Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2004 (22/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2004

en la Unidad de Tesoreria. En este caso, el pago registrado constituye la MORDAZA del acogimiento. 2) Mediante pago fraccionado: Se realizara a traves de la MORDAZA de la solicitud de fraccionamiento en la Unidad de Tramite Documentario y Archivo. En este caso la Resolucion que aprueba el fraccionamiento constituye la MORDAZA de acogimiento. El acogimiento, en cualquiera de las dos formas senaladas en los numerales 1) y 2) del presente articulo, implica el reconocimiento voluntario de la deuda. Excepcionalmente, las deudas que se encuentren con medidas cautelares, no podran acogerse a la modalidad de pago fraccionado, establecido en el numeral 2) del presente articulo. Articulo 5º.- Condicion para acceder al pago fraccionado Cancelar la cuota inicial la cual debera ser mayor o igual al 20% del total de la deuda materia de fraccionamiento a la fecha de MORDAZA de la solicitud. A su eleccion, el deudor podra pagar un monto mayor de cuota inicial de fraccionamiento. Articulo 6º.- Cuota de fraccionamiento Cada cuota de fraccionamiento esta compuesta por: a) La amortizacion de la deuda: La cuota de amortizacion se obtiene de dividir el saldo de la deuda acogida despues de descontar la cuota inicial entre un MORDAZA de veinticuatro (24) cuotas. Las cuotas de amortizacion no podran ser menores al 1.60% de la UIT vigente en la fecha de MORDAZA de la solicitud. b) Interes de fraccionamiento: Es el interes calculado desde el dia siguiente a la aprobacion del fraccionamiento hasta la fecha de vencimiento de cada una de las cuotas. En caso que se cancele una cuota de fraccionamiento MORDAZA de su fecha de vencimiento, se aplicara el interes de fraccionamiento por los dias transcurridos entre la fecha de aprobacion del fraccionamiento y la fecha de pago. La tasa aplicable para el calculo del interes sera el 80% de la TIM vigente a la fecha de aprobacion de la solicitud de fraccionamiento. Articulo 7º.- Vencimiento de las cuotas de fraccionamiento La cuota inicial debera ser cancelada conjuntamente con la MORDAZA de la solicitud. La MORDAZA cuota tendra como fecha de vencimiento el ultimo dia habil del mes siguiente. Las cuotas restantes venceran siempre el ultimo dia habil de cada mes. Articulo 8º.- Perdida del Fraccionamiento El incumplimiento de pago de una de las cuotas de fraccionamiento originara la perdida automatica del convenio de fraccionamiento y el vencimiento de todos los plazos convenidos, lo que implicara la exigibilidad de la deuda materia del fraccionamiento asi como de los intereses que se generen, trasladandose su cobranza a la via coactiva. Articulo 9º.-Suspension de Procedimientos de Ejecucion Coactiva Con el acogimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, se suspenderan los procedimientos de ejecucion coactiva que se hubieren iniciado. Articulo 10º.- Desistimiento Cuando el deudor MORDAZA iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante la Administracion Tributaria u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas materia de acogimiento, debera desistirse del procedimiento o presentar MORDAZA autenticada del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas o judiciales. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Independencia a dictar las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- En todo lo no regulado en la presente Ordenanza se aplicaran supletoriamente las normas que

regulen el fraccionamiento de deudas tributarias y deudas no tributarias con la Municipalidad Distrital de Independencia, siempre que no se opongan a lo dispuesto por la presente Ordenanza. Tercero.- Podran acogerse a lo dispuesto por la presente Ordenanza las cuotas pendientes de pago correspondientes a fraccionamientos vigentes, asi como las deudas originadas por fraccionamientos cuya perdida ha sido declarada, pagando al contado las mismas, sin interes de fraccionamiento ni intereses moratorios. Lo dispuesto es aplicable a las deudas no tributarias. Cuarta.- Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la, presente Ordenanza no seran materia de devolucion o compensacion alguna. Quinta.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23181

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de estudio de abogados para asesorar a la municipalidad en temas de recuperacion y ejecucion de cobranzas coactivas de obligaciones pendientes de pago
ACUERDO DE CONCEJO Nº 078-2004-AC-MDMM MORDAZA MORDAZA, 13 de diciembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 858-04-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, el Informe Nº 0992004-EC-MDMM del Departamento de Ejecutoria Coactiva, el Memorando Nº 2156-2004-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 633-2004-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 2692004-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante los cuales se emite opinion tecnico legal sobre la necesidad de contratar al estudio MORDAZA MORDAZA & Abogados para el asesoramiento y asistencia tecnica al Departamento de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en temas de recuperacion y ejecucion de cobranzas coactivas de las obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago de los contribuyentes de nuestro distrito; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del Informe Nº 858-2004-GATR-MDMM, la Gerencia Administracion Tributaria y Rentas solicita se contrate los servicios del estudio MORDAZA MORDAZA & Abogados para el ejercicio 2005, en vista de haber realizado una gestion eficiente durante el ano 2004, en la recuperacion de obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago en la via coactiva, asesorando al Departamento de Ejecucion Coactiva; asimismo, da cuen-

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