Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2004 (23/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2004

FONCODES perteneciente al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Nº 015-2004-24382 "Examen Especial a los Proyectos de Infraestructura Social y Economica Apropiacion o Utilizacion Indebida de Fondos por S/. 29,900.00", y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales de la Unidad Ejecutora FONCODES perteneciente al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 23291

Articulo 1º.- Aprobar la donacion ascendente a la cantidad de S/. 76,284.21 (SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 21/100 NUEVOS SOLES), efectuada por la Embajada del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a favor del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en el MORDAZA del Memorandum de Entendimiento y Cooperacion Bilateral entre el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru suscrito con fecha diciembre de 2001. Articulo 2º.- La referida donacion sera destinada a la ejecucion del Proyecto "Capacitacion de los Oficiales Policiales en Asuntos de Genero y Violencia Familiar", a cargo del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 23275

Aprueban donacion efectuada a favor del ministerio en el MORDAZA del Memorandum de Entendimiento y Coo peracion Bilateral con el Gobierno de los EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 793-2004-MIMDES MORDAZA, 22 de diciembre de 2004 Visto, la Nota Nº 815-2004-MIMDES/PNCVFS de fecha 14 de diciembre de 2004, de la Directora Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, por Memorandum Nº 081-2004-MIMDES/DGAOT de fecha 15 de diciembre de 2004, la Tesorera del MIMDES comunica a la Oficina de Planificacion y Presupuesto que la Embajada del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA ha efectuado un MORDAZA desembolso ascendente a la cantidad de S/. 76,284.21 (SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 21/100 NUEVOS SOLES), segun Recibo de Ingreso a MORDAZA Nº 901 de fecha 15 de diciembre de 2004, que ha sido depositado en la Cuenta Corriente Nº 00-000-339334 MIMDES-Convenio NAS; Que, a traves de la Nota Nº 285-2004-MIMDES/ DGP-OPP de fecha 16 de diciembre de 2004, la Jefa de la Oficina de Planificacion y Presupuesto solicita al Director General de Planeamiento, se tramite la emision de la Resolucion de aprobacion de donacion por parte de la Titular del Pliego, por la cantidad MORDAZA referida; Que, mediante documento de visto, la Directora Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, solicita la emision de la resolucion de aprobacion de la donacion dineraria MORDAZA mencionada; Que, conforme lo dispone el articulo 16º inciso 5), literal d) de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, seran aprobadas por resolucion del Titular del Pliego, debiendo consignar la fuente donante y el destino de estos recursos; siendo publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128, en la Ley Nº 27793, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002MIMDES;

PRODUCE
Declaran fundados recursos de reconsideracion interpuestos contra la R.M. Nº 159-2003-PRODUCE, respecto a embarcaciones pesqueras
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 444-2004-PRODUCE MORDAZA, 10 de diciembre del 2004 Visto los escritos de Registro Nº 05547001 y Nº 05548001 de fecha 29 de MORDAZA de 2003 presentados por la empresa MORDAZA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que el articulo 100º del Decreto Supremo Nº 0122001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca establece que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) por intermedio de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como las dependencias regionales de pesqueria y otros organismos a los que se delegue dicha facultad, llevara a cabo el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementara los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios; Que de acuerdo al numeral 10 de la Resolucion Ministerial Nº 139-2001-PE, corresponde a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia establecer los mecanismos necesarios a efectos de alcanzar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, el volumen total de descarga de cada embarcacion el mismo que se efectua en base a la informacion consignada en las declaraciones juradas mensuales de reporte de pesaje por tolva que alcanzan los titulares de lo establecimientos industriales pesqueros a la DINSECOVI, conforme lo dispuesto en el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 153-2001-PE; asimismo, la veracidad de las declaraciones juradas se rige por lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo que su contenido se presume veraz, salvo prueba en contrario; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 159-2003PRODUCE de fecha 9 de MORDAZA del 2003, se publico la relacion de embarcaciones pesqueras de mayor escala que presentan una diferencia mayor al 3% entre las descargas de recursos hidrobiologicos verificadas por la Administracion y lo informado por el armador pesquero en las declaraciones juradas de pago de derechos presentadas, asi como, la informacion remitida por los establecimientos industriales pesqueros correspondientes al ejercicio 2002, cuya re-

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