Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2004 (22/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2004

por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las Entidades de la Administracion Publica; Que, mediante Informe Nº 086-2004/GRP-410300, de fecha 29 de setiembre del 2004, la Oficina de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional MORDAZA concluye y recomienda que es procedente la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital de Chulucanas, y que debe ser aprobado a nivel regional, mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Informe Nº 1061-2004/GRP460000, de fecha 12 de octubre del 2004, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional MORDAZA, emite opinion legal respecto al Proyecto de Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Chulucanas, senalando que en la elaboracion del mismo se ha seguido el procedimiento estipulado en el D.S. Nº 043-2004-PCM, por lo que compete al Consejo Regional emitir Ordenanza Regional de aprobacion del CAP del Hospital de Chulucanas; Que, mediante Memorandum Nº 1150-2004-GRP430000, de fecha 10 de noviembre del 2004, la Gerencia Regional de Desarrollo Social alcanza la opinion favorable de la Oficina Desarrollo Institucional y de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional MORDAZA para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Chulucanas; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 21, de fecha 4 de diciembre del 2004, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DEL HOSPITAL DE CHULUCANAS Articulo Primero.- Apruebese el Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Chulucanas, que consta de 280 cargos asignados, de acuerdo a los MORDAZA anexos que forman parte de la presente. Articulo Segundo.- La Direccion Regional de Salud de MORDAZA, sera la responsable que se efectuen las adecuaciones necesarias para dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM hasta MORDAZA del 31 de MORDAZA del 2005 que vence el plazo indicado en el citado dispositivo legal. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los cuatro dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los seis dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 23072

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo que establecen regimen tributario de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2004
ACUERDO DE CONCEJO Nº 382 MORDAZA, 9 de diciembre de 2004 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 9 de diciembre de 2004, el Oficio Nº 01-90-000001809 emitido por el SAT, que adjunta el expediente de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, tomaron conocimiento de la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 136, precisada por la Ordenanza Nº 154, por medio de la cual se establece el regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo, para el ejercicio fiscal 2004 en su jurisdiccion. Asimismo, visto el Informe Nº 04-082-000000133 elaborado por la Gerencia de Asuntos Legales del SAT. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; por otro lado, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves del Edicto Nº 227 otorgo al Servicio de Administracion Tributaria, SAT, la facultad de emitir opinion tecnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (Inc. s del Art. 6º); Que asimismo, si bien la Ordenanza Nº 607-MML, publicada el 24 de marzo de 2004, establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias, su Sexta Disposicion Final indica que sus disposiciones recien seran aplicadas para los procedimientos de ratificacion de las Ordenanzas distritales vigentes a partir del ano 2005, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada segun la Ordenanza Nº 211; Que, de conformidad a los articulos 74º y 192º de la Constitucion Politica y el articulo 60º de la Ley de Tributacion Municipal las Municipalidades tienen la potestad de crear, modificar o extinguir tributos de su competencia, es decir, contribuciones y tasas, encontrandose dentro de estas ultimas los arbitrios municipales y los derechos por concepto de emision mecanizada; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, solicito la ratificacion de la ordenanza Nº 136 precisada por la Ordenanza Nº 154, que establece el regimen Tributario de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo a aplicarse en su jurisdiccion para el ejercicio 2004; Que, es necesario senalar que los arbitrios municipales en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo estuvieron regulados por las Ordenanzas Nºs. 011-99-MVMT, 0232001-MVMT, 062 y 94, normas municipales mediante las cuales se establecio el regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo vigentes durante los periodos 1999 a 2003, respectivamente. Asimismo, cabe senalar que las referidas Ordenanzas fueron ratificadas por los Acuerdos de Concejo Nºs. 129, 092, 148 y 072 respectivamente; Que, finalmente, cabe indicar que si bien la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias, su Sexta Disposicion Final indica que sus disposiciones recien seran aplicadas para los pro-

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