presu- puesto que la sustentan, a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 23032 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6A/G75/G65/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G73/G69/G6E/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G2D /G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 623-2004-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 9 de diciembre de 2004 Visto, el Expediente Nº 001364-2004-MINCETUR, de fecha 26.10.2004, presentado por la empresa RECREA- TIVOS DEL PACIFICO S.A., en el que solicita la modifi- cación de la autorización expresa para la explotación de juegos de casino en la Sala de Juegos del Restaurante Cinco Tenedores Turístico "CLUB SOCIAL MIRAFLO- RES", ubicado en la Av. Malecón de la Reserva Nº 535, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 732-2003- MINCETUR/VMT/DNT, se otorgó a la solicitante Autori- zación Expresa para explotar juegos de casino en la Sala de Juegos del Restaurante Cinco Tenedores Turís- tico "CLUB SOCIAL MIRAFLORES"; Que, al amparo de lo establecido en el literal b) del artículo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modifi- cada por la Ley Nº 27796, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, mediante Expediente Nº 001364-2004-MINCETUR, la empresa solicita el reti- ro de una (1) mesa de juego de la modalidad de BLACK JACK y el incremento de una (1) mesa de juego de la modalidad de TRIPLE SHOT; Que la documentación e información requerida para efectuar el incremento de mesas de juego se encuentra establecida en el Procedimiento Nº 03, literal b) del T.U.P.A. del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 009-2003-MINCETUR, vigente a la fecha de presentación de la solicitud; Que, la modalidad de juego de casino denominada TRIPLE SHOT fue registrada y autorizada por la Direc- ción Nacional de Turismo mediante Resolución Directo- ral Nº 506-2004-MINCETUR/VMT/DNT; Que, evaluada la documentación e información presen- tada por la empresa, se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar su solicitud; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, el Decreto Supremo Nº 009- 2003-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 733-2004-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-DAR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 732-2003-MINCETUR/VMT/DNT, en los tér- minos siguientes: