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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G39/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de diciembre de 2004 lo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobado mediante la Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facul- tades conferidas por la Resolución Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgen- cia, la contratación del servicio de mensajería a nivellocal y nacional, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. En tal sentido, en aplicación de lo dispuesto en el inciso c) delartículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, autorícese la exo-neración de la adjudicación directa pública que le hubie- re correspondido a la referida contratación. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Ad- ministración a contratar el servicio de mensajería a nivel local y nacional, mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, por un valor referencial de S/. 130,510.78(Ciento Treinta Mil Quinientos Diez y 78/100 Nuevos So- les), por un período de seis (6) meses o hasta el inicio de la vigencia del contrato a suscribirse con la empresaque resulte ganadora de la buena pro del Concurso Pú- blico Nº 0032-2004-ONP, lo que ocurra primero. El egre- so que irrogue la referida contratación será con cargo ala Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Ad- ministración remita copia de la presente Resolución y de los informes que sustentan la presente exoneración, a la Contraloría General de la República dentro de los diezdías calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PENNY PESTANA Jefe 23099 SUNAT /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G49/G63/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL ICA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 100-024-0000068 Ica, 16 de diciembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a los auxiliares coacti- vos de la Intendencia Regional Ica para mantener la operatividad y normal funcionamiento de la labor de co-branza coactiva de la Intendencia; Que, el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF y normas modificatorias, establece los requisitos que deberán de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declara- ción Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la décimo cuarta disposición final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario establece que lo dis-puesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación de los órganos de la adminis- tración tributaria cuyo personal ingrese mediante Con- curso Público; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094- 2000/SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales y a los diferentes Intenden-tes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Re- soluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñaran como Auxiliares Coactivos dentro delámbito de competencia de cada una de esas Intenden- cias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolución de Superintendencia, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 50º y 51º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Na-cional de Administración Tributaria, aprobado por Decre- to Supremo Nº 115-2002-PCM y la Resolución de Su- perintendencia Nº 058-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Auxiliares Coacti- vos de la Intendencia Regional Ica, hasta el 17 de mayo del año 2005, a los trabajadores que se indican acontinuación: Del Carpio Maraza, Jennifer Karina, con registro D062. Ishizaki Rochetti, Zilenia Jordana, con registro D091. Luna Sobenes, Paul, con registro D108. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL QUISPE CUZCANO Intendente (e) Regional Ica 23158 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G20/G65/G6C /G46/G65/G73/G74/G69/G76/G61/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G6E/G67/G6F/G20/G79/G20/G4C/G69/G2D /G6D/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G50/G69/G75/G72/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 057-2004/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú en 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV,sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley de Ba- ses de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Or- gánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sumodificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas Comple- mentarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Nº 27680, establece que los gobiernos regionales promue-ven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su res- ponsabilidad, en armonía con las políticas y planes na-cionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 51º en su inciso d) de la Ley Or- gánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifica-da por Ley Nº 27902, establece como función del Gobierno Regional en materia agraria, el promover la transformación, comercialización, exportación y con-sumo de productos naturales y agroindustriales de la región; y en su inciso i) planificar, promover y con- certar con el sector privado, la elaboración de planesy proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial;