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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (23/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G39/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20º de la Ley Nº 28130, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal2004, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o ga- rantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a la suma de US$ 2 282 000000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la Repú- blica del Perú acordará una operación de endeudamien- to externo con la Corporación Andina de Fomento -CAF- hasta por la suma de US$ 77 000 000,00 (SETENTA YSIETE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para cofinanciar la Construcción, Operación y Manteni- miento de las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos(Proyecto Olmos, Etapa I – Obras de Trasvase), a ser ejecutada por el Gobierno Regional del departamento de Lambayeque, a través del Proyecto Especial Olmos-Tinajones; Que, tal endeudamiento se efectúa con cargo al sub- programa “Inversiones de carácter productivo y de apo-yo a la producción de bienes y prestación de servicios”, referido en el literal a) del artículo 20º de la Ley Nº 28130; Que, la indicada operación de endeudamiento exter- no ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 7º de la Ley Nº 28130, habiendo sido el citado proyecto en particular, exonerado de la declaratoria deviabilidad mediante el Decreto Supremo Nº 118-2003- EF; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Crédito Público y la Oficina Ge- neral de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la Repúbli- ca ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento externo, en aplicación del literal l) delartículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28130; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación y condiciones de la operación de endeudamiento externo Apruébase la operación de endeudamiento exter- no a ser acordada entre la República del Perú y laCorporación Andina de Fomento -CAF- hasta por la suma de US$ 77 000 000,00 (SETENTA Y SIETE MI- LLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), desti-nada a cofinanciar la Construcción, Operación y Man- tenimiento de las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos (Proyecto Olmos, Etapa I - Obras de Trasva-se). Dicho endeudamiento externo será cancelado en veinte (20) cuotas semestrales, consecutivas y en loposible iguales, la primera de las cuales se pagará a los sesenta y seis (66) meses de suscrito el contrato de préstamo respectivo. La tasa de interés aplicablesserá la tasa anual que resulte de la tasa Libor a seis (6) meses, más un margen de 2,9% anual. Asimismo, se aplicará una comisión de compromiso del 0,75%anual sobre los saldos no desembolsados y una comi- sión de financiamiento del 1,25% sobre el monto del préstamo. Artículo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del préstamo destinado a co- financiar la Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos (Pro- yecto Olmos, Etapa I - Obras de Trasvase) será elGobierno Regional del departamento de Lambayeque, a través del Proyecto Especial Olmos-Tinajones. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir en representación de laRepública del Perú, el convenio de préstamo de la operación de endeudamiento externo que se aprueba en el artículo 1º de esta norma legal; así como al Di-rector General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operación.Artículo 4º.- Suscripción de Convenio de Tras- paso de Recursos El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Crédito Público, trasladará al Go-bierno Regional del departamento de Lambayeque - Pro- yecto Especial Olmos-Tinajones, los recursos de la operación de endeudamiento externo que se apruebapor la presente norma legal, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos que se aprobará mediante Re- solución Ministerial de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- Servicio de la deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeu- damiento externo que se aprueba en este Decreto Supremo, será atendido por el Ministerio de Economíay Finanzas con cargo a las previsiones presupuesta- les para el servicio de la Deuda Pública. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro deEconomía y Finanzas, y entrará en vigencia el día de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- dós días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 23330 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G54/G20/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G64/G6F/G63/G75/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F /G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G72/G73/G65 /G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G4E/G55/G44/G20/G61/G20/G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G4E/G4F/G50/G53 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 157-2004-EF Lima, 22 de diciembre de 2004Vistos los Oficios Nºs. 00373-2004-SUNAT/100000, 416-2004-SUNAT/2G0000 y 442-2004-SUNAT/2G0000de fechas 11 y 16 de noviembre y 10 de diciembre de 2004, respectivamente, de la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria - SUNAT, solicitando laaprobación del Acuerdo de Servicios de Gestión a cele- brarse con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD a través de su Oficina de Serviciospara Proyectos - UNOPS. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo señalado por la Superinten- dencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT enlos Oficios Nºs. 00373-2004-SUNAT/100000, 416-2004- SUNAT/2G0000 y 442-2004-SUNAT/2G0000 resulta per- tinente celebrar con el Programa de las Naciones Unidaspara el Desarrollo - PNUD, un Acuerdo de Servicios de Gestión, para que se lleven a cabo los estudios de inver- sión, así como las adquisiciones y contrataciones que serequieren para fortalecer y modernizar los equipos, infra- estructura, procesos y sistemas aduaneros y tributarios, así como los sistemas de seguridad de los locales de laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, hasta por el monto de Cuarenta y Seis Millones Quinientos Noventa y Tres Mil Ciento Diecinueve DólaresAmericanos (US $ 46 593 119.00); Que, asimismo, es necesario autorizar al Superinten- dente Nacional de Administración Tributaria, para que enrepresentación del Gobierno Peruano pueda suscribir la documentación necesaria para la implementación del Acuerdo de Servicios de Gestión antes mencionado, paralo cual cuenta con la disponibilidad presupuestal respec- tiva;