Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2004 (22/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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MORDAZA respectivamente, los mismos que, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, solicitaron ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tramites de rectificacion y duplicado, utilizando para tal fin sustentos que no les pertenecen con la intencion de usurpar la identidad de terceros, haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusion del registro de las inscripciones que fueron materia de suplantacion, en salvaguarda del derecho a la identidad de los ciudadanos afectados y en estricto cumplimiento del articulo 67º incisos 7 y 9 del Decreto Ley Nº 14207 y de la Ley Nº 26497, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º respectivamente, del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nº 01041441, 07516724, 00476176, 00849396, 10129226, Formularios de Identidad Nº 00279035, 16851854, 12808481, 12910251, 08049513 y contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra los ciudadanos no identificados que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nº 01041441, 07516724, 00476176, 00849396, 10129226, Formularios de Identidad Nº 00279035, 16851854, 12808481, 12910251 y 08049513, quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA PARIZAPANA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LEANDRES MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CAPANI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente; y contra los que resulten responsables, por la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica; en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 22764 RESOLUCION JEFATURAL Nº 688-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 22 de octubre de 2004 Visto, el Oficio Nº 4922-2004-GO/RENIEC, el Informe Nº 2062-2004-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 1170-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 26 de octubre del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente

labor fiscalizadora, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, ha solicitado rectificacion de su prenombre a MORDAZA MARGOTH y apellido MORDAZA a NUNEZ, valiendose para ello de falsas declaraciones, las mismas que fueron insertadas en documento publico y registradas en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada por Ley al RENIEC; Que, la Subgerencia de Procesamiento en coordinacion con la Subgerencia de Registros del Estado Civil, luego de verificar la declaracion dada por la citada ciudadana en el tramite de rectificacion, concluye que la misma adolece de falsedad, debido a que la citada ciudadana obtuvo el 13 de agosto de 1997, una MORDAZA inscripcion de nacimiento en la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, a nombre de MORDAZA MARGOTH NUNEZ MORDAZA, en merito a un MORDAZA judicial de inscripcion de nacimiento. Es el caso que, el nacimiento de la ciudadana en mencion se encuentra registrada en la Municipalidad Provincial de Huamanga, desde el 27 de octubre de 1959 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ, identidad con la que obtuvo inscripcion en el entonces Registro Electoral; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrativamente, esto es, el rechazo de la pretension rectificatoria, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente, dado el hecho que se hizo insertar datos falsos en documento publico; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien dice llamarse tambien MORDAZA MARGOTH NUNEZ NUNEZ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien dice llamarse tambien MORDAZA MARGOTH NUNEZ MORDAZA, por la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 22765 RESOLUCION JEFATURAL Nº 690-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 22 de octubre de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 9056-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 286-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 1173-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 26 de octubre del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente

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