Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2004 (22/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2004

Articulo Primero.- APROBAR la Directiva "Normas y Procedimientos para la ejecucion y control del sorteo GanaPuntual - Tercer Trimestre de 2004", que forma parte integrante del presente y consta de catorce (14) articulos y dos (2) Anexos. Articulo Segundo.- APROBAR la Directiva "Normas y Procedimientos para la ejecucion y control del sorteo GanaPuntual - MORDAZA Trimestre de 2004", que forma parte integrante del presente y consta de catorce (14) articulos y dos (2) Anexos. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de las Directivas aprobadas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 23162

Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2005; Estando al Informe Nº 1995-2004-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 5812004-GATR-MDSMP, y el Memorandum Nº 759-2004GATR/MDSMP de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 10º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores presentes, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta se aprobo la siguiente; ORDENANZA DE VENCIMIENTOS DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE ARBITRIOS MUNICIPALES Articulo Primero.- Vencimiento de Pago del Impuesto Predial. En concordancia con lo establecido en el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial podra cancelarse de la siguientes manera: 1. Pago al contado: Hasta el 28 de febrero 2. Pago Fraccionado: Primero cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 28 31 31 30 de de de de febrero MORDAZA agosto noviembre

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 119-MDSMP San MORDAZA de Porres, 16 de diciembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, en sesion ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, concordante con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a la Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Articulos 74º y 195º Numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, MORDAZA II y IV del Decreto Legislativo Nº 816, Codigo Tributario vigente y el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, reconocen a los gobiernos locales la autonomia politica, economica, administrativa en los asuntos de su competencia y en uso de las potestades tributarias mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con limites que senale la Ley; Que, el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 1562004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, -Decreto Legislativo Nº 776, sus complentarias y modificatorias-, establece que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro (4) cuotas trimestrales; en este caso, la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, debiendo ser ajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI);por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria;

Estas cuotas seran reajustadas con la variacion acumulada del Indice de Precios al por mayor que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, por el periodo comprendido entre el mes de vencimientos de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Articulo Segundo.- Vencimiento de Pago de los Arbitrios Municipales. El vencimientos de pago de los Arbitrios Limpieza Publica, MORDAZA y Jardines Publicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2005, es el ultimo dia habil de cada mes tal como se detallan:
El El El El 31 de enero 28 de febrero 31 de marzo 29 de MORDAZA El El El El 31 de MORDAZA 30 de junio 27 de MORDAZA 31 de agosto El 30 de setiembre El 31 de octubre El 30 de noviembre El 30 de diciembre

Articulo Tercero.- Para aquellos contribuyentes que cancelen al contado las doce (12) cuotas de sus Arbitrios Municipales hasta el 28 de febrero del ejercicio 2005, tendran un beneficio de reduccion del 10% del monto insoluto por pronto pago. Los contribuyentes que gozan de algun otro beneficio no se encuentran dentro de los alcances de este articulo. Articulo Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion, la misma que se aplicara con la Ordenanza que se encuentra vigente. Articulo Quinto.- Mediante Decreto de Alcaldia se expediran las normas complementarias y disposiciones que fueran necesarias para su correcta aplicacion. POR TANTO: Mando se registre, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23178

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