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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de enero de 2004 VISTOS; El Informe Técnico Nº 301-2003/GRP- 440330 del 30 de setiembre del 2003 de la Dirección deEstudios y Proyectos de la Gerencia Regional de Infra-estructura, el Informe Nº 227-2003/GRP-440000 del 10de noviembre del 2003, sobre Exoneración del Procesode Selección para la Contratación de los Servicios Per- sonalísimos del arquitecto Javier Caravedo Molinari, y el Informe Legal Nº 1377-2003/GRP-460000 del 26 de no-viembre del 2003 de la Oficina Regional de AsesoríaJurídica; CONSIDERANDO: Que, en el Memorándum de Entendimiento entre el equipo de inspección de la República de Corea y el Mi-nisterio de Salud de la República del Perú sobre el Pro-yecto para el Establecimiento del Hospital Santa RosaAmistad Perú-Corea en Piura-Perú, suscrito el 16 de mayo del 2003, entre la Agencia de Cooperación Inter- nacional de Corea (KOICA), el Ministerio de Salud delPerú y el Gobierno Regional de Piura, se estableció lacooperación de manera conjunta de los Gobiernos deCorea y Perú para la construcción y renovación de lainfraestructura del Hospital Santa Rosa - Piura, siendo responsabilidad compartida de ambas partes, tanto la selección de una empresa especializada en el diseñode obras para que se encargue del diseño básico y deta-llado del edificio principal y de las otras salas de pacien-tes hospitalizados, como la definición del diseño, inclu-yendo las necesidades de los usuarios del hospital, con- forme con lo estipulado en el ítem II: numeral 1, subnu- meral 1), Tercer Párrafo, en concordancia con el numeral2, subnumeral 2), literal b) del Memorándum de Entendi-miento precitado; Que, con Carta Nº 185-2003/KOICA del 1 de setiem- bre del 2003, la Agencia de Cooperación Internacional de Corea (KOICA) comunica al Gobierno Regional de Piura que ha seleccionado y contratado los servicios delArq. Javier Caravedo Molinari para que se encargue delos criterios generales del diseño, Programación Médi-ca, el Programa Arquitectónico y el Plan General delHospital, recomendando que respecto del diseño del pro- yecto correspondiente a la parte peruana, el Gobierno Regional de Piura, debería contratar y pagar al referidoprofesional; Que, mediante Informe Técnico Nº 301-2003/GRP- 440330, de fecha 30 de setiembre del 2003, la Direcciónde Estudios y Proyectos de la Gerencia Regional de In- fraestructura considera que es recomendable desde el punto de vista técnico que el Proyecto de Ampliación yRemodelación del Hospital Santa Rosa, sea elaboradoen su totalidad por el mismo consultor que viene desa-rrollando el proyecto por la parte coreana, por tratarsede una estructura compleja funcionalmente y que debe ser concebida de manera integral, garantizándose el buen funcionamiento de todas las instalaciones del estableci-miento y la unidad en el aspecto formal. Precisa así mis-mo, que aun cuando el Gobierno Coreano y el GobiernoRegional Piura, tienen sus propias asignaciones presu-puestales, dirigidas a financiar metas distintas, el fun- cionamiento de una de las partes está totalmente rela- cionada a la otra, existiendo incluso una dependenciaentre ellas. De modo tal, que la construcción de la uni-dad de emergencia, la remodelación de la unidad deconsulta externa, la unidad de servicios generales y lasredes exteriores de agua, alcantarillado, energía eléctri- ca, evacuación pluvial, a cargo del Gobierno Regional de Piura, es indispensable para el funcionamiento de laparte a construirse con el aporte coreano: Centro Qui-rúrgico, Admisión y parte de la Unidad de Hospitaliza-ción; Que, como se advierte del Informe Técnico acotado, la contratación del Arq. Javier Caravedo Molinari, es re- comendable desde el punto de vista económico, en ra-zón de la información con la que cuenta, el conocimien-to del tema, así como el anteproyecto en ejecución entodas las especialidades, constituyen un avance consi-derable que permitirá abaratar los costos de los estu- dios a realizar, lo que implica la efectiva reducción del tiempo en la elaboración de los estudios;Que, con Resolución Gerencial General Regional Nº 037-2003/GOB.REG.PIURA-GGR del 3 de noviembre del2003, se aprobó los Términos de Referencia de la Ela-boración del “Estudio Definitivo Ampliación, Remodela-ción y Equipamiento del Hospital I - Santa Rosa de Piu-ra”, con un valor referencial ascendente a la suma de Ciento Un Mil Novecientos Veinticinco con 88/100 Nue- vos Soles (S/. 101,925.88), con precios vigentes al mesde setiembre del 2003, siendo su sistema de contrata-ción A Suma Alzada, con un plazo de ejecución estima-do de 45 días calendario; Que, con Informe Nº 227-2003/GRP-440000 del 10 de noviembre del 2003, la Gerencia Regional de Infraes- tructura, solicita se expida la Resolución Ejecutiva Re-gional de Exoneración del Proceso de Selección para lacontratación de los servicios del Arq. Javier CaravedoMolinari; Que, el inciso h) del artículo 19º del Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, regula el supuesto de Exonera- ción de los Procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, cuando se trata de ad-quisiciones y contrataciones de Servicios Personalísi-mos, para cuya aplicación, en concordancia de lo pres-crito por el artículo 111º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, debe tenerse en cuenta como requisito esencial a la personadel locador, ya sea por sus características inherentes,particulares o especiales o por su determinada calidad,profesión ciencia, arte u oficio; Con las Visaciones de las Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica y Administración; Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y GerenciaGeneral Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, Ordenanza Regional Nº 002- 2003/CR-RP, T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM y su Re-glamento, D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar como Servicios Perso- nalísimos los servicios que preste el Arq. Javier Carave-do Molinari en la Elaboración del “Estudio Definitivo Am-pliación, Remodelación y Equipamiento del Hospital I -Santa Rosa de Piura”. Artículo Segundo.- Aprobar la Exoneración del Pro- ceso de Adjudicación Directa Pública para la Contrata-ción de los Servicios Personalísimos a que se refiere elartículo precedente; y consecuentemente, autorizar a laOficina Regional de Administración para que, a travésde la Oficina de Abastecimientos y Servicios, realice la contratación del Arq. Javier Caravedo Molinari, median- te el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y hastapor el monto de su propuesta económica. Artículo Tercero.- La contratación que se efectúe en virtud de la autorización otorgada por la presente Reso-lución se regulará por las disposiciones que rigen el Pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, prescritas por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas comple-mentarias. Artículo Cuarto.- En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y del artículo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispóngase la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano, remitiéndosecopia de la misma a la Contraloría General de la Repú- blica, adjuntando el Informe Técnico Nº 301-2003/GRP- 440330 y el Informe Legal Nº 1377-2003/GRP-460000,dentro de los diez (10) días calendario siguientes a lafecha de su expedición. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente Resolu- ción a las Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica, Ad- ministración y Control Institucional; Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Planeamiento,