Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (23/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G30/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de diciembre de 2004 Visto el Informe Nº 094-2004/CEA, del 2 de diciem- bre de 2004, de la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado ALBERTO MAR-CIAL MAYO REYES, formulado por la Segunda Sala Especializada Penal - Reos Libres de la Corte Supe- rior de Justicia del Cono Norte de Lima (Exp. Nº 1315-99); CONSIDERANDO:Que, por Resolución del 14 de octubre de 2004, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justi-cia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición del procesado ALBERTO MARCIAL MAYO REYES, por el delito contra la libertad - violación de lalibertad sexual y atentado contra el pudor en agravio de menor de edad (Exp. Nº 52-2004); Que, mediante el Informe Nº 094-2004/CEA, del 2 de diciembre de 2004, la Comisión encargada del es- tudio de las solicitudes de extradiciones activas pro- pone acceder al pedido de extradición del referido pro-cesado; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del De- creto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38ºde la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Extradición, suscrito entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, vigente desde el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8), del artículo 118º, de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Minis- tros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición ac- tiva del procesado ALBERTO MARCIAL MAYO RE-YES, formulado por la Segunda Sala Especializada Penal - Reos Libres de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, y declarado procedente porla Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito contra la libertad - violación de la libertad sexual y atentado contra el pudor en agraviode menor de edad; y disponer su presentación por vía diplomática, a los Estados Unidos de América, de con- formidad con el Tratado de Extradición vigente, y loestipulado por las normas legales peruanas aplica- bles al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Mi- nistros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 23332 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 270-2004-JUS Lima, 22 de diciembre de 2004 Visto el Informe Nº 095-2004-CEA, de fecha 6 de diciembre de 2004, de la Comisión encargada del es- tudio de las solicitudes de extradiciones activas, so- bre el pedido de extradición del procesado LUIS HER-NAN PINEDA MENJURA, formulado por la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Ucayali (Exp. Nº 2001-069);CONSIDERANDO: Que, por Resolución de fecha 27 de octubre de 2004, la Sala Penal Permanente de la Corte Supremade Justicia de la República, declaró procedente la so- licitud de extradición de LUIS HERNAN PINEDA MEN- JURA, procesado por el delito de tráfico ilícito de dro-gas, en agravio del Estado Peruano (Exp. Nº 38-2004); Que, mediante el Informe Nº 095-2004-CEA, de fe- cha 27 de octubre de 2004, la Comisión encargada delestudio de las solicitudes de extradiciones activas pro- pone acceder al pedido de extradición del referido pro- cesado; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del De- creto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º delTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93- JUS; el Acuerdo sobre Extradición - Congreso Boliva-riano de Caracas y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, firmada en Viena, el 20 dediciembre de 1988; En uso de la facultad del Presidente de la Repúbli- ca para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8),del artículo 118º, de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición ac- tiva del procesado LUIS HERNAN PINEDA MENJU- RA, formulado por la Primera Sala Mixta de la CorteSuperior de Justicia de Ucayali, y declarado proce- dente por la Sala Penal Permanente de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, por el delito de tráficoilícito de drogas en agravio del Estado Peruano; y dis- poner su presentación por vía diplomática, al Gobier- no de la República de Colombia, de conformidad alTratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas internas peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Mi- nistros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 23333 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 271-2004-JUS Lima, 22 de diciembre de 2004 Visto el Informe Nº 086-2004/CEA, del 18 de noviembre de 2004, de la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado GER-MAN ANGEL PRECIADO MIO, formulado por el Se- gundo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (Expediente Nº2000-5019); CONSIDERANDO:Que, por Resolución del 16 de noviembre de 2004, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Supremade Justicia de la República, declaró procedente la so- licitud de extradición del ciudadano peruano GERMAN ANGEL PRECIADO MIO, por el delito contra el patri-