TEXTO PAGINA: 41
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G39/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de diciembre de 2004 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la ConstituciónPolítica del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley deBases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas Com-plementarias; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 1. del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Nº 27680, se establece quelos Gobiernos Regionales son competentes para apli- car su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Go- biernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuestoinstitucional conforme a la Ley de Gestión Presu- puestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presu- puesto; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que soncompetencias exclusivas de los Gobiernos Regiona- les formular y aprobar su organización interna y su presupuesto Institucional conforme a la Ley de Ges-tión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el inciso a. del artículo 15º de la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modifi- cada por Ley Nº 27902, establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogarlas normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, de fecha 18 de junio del 2004, se han aprobado los lineamientos para la elaboración y aprobación delCuadro para Asignación de Personal de las entida- des de la Administración Pública, en cuyo artículo 14º, numeral 14.5, establece que en el caso de lasDirecciones Regionales Sectoriales y demás entida- des que mantienen dependencia funcional y técnica con los Ministerios, el Proyecto de CAP se elaborade conformidad con las disposiciones complementa- rias que elabora el respectivo Ministerio, debiendo el órgano encargado de dicho Ministerio emitir opiniónprevia, de existir opinión favorable corresponde la remisión a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la quedebe emitir un informe previo y elevar el Proyecto de Cuadro para Asignación de Personal para la aproba- ción por parte del Gobierno Regional; Que, el Proyecto del Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Chulucanas ha sido elabo- rado en concordancia a lo establecido en la DirectivaNº 007-MINSA/OGPE-V.01 - Directiva para la formu- lación de Documentos Técnicos Normativos de Ges- tión Institucional, aprobada mediante Resolución Mi-nisterial Nº 371-2003-SA/DM, así como el Oficio Cir- cular Nº 0130-2004-OGPE/MINSA de fecha 23 de agosto del 2004, sobre lineamientos para la aplica-ción del D.S. Nº 043-2004-PCM, asimismo se ha cum- plido con el requisito previo de la opinión técnica fa- vorable de la Oficina General de Planeamiento Estra-tégico del Ministerio de Salud, por lo que cuenta con las respectivas visaciones; Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 4º de la Ley de Nombramiento de Médicos Cirujanos Contratados por el Ministerio de Salud a Nivel Nacional Nº 28220, concordante con el artículo4º del Decreto Supremo Nº 009-2004-SA, Reglamen- to de la Ley Nº 28220, es necesario aprobar el Pro- yecto del Cuadro para Asignación de Personal delHospital de Chulucanas, debiendo adecuarse antes del 31 de mayo del 2005 a la clasificación de cargos que aprobará posteriormente el Ministerio de Salud yconsiguientemente a los lineamientos establecidosQue, el mango y el limón son dos frutales que se han sembrado de manera exitosa en nuestra Región, contan- do cada uno con un aproximado de 15,000 hectáreas instaladas. Respecto al mango, la última campaña ennuestra Región registró 200,000 toneladas métricas de producción y 52,000 toneladas métricas de exportación; en las variedades: Kent, Haden, Tommy Akkins, entreotras, las cuales son exportadas a los mercados de USA, Canadá, Europa, Chile, y otros países de la región, generando 37 millones de dólares de ingresos de divi-sas; Que, en lo referente al frutal limón, es sembrado prin- cipalmente en los valles de San Lorenzo, Alto Piura y delChira, con una producción anual promedio de más de 200,000 toneladas, siendo utilizado, tanto en medicina e industria, se exporta a diversos lugares del mundo comoaceite esencial de limón, la cáscara va a Europa, USA, Chile, entre otros países de la región, lo que genera un ingreso de divisas de 64 millones de dólares por expor-taciones; Que, mediante Informe Nº 017-2004/GRP-470100, del 23 de setiembre de 2004, la Oficina Regional dePromoción de Inversiones y Cooperación Técnica Inter- nacional alcanza expediente que contiene sustentación para el desarrollo del II Festival Internacional del Mangoy Limón; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimi- dad, en Sesión Extraordinaria Nº 21, de fecha 4 de di-ciembre del 2004, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribucio-nes conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA EL FESTIVAL INTERNACIONAL DEL MANGO Y LIMÓN EN LA REGIÓN PIURA Artículo Primero.- Institucionalizar, el Festival Inter- nacional del Mango y Limón en la Región Piura, a reali- zarse en el mes de noviembre de cada año en el depar-tamento de Piura. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Promo- ción de Inversiones y Cooperación Técnica Internacio-nal y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Re- gional, la implementación y reglamentación de la presen-te Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional Piura para su promulgación. En Piura, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. EDUARDO MENDOZA SEMINARIO Presidente (e) del Consejo Regional Piura POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 23074 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G75/G6C/G75/G63/G61/G6E/G61/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 058-2004/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA