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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (22/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G39/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de diciembre de 2004 S B S /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G2D /G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G6F/G72/G20/G45/G44/G50/G59/G4D/G45/G20/G45/G46/G45/G43/G54/G49/G56/G41/G20/G79/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G6F/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G20/G65/G73/G74/G61/G74/G75/G74/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 1917-2004 Lima, 23 de noviembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa - EDPYME CAMCO PIU-RA para que se le autorice la modificación de su Estatuto Social, que entre otros modifica la denominación social de la empresa a EDPYME EFECTIVA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 0013-2001 del 11.1.2001, se autorizó el funcionamiento de la EDPYME CAMCO PIURA S.A.; Que, mediante Resolución SBS Nº 475-2004, se au- toriza la transferencia del total de acciones de la EDPY- ME de propiedad de la Cámara de Comercio y la Pro-ducción de Piura y otros, a los señores Manuel Tudela Gubbins y Ricardo Del Castillo Cornejo, producto de lo cual la empresa se encuentra en proceso de reorgani-zación societaria; Que, como parte de dicho proceso, los nuevos accio- nistas acordaron a través de Junta General de Accionis-tas de fechas 12.4.2004 y 21.4.2004, la modificación total del Estatuto Social de la EDPYME, que entre otros incluye el cambio de denominación social de EDPYMECAMCO PIURA por EDPYME EFECTIVA; Estando a lo opinado por el Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica median-te Informe Nº 793-2004-LEG; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros - Ley Nº 26702 y normas modificatorias; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el cambio de denomina- ción social de la EDPYME CAMCO PIURA por EDPYME EFECTIVA, así como la modificación total del Estatuto Social de la empresa. Los documentos pertinentesquedarán archivados en este Organismo de Control, devolviéndose la minuta que formaliza los acuerdos correspondientes con el sello oficial de esta Superinten-dencia para su elevación a Escritura Pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 23129 UNIVERSIDADES /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G2D /G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G2D/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0962 Lima, 13 de diciembre de 2004 Visto el escrito C.L. Nº 086-EM-2004 de fecha 23 de noviembre del 2004, por el cual el Director (e) de laEscuela Profesional de Minas, solicita al Decano de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica, se sancione a los responsables de los serios incidentes registrados el día 19 de noviembre de 2004, en los am-bientes del Decanato de la Facultad de Minas; CONSIDERANDO:Que, mediante escrito C.L. Nº 086-EM-2004 del 23 de noviembre del 2004, el Director (e) de la EscuelaProfesional de Minas, solicita se sanciona a los presun- tos responsables del incidente violento, registrado el día 19 de noviembre del 2004 en los ambientes del Decana-to de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Me- talúrgica, que fuera promovido por los siguientes alum- nos, Javier Wong Villena (Código Universitario Nº024054H), Alberto Huamaní Ccoicca (Código Universi- tario Nº 020391J) y Nilton Enrique Chariarse Cadenas (Código Universitario Nº 001343C); Que, según se colige del documento antes descrito, los alumnos aludidos habrían promovido los incidentes de violencia registrados en la sala de sesiones del Con-sejo de Facultad de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica, al impedir la sesión extraordinaria programada para ese día, viernes 19 de noviembre del2004, e intentar ingresar en viva fuerza al Decanato de la Facultad, perjudicado el normal desarrollo de las acti- vidades académicas y administrativas de la misma; Que, los actos antes descritos, dada la forma y cir- cunstancias en que han sido materializados, evidencia- rían que los alumnos no están dedicándose en formaresponsable a su formación humana, académica y pro- fesional, además que con su accionar atentan contra el prestigio de esta Casa de Estudios, sin que respeten losderechos de los demás miembros de la comunidad uni- versitaria; así como constituirían indicios razonables de su participación o colaboración en los distintos actos deviolencia registrados en el interior del Campus Universi- tario, que han ocasionado múltiples daños materiales e innumerables pérdidas económicas a la Universidad; Que, dichos actos configuran por parte de los estu- diantes, la presunta comisión de infracciones disciplina- rias a los deberes estudiantiles previstos en los incisosa), b), c) e i) del artículo 57º de la Ley Universitaria Nº 23733, lo cual da mérito para que sea instaurado el res- pectivo proceso administrativo disciplinario contra losalumnos; Que, por Resolución Rectoral Nº 628, del 16 de agosto del 2004, se aprobó el Reglamento de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios para Estudiantes, donde se norma el procedimiento a cumplir para el establecimien- to de infracciones disciplinarias y las consecuentes san-ciones a los estudiantes, y las instancias resolutivas pertinentes; Estando a la opinión legal emitida mediante Proveído Nº 036-2004-OCAL del 29 de noviembre de 2004; De conformidad a lo establecido en el artículo 8º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinariospara Estudiantes aprobado por Resolución Rectoral Nº 0628, en concordancia con el artículo 52º del Estatuto de la Universidad; y a lo acordado por el Consejo Uni-versitario en su Sesión Extraordinaria Nº 24 de fecha 29 de octubre del 2004. SE RESUELVE: 1º.- INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DIS- CIPLINARIO a los estudiantes Javier Wong Villena (Có- digo 024054H), Alberto Huamaní Ccoicca (Código 020391J) y Nilton Enrique Chariarse Cadenas (Código001343C), por las consideraciones expuestas en la pre- sente Resolución, proceso que será conducido en su fase instructiva por la Comisión Especial Ad Hoc confor-mada por Resolución Rectoral Nº 0670, del 8 de setiem- bre del 2004, a la que se le remitirá el expediente organi- zado al efecto, para que lo sustancie en el plazo peren-torio e improrrogable de treinta (30) días hábiles a partir de la notificación a los estudiantes, a cuyo término debe- rá alcanzarse el Informe Final correspondiente. 2º.- DISPONER, que los estudiantes procesados en mención, para fines de su defensa deberán presentar sus descargos y pruebas pertinentes a la Comisión Es-pecial Ad Hoc dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada o publicada en el Diario Oficial El Peruano la presente resolución; haciéndose saber que en el caso