Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2004 (09/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de enero de 2004

Capitulo XIV del Titulo MORDAZA sobre Descentralizacion aprobada por la Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y demas normas complementarias y conexas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto con el articulo 45º inciso a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por el articulo 4º de la Ley Nº 27902, la funcion normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en sus articulas 8º y 9º precisa que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 en su articulo 10º inciso m), establece la facultad del Gobierno Regional a normar sobre los asuntos y materia de su responsabilidad concordando con el articulo 47º del mismo cuerpo legal respecto a las funciones especificas en materia de educacion; Que, la Ley General de Educacion, Ley Nº 28044 senala en su articulo 76º que la Direccion Regional de Educacion es un organo especializado del Gobierno Regional responsable del servicio educativo en el ambito de su respectiva circunscripcion y en su articulo 73º define a la Unidad de Gestion Educativa local como instancia de ejecucion descentralizada del Gobierno Regional como autonomia en el ambito de su competencia; Que, la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por el articulo 8º de la Ley Nº 27902, establece el regimen de las Direcciones Regionales Sectoriales, estableciendose la dependencia administrativa a los Gobiernos Regionales y tecnica y funcional de los respectivos sectores del Gobierno Regional; Que, estando definida en las leyes y demas normas la competencia exclusiva del Gobierno Regional de MORDAZA en materia administrativa, sobre facultades de designacion, concordando con lo establecido en el D.S. Nº 0152002-ED, Titulo VI Tercera Disposicion Complementaria, que establece la facultad de las Direcciones Regionales de Educacion para designar a los Directores de las Unidades de Gestion Educativa, en atencion a la urgencia de reorganizar el sector educativo en nuestra jurisdiccion frente al proximo periodo educativo escolar; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 en su articulo 2º senala que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con la autonomia que dicha MORDAZA faculta constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal, en concordancia con lo dispuesto en la Decima Septima Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004, que establece el tramite para la modificacion presupuestaria a favor de la Direccion Regional de Educacion de Lima; Que, el Consejo Regional dicta Ordenanzas Regionales, conforme a las atribuciones senaladas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Estando a lo acordado por el pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 7 de enero del 2004 y a lo dispuesto por la parte pertinente del articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que el Director Regional de Educacion del Gobierno Regional de MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA designe en ejercicio de sus funciones y en forma inmediata a los Directores de las Unidades de Gestion Educativa de la Jurisdiccion del Gobierno Regional de Lima. Articulo Segundo.- Requerir al Poder Ejecutivo y a los ministerios de Educacion y de Economia y Finanzas,

la inmediata emision del Decreto Supremo que apruebe la modificacion presupuestal establecida en el inciso b) de la Decimo Septima Disposicion Final de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004. Articulo Tercero.- Declarese la reorganizacion administrativa del Sector Educacion que comprende la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, con facultades para revisar y evaluar las contrataciones y adquisiciones realizadas a partir del 1 de enero del 2004, y de disponer las acciones de control que se requiera. La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA a los siete dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 00275

Autorizan al Presidente del Gobierno Regional iniciar acciones legales al Ministro de Salud por presunto incumplimiento de mandato judicial
ACUERDO DE CONCEJO REGIONAL Nº 001-2004-CR/GRL

MORDAZA, 7 de enero del 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, la seleccion de los Directores Regionales Sectoriales se MORDAZA previo concurso publico convocado por los Gobiernos Regionales en coordinacion con el Gobierno Nacional, de acuerdo a los lineamientos generales elaborados por el Consejo Nacional de Descentralizacion; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, mediante Directiva Nº 001-CND-P-2003, aprobada mediante Resolucion Presidencial Nº 012-CND-P-2003 y modificada por Resolucion Presidencial Nº 025-CND-P-2003, establecio que la responsabilidad del concurso publico para la seleccion de los Directores Regionales Sectoriales, estara a cargo de la Comision Regional de Concurso, que estara constituida por el Gerente General Regional, quien la presidira, y un representante del Gobierno Regional, que sera designado por el titular del sector correspondiente; Que, todos los sectores del Gobierno Nacional han cumplido con la designacion del representante de su sector a excepcion del Ministerio de Salud, habiendo sido designados hasta la fecha los Directores Regionales de los sectores: Educacion, Comercio Exterior y Turismo, Energia y Minas, Produccion, Agricultura, Trabajo y Promocion del Empleo, Transporte y Comunicaciones, Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, representado por su Procurador Publico Regional, interpuso una demanda de Accion de Cumplimiento contra el Ministro de Salud, Dr. MORDAZA MORDAZA Rivadeneyra, para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-CNDP-2003, y en consecuencia designe al representante de su Sector, con la finalidad de procederse a realizar el concurso publico para la eleccion del Director Regional del Sector Salud de gobierno Regional de Lima; Que, habiendo quedado consentida la sentencia que MORDAZA declarando fundada la demanda interpuesta por el Gobierno Regional de MORDAZA, en contra del citado Ministro de Salud sobre Accion de Cumplimiento, se ordeno

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