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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G30/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de diciembre de 2004 27992, y ratificada mediante el Decreto Supremo Nº 076-2003-RE. 5. Los tratados en materia de terrorismo de los que el Perú es parte, en especial el Convenio Internacionalpara la represión de la financiación del terrorismo, apro- bado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1999, y que ya había sido ratifica-do por el Estado Peruano mediante la Resolución Le- gislativa Nº 27544. Artículo 3º.- ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIEN- TO a) La CEMINATI estará integrada por los siguientes miembros: 1.- Un representante del Ministerio de Justicia, que la presidirá. 2.- Un representante del Poder Judicial.3.- Un representante del Ministerio Público. 4.- Un representante del Ministerio del Interior. 5.- Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Presidente tendrá voto dirimente. b) La CEMINATI podrá convocar a especialistas de otras entidades a sus sesiones. c) La CEMINATI contará con una Secretaría Técni- ca, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores. d) Los aspectos de la labor de la CEMINATI que no estén previstos en este Decreto Supremo, serán fija-dos por acuerdo de dicha Comisión, con el voto de por lo menos la mayoría simple de los integrantes designa- dos en el inciso a) de este artículo. Artículo 4º.- SOBRE LOS PLAZOS a) Dentro de los siete días de publicado el presente Decreto Supremo, las entidades mencionadas en el ar- tículo anterior designarán a los integrantes que les co-rresponda, comunicando ello al Ministro de Justicia. b) Dentro de los quince días de publicado el presen- te Decreto Supremo, se procederá a la instalación de laCEMINATI. c) Dentro del plazo de 120 días de instalada la CEMI- NATI, ésta propondrá al Ministro de Justicia los proyec-tos normativos correspondientes. Artículo 5º.- RECURSOS El cumplimiento de las funciones encomendadas a la CEMINATI, no demandará recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por los Ministros de Justicia, Interior y Rela-ciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- dós días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 23327 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G73/G2D /G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/GE1/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G6F/G64/G65/G72/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G2C/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G4E/G55/G44 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 268-2004-JUS Lima, 22 de diciembre de 2004CONSIDERANDO: Que, bajo los compromisos asumidos en el Acuerdo Nacional, el Gobierno del Perú, a través del Ministeriode Justicia, con fecha 21 de mayo de 2003, suscribió el Convenio con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD con vigencia al 31 de diciembredel 2003; y con el objeto de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia para la imple- mentación de actividades orientadas a brindar asisten-cia técnica y profesional para el cumplimiento del Pro- grama Integral de Modernización (PRIM), se creó el Programa PER/03/022 "Programa de Apoyo a laModernización del Sector Justicia", con un plazo pre- visto hasta el 31 de diciembre del 2004, al cual se inte- gró el Proyecto PER/03/021 "Apoyo de la Gestión delPRIM", con financiamiento no reembolsable aportado por el PNUD; Que, a efecto de dar continuidad a los objetivos: Disponer una gestión ordenada y eficiente del Sector Justicia y mejorar los mecanismos de resocialización que se encuentran señalados en el Programa PER/03/022 "Programa de Apoyo a la Modernización del Sector Justicia", se acordó con el PNUD, la apertura del Pro- yecto 00041514: "Apoyo a la Gestión del INPE", dentrodel marco del Programa, con la finalidad de lograr su cumplimiento; Que, con tal finalidad se hace necesario incorporar el Proyecto 00041514 "Apoyo a la Gestión del INPE", como parte del Programa PER/03/022 "Programa de Apoyo a la Modernización del Sector Justicia"; Con la opinión favorable contenida en el Oficio Nº 676-2004-INPE/05 e Informe Nº 299-2004-INPE/05.03 de la Oficina General de Planificación del Instituto Na-cional Penitenciario, sobre disponibilidad presupuestal; De conformidad con la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Re-glamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Proyecto 00041514, "Apo- yo a la Gestión del INPE"; el mismo que será parte del Programa PER/03/022 "Programa de Apoyo a la Moder-nización del Sector Justicia", suscrito con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD. Artículo 2º.- Autorizar la transferencia de los sal- dos que resulten de la ejecución del Proyecto PER 96/ 006 "Reorganización del INPE" al 31 de diciembre de 2004 al Proyecto creado a través del artículo prece-dente. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Artículo 4º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción al Programa de las Naciones Unidas para el Desa- rrollo - PNUD. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 23331 /G41/G63/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G63/G2D /G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G75/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G76/GED/G61/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G79/G61/G6C/G20/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 269-2004-JUS Lima, 22 de diciembre de 2004