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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2004 (10/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G33/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de enero de 2004 g. Coordinar, apoyar y orientar en las pruebas de labo- ratorio. h. Trabajar coordinadamente con el equipo multidisci- plinario del CETSS, y de laboratorio. i. Llenado de la hoja de registro de atenciones de ITS y VIH/SIDA. j. Entrega de la(s) tarjeta(s) de referencia de contactos (Guía Nacional de Manejo de Casos de ITS). k. Capacitar y entrenar sobre el uso del preservativo.l. Coordinar con el servicio la distribución de condones en la consejería. m. Coordinar con la consejera profesional las deriva- ciones pertinentes (salud mental, planificación familiar, etc.),cuando el caso lo amerite. n. Coordinará con el equipo de salud el apoyo necesa- rio para acciones preventiva-promocionales tales como fe-rias, charlas, etc. o. Solicitará y comunicará a tiempo su inasistencia a fin de suspender a tiempo la atención de pacientes y/u otrasactividades. VII. DISPOSICIONES FINALES7.1. La Dirección General de Salud de las Personas, en un plazo no mayor de 10 días, se responsabiliza de la difu-sión a nivel nacional de lo establecido en la presente Nor-ma Técnica, a las Direcciones de Salud, Institutos y Hos-pitales. 7.2. Los Directores Generales de las Direcciones de Salud, Institutos y Hospitales Nacionales, así como los Di-rectores Ejecutivos de los Hospitales de Mediana y Bajacomplejidad a nivel nacional, Directores de Redes y Jefesde Micro Redes en los siete (7) primeros días de recibidala presente Norma Técnica, serán los responsables de ladifusión e iniciar su aplicación en su ámbito de responsa-bilidad. 7.3 Los Jefes de Establecimientos de Salud, Jefes de Departamentos y/o Servicios (Institutos u Hospitales) enlos siete (7) primeros días de recibida la presente normaserán los responsables de iniciar su aplicación en su ám-bito de responsabilidad. 7.4. La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva de Atención Integral deSalud, será la responsable de monitorear, supervisar y eva-luar el estricto cumplimiento de la presente Norma Técnicaa nivel nacional. 00279 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1294-2003-SA/DM Mediante Oficio Nº 027-2004 SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolu-ción Ministerial Nº 1294-2003-SA/DM, publicada en nues-tra edición del día 1 de enero de 2004, en la página 258817. En el artículo 1ºDICE:PEDRO ABAD BARRETODEBE DECIR:PEDRO ABAD BARREDO00254 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 005-2004-MTC/02 Lima, 9 de enero de 2004trategia para conocimiento de nivel central y de las respec- tivas direcciones. c. Reuniones de seguimiento con los coordinadores del control de las ITS y VIH/SIDA para la revisión y análisis deresultados de la estrategia. d. Evaluación permanente de los procesos de la estrategia. 6.2. DEL NIVEL REGIONAL6.2.1. Tendrá a su cargo facilitar el soporte financiero y administrativo. 6.2.2. Coordinar con el nivel central apoyo para el pro- grama de capacitación y actualización de consejeros(as)de pares. 6.2.3. El seguimiento y monitoreo por parte del nivel regional consistirán en visitas de supervisión permanen-tes, considerando las siguientes acciones: a. Visitas a los establecimientos de salud para obser- var el trabajo de los consejeros(as) de pares. b. Sondeo de opinión a la población beneficiaria directa (usuarios). c. Revisión y análisis de los registros de información diaria y otros documentos de importancia. d. Elaboración de informes mensuales.e. Reuniones de seguimiento con el equipo de salud. 6.3. DEL COORDINADOR DE PREVENCIÓN Y CON- TROL DE LAS ITS Y VIH/SIDA Son responsabilidades del Coordinador del Control de las ITS y VIH/SIDA: - Supervisar a los Monitores de CEPs. - Supervisar a los consejeros(as).- Facilitar la logística y administración de la estrategia.- Revisión y análisis de los registros de información dia- ria y otros documentos de importancia. - Revisión de reportes mensuales.- Coordinar y seleccionar a los profesionales para el programa de capacitación y actualización de la consejeríaen ITS y VIH/ SIDA. - Reuniones de seguimiento con el equipo técnico de la DISA para planificar, programar y evaluar la estrategia. 6.4. DEL MONITOR(A) DE CEPsSon responsabilidades del monitor(a) de CEPs:- Supervisar a los CEPs en el cumplimiento de sus ac- ciones de consejería y de sus acciones preventiva-promo-cionales (charlas, GAMs, etc.). - Informar sobre la situación de logística y materiales para los CEPs. - Revisión de las hojas de registros y documentos de los CEPs. - Elaboración de reportes mensuales de la estrategia.- Reunirse con el Coordinador CETSS para organizar con los CEPs el programa de capacitación y actualizaciónde la consejería en ITS y VIH/ SIDA. - Participar e informar al equipo técnico de la DISA el seguimiento de los CEPs. - Asistencia a reuniones técnicas programadas por la Coordinación CETSS o nivel central. - Asistencia permanente a la DISA con un promedio de 40 horas semanales laborales. 6.5. DEL CONSEJERO/A DE PARES:6.5.1. La consejería debe ser realizada por una perso- na sensibilizada, capacitada y entrenada en ITS y VIH/SIDAy que reúna el perfil establecido por la Norma Técnica. Son responsabilidades del consejero(a) de pares: a. Trabajar coordinadamente con el equipo de salud don- de desarrolla sus labores. b. Realizar consejería de soporte, consejería fami- liar, consejería para GEPETS y a toda persona que tenga el diagnóstico de VIH/ SIDA . c. Brindar consejería de soporte a los pacientes que le son derivados por el(la) consejero(a) profesional,psicólogo(a), enfermero(a) y/o médico del servicio. d. Rendir cuenta directa al Jefe(a) del servicio de salud donde presta atención y/o atiende a sus pares. e. Asistir y/o prestar servicios como mínimo 18 horas semanales. f. Respetar la confidencialidad del paciente o consul- tante así como la información recibida durante el procesode consejería.