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PÆg. 283209 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de diciembre de 2004 Que, mediante Ordenanza Nº 163 de fecha 06.OC- TUBRE.2004 se concede una Amnistía Tributaria que com-prende la condonación de reajuste e intereses moratoriosde deudas tributarias y un régimen de incentivos tributariosy administrativos; siendo prorrogada mediante OrdenanzaNº 167 de fecha 08.NOVIEMBRE.2004 hasta el 30.NO-VIEMBRE.2004 y ampliada su prórroga mediante Orde-nanza Nº 169 de fecha 30.NOVIEMBRE.2004 hasta el18.DICIEMBRE.2004; Que, atendiendo el pedido del vecindario, es necesario prorrogar por tiempo prudencial la última Ordenanza referi-da, e incluir asimismo la rebaja de las Multas Administrati-vas existentes en la Entidad, incluidas las que se encuen-tran en cobranza coactiva; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 8) y 40º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Art. 60º del De-creto Legislativo Nº 776 - de Tributación Municipal; con elvoto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensade la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR los alcances de la Ordenanza Nº 169 de fecha 30.NOVIEMBRE.2004, refe-rente a beneficios tributarios, hasta el 31.DICIEMBRE.2004. Artículo Segundo.- AMPLIAR el beneficio de la pre- sente Ordenanza, a la rebaja del 60% de descuento de lasMultas Administrativas pendientes de pago y que hayansido aplicadas hasta el 31.AGOSTO.2004, incluidas lasque se encuentran en Cobranza Coactiva. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Disposición a la Gerencia Municipal, Gerencia deRentas, Gerencia de Administración, Subgerencia de Ima-gen Institucional y Agencias Municipales de Desarrollo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 23324 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Disponen aplicar para el ejercicio 2005 las mismas tasas de Arbitrios Municipa-les aprobadas con Ordenanza N” 002-2003-MDLP ORDENANZA Nº 024-2004-MDLP La Perla, 20 de diciembre del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA POR CUANTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre del 2004, bajo la presidencia del señor Alcal-de, Pedro López Barrios y con la asistencia de los se-ñores Regidores, Sr. Julio Enrique Oblitas Fernández,Sr. Juan Carlos Rueda Cuba, Sr. Juan Ruiz Arsila, Sra.María Larenas de Castro, Sra. Raquel Aliaga Rebatta,Sr. Juan Hamamoto Miyasato, Sr. Julio César Barrien-tos Sandoval, Sra. Ana Torres Vda. de Morales, Sr. LuisAlberto Salinas Pérez, la moción presentada por la se-ñora Regidora María Larenas de Castro, Presidenta dela Comisión de Administración, Economía y Presupues-to, sobre aplicar para el ejercicio 2005 las mismas tasasde Arbitrios Municipales aprobadas con Ordenanza Nº002-2003-MDLP; y, CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distri-tales, y las delegadas conforme a ley, son los órganosde gobierno local y tienen autonomía política, económi-ca y administrativa en los asuntos de su competencia;Que, el Art 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades prevé que el patrimonio municipal es ad-ministrado por cada municipalidad en forma autónoma, conlas garantías y responsabilidades de ley; Que, la IV Disposición Final del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF - TUO de la Ley de Tributación Municipal,establece que el servicio de emisión mecanizada de actua-lización de valores, determinación de impuestos y de reci-bos de pago correspondientes no excederá del 0.4% de laUIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, según el Decreto Supremo Nº 177-2004-EF publi- cado en el cuadernillo de normas legales del Diario OficialEl Peruano del 7 de diciembre del 2004, el valor de laUnidad Impositiva Tributaria para el año 2005 es de S/.3,300 Nuevos Soles; Que, con Memorándum Nº 1196-04-GSC/MDLP la Ge- rencia de Servicios Comunales y con Memorándum Nº 390-04-GS-MDLP la Gerencia de Seguridad Ciudadana, infor-man que los costos del año 2004 por los servicios quebrindan no varían para el ejercicio 2005; Que, en general la difícil condición económica de los vecinos del distrito, ocasiona que en la organización de losgastos se prioricen las necesidades básicas, a pesar de locual se evidencia la voluntad de pago en los contribuyentesde La Perla; por lo cual es oportuno, justo y necesariomantener el monto de las tasas de arbitrios municipalescomo una forma de apoyar al vecino contribuyente deldistrito; De conformidad con el INFORME Nº 159-2004-GM/ MDLP emitido por la Gerencia Municipal, INFORME Nº 0264-2004-GAT/MDLP emitido por la Gerencia de Administra-ción Tributaria, INFORME Nº 283-2004-GAJ/MDLP emitidopor la Gerencia de Asuntos Jurídicos; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º y por el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Ley Nº 27972, y con el voto UNÁNIME de losmiembros del Consejo Municipal y con la dispensa del tra-mite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguien-te: ORDENANZA Artículo Primero.- Aplicar para el ejercicio 2005 las mismas tasas de Arbitrios Municipales aprobadas con Or-denanza Nº 002-2003-MDLP. Artículo Segundo.- Aprobar el calendario de pagos de los tributos municipales: 1. Impuesto Predial:- Primer trimestre 28 de febrero del 2005 - Segundo trimestre 31 de mayo del 2005- Tercer trimestre 31 de agosto del 2005- Cuarto trimestre 30 de noviembre del 2005 2. Arbitrios Municipales: El último día hábil de cada mes - enero 28 de febrero - febrero 28 de febrero- marzo 31 de marzo- abril 29 de abril- mayo 31 de mayo- junio 30 de junio- julio 27 de julio- agosto 31 de agosto- setiembre 30 de setiembre- octubre 31 de octubre- noviembre 30 de noviembre- diciembre 30 de diciembre DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Único.- Encárguese a la Gerencia Municipal la responsabilidad de brindar el apoyo y soporte para laaplicación de la norma y a las Subgerencias de Admi-nistración Tributaria y Fiscalización Tributaria depen-dientes de la Gerencia de Administración Tributaria elcumplimiento y aplicación de lo dispuesto por la presen-te ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 23416