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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G30/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Informe Especial Nº 010-2004-2-4382 -Exa- men Especial a las Obras Paralizadas por Deficienciasdel Expediente Técnico y/o Modificación del Proyecto - Declaración Falsa formulada en “Acta de Terminación de Obra” y perjuicio económico ocasionado a FONCODESpor S/. 25,550.00 en la ejecución de la Obra: “Pozos Artesianos Serjali”, ha determinado que en la ejecución de la indicada obra, financiada por FONCODES, se emitióuna declaración falsa formulada en el “Acta de Termina- ción de Obra” de fecha 31 de diciembre de 1998, suscri- ta por los miembros del Núcleo Ejecutor, así como por elIng. Santiago Alcántara Salazar representante legal de la Empresa Santal Ingenieros E.I.R.Ltda, en su condi- ción de ex Inspector de la Obra; Que, en el “Acta de Terminación de Obra” señalada en el considerando primero, los miembros del Núcleo Ejecutor, así como el ex Inspector de la Obra, declara-ron bajo juramento haber verificado la culminación la obra “Pozos Artesianos Serjali”, dejando constancia que en su ejecución se cumplió con los documentos del Expe-diente Técnico respectivo; Que, mediante Carta Nº 002-2001-SANIEIRL de fe- cha 7 de marzo de 2001, el Ing. Santiago Alcántara Sala-zar, Inspector de la Obra informó al Jefe Zonal de FONCODES -Pucallpa, que la obra se encontraba in- conclusa y sin posibilidad de funcionamiento; Que, al revisarse el Expediente Técnico de la Obra elaborado por el Proyectista ing. Gustavo Alfredo Agui- rre Vargas, se determinó que dicho Expediente Técnicono contaba con la realización de estudios de prospec- ción geofísico y/o geoeléctrico que permita determinar las características del subsuelo, así como la profundi-dad en que se encontraba el nivel freático; Que, asimismo el Informe Especial ha determinado que los agentes involucrados en la ejecución de la obra“Pozos Artesianos Serjali”, han incurrido en negligencia en el desempeño y cumplimiento de sus obligaciones, lo que ha ocasionado un perjuicio económico a FONCO-DES por el monto de S/. 25,550.00 nuevos soles, por la construcción de una obra inconclusa e inoperativa; Que, existen indicios de presunta Responsabilidad Penal por la comisión del delito de Falsedad Genérica tipificado en el artículo 438º del Código Penal, y presunta Responsabilidad Civil por el perjuicio económico ocasio-nado a FONCODES conforme al contenido del Informe Especial Nº 010-2004-2-4382; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de la Unidad Ejecu- tora Nº 004: Fondo Nacional de Compensación y Desa- rrollo Social - FONCODES, a efectos de que inicie eimpulse las acciones judiciales correspondientes, con- forme lo señalado en el considerando precedente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES, contenida en el Informe Nº 1804-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y Fun-ciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, el Decreto Supremo Nº004-2004-MIMDES y el Decreto Ley Nº 17537 -Ley de Represen- tación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, mo- dificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de la Unidad Ejecutora Nº 004: Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social -FONCODES, a efectos de que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las per- sonas comprendidas en el Informe Especial Nº 010-2004-2-4382 -Examen Especial a las Obras Paraliza- das por Deficiencias del Expediente Técnico y/o Modi- ficación del Proyecto - Declaración Falsa formuladaen “Acta de Terminación de Obra” y perjuicio econó- mico ocasionado a FONCODES por S/. 25,550.00 en la ejecución de la Obra: “Pozos Artesianos Serjali” ycontra aquellos que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerati- va de la presente resolución.Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público Ad Hoc a cargo de la Unidad Ejecutora Nº 004: Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social -FONCODES, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 23290 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G4F/G4E/G2D/G43/G4F/G44/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 790-2004-MIMDES Lima, 21 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 1472-2004-FONCODES/GG; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Especial Nº 015-2004-2-4382 “Exa-men Especial a los Proyectos de Infraestructura Social y Económica Apropiación o Utilización Indebida de Fon- dos por S/. 29,900.00”, del Gerente de Auditoría Internadel Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo So- cial - FONCODES, producto de la revisión efectuada a los documentos que sustentan las rendiciones de gas-tos efectuados por la Oficina Zonal Cusco, con cargo al Fondo para Pagos en Efectivo, durante el período 2003, se ha determinado la existencia de desembolsos por elimporte de S/. 8,150.00, cuyo destino se desconoce y que pretendieron ser justificados como viáticos otorga- dos para comisiones de servicio no realizadas, eviden-ciándose además, documentos que contienen informa- ción falsa, así como falsificación de firmas; y, como re- sultado del análisis y revisión efectuada de los gastosrealizados por la Oficina Zonal Cusco, con cargo a los Fondos en la Modalidad de “Encargo” durante el período 2003, se ha determinado la existencia de desembolsosascendentes a S/. 21,750.00, cuyo destino se descono- ce, los que pretendieron ser justificados con recibos de honorarios profesionales supuestamente cobrados pordistintas personas, presentándose en algunos casos, indicios de falsificación de firmas; hechos que han oca- sionado un perjuicio económico total ascendente a S/.29,900.00 (Veintinueve mil novecientos y 00/100 Nue- vos Soles) en agravio del FONCODES; determinándose presunta responsabilidad penal por la comisión de losdelitos de Peculado, Apropiación Ilícita, Falsedad Gené- rica y Falsificación Documentaria, tipificados en los artí- culos 387, 190, 438 y 427 respectivamente del CódigoPenal, por parte de las personas comprendidas en el referido informe según consta en el mismo; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 1801-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIM-DES, en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representa- ción y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modifi- cado por el Decreto Ley Nº 17667 y en el Decreto Supre-mo Nº 004-2004-MIMDES - Establecen disposiciones relativas a la culminación del Proceso de Fusión de Or- ganismos Públicos Descentralizados al MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales de la Unidad Ejecutora