Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2004 (10/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 10 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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trategia para conocimiento de nivel central y de las respectivas direcciones. c. Reuniones de seguimiento con los coordinadores del control de las ITS y VIH/SIDA para la revision y analisis de resultados de la estrategia. d. Evaluacion permanente de los procesos de la estrategia. 6.2. DEL NIVEL REGIONAL 6.2.1. Tendra a su cargo facilitar el soporte financiero y administrativo. 6.2.2. Coordinar con el nivel central apoyo para el programa de capacitacion y actualizacion de consejeros(as) de pares. 6.2.3. El seguimiento y monitoreo por parte del nivel regional consistiran en visitas de supervision permanentes, considerando las siguientes acciones: a. Visitas a los establecimientos de salud para observar el trabajo de los consejeros(as) de pares. b. Sondeo de opinion a la poblacion beneficiaria directa (usuarios). c. Revision y analisis de los registros de informacion diaria y otros documentos de importancia. d. Elaboracion de informes mensuales. e. Reuniones de seguimiento con el equipo de salud. 6.3. DEL COORDINADOR DE PREVENCION Y CONTROL DE LAS ITS Y VIH/SIDA Son responsabilidades del Coordinador del Control de las ITS y VIH/SIDA: - Supervisar a los Monitores de CEPs. - Supervisar a los consejeros(as). - Facilitar la logistica y administracion de la estrategia. - Revision y analisis de los registros de informacion diaria y otros documentos de importancia. - Revision de reportes mensuales. - Coordinar y seleccionar a los profesionales para el programa de capacitacion y actualizacion de la consejeria en ITS y VIH/ SIDA. - Reuniones de seguimiento con el equipo tecnico de la MORDAZA para planificar, programar y evaluar la estrategia. 6.4. DEL MONITOR(A) DE CEPs Son responsabilidades del monitor(a) de CEPs: - Supervisar a los CEPs en el cumplimiento de sus acciones de consejeria y de sus acciones preventiva-promocionales (charlas, GAMs, etc.). - Informar sobre la situacion de logistica y materiales para los CEPs. - Revision de las hojas de registros y documentos de los CEPs. - Elaboracion de reportes mensuales de la estrategia. - Reunirse con el Coordinador CETSS para organizar con los CEPs el programa de capacitacion y actualizacion de la consejeria en ITS y VIH/ SIDA. - Participar e informar al equipo tecnico de la MORDAZA el seguimiento de los CEPs. - Asistencia a reuniones tecnicas programadas por la Coordinacion CETSS o nivel central. - Asistencia permanente a la MORDAZA con un promedio de 40 horas semanales laborales. 6.5. DEL CONSEJERO/A DE PARES: 6.5.1. La consejeria debe ser realizada por una persona sensibilizada, capacitada y entrenada en ITS y VIH/SIDA y que reuna el perfil establecido por la MORDAZA Tecnica. Son responsabilidades del consejero(a) de pares: a. Trabajar coordinadamente con el equipo de salud donde desarrolla sus labores. b. Realizar consejeria de soporte, consejeria familiar, consejeria para GEPETS y a toda persona que tenga el diagnostico de VIH/ SIDA. c. Brindar consejeria de soporte a los pacientes que le son derivados por el(la) consejero(a) profesional, psicologo(a), enfermero(a) y/o medico del servicio. d. Rendir cuenta directa al Jefe(a) del servicio de salud donde presta atencion y/o atiende a sus pares. e. Asistir y/o prestar servicios como minimo 18 horas semanales. f. Respetar la confidencialidad del MORDAZA o consultante asi como la informacion recibida durante el MORDAZA de consejeria.

g. Coordinar, apoyar y orientar en las pruebas de laboratorio. h. Trabajar coordinadamente con el equipo multidisciplinario del CETSS, y de laboratorio. i. Llenado de la hoja de registro de atenciones de ITS y VIH/SIDA. j. Entrega de la(s) tarjeta(s) de referencia de contactos (Guia Nacional de Manejo de Casos de ITS). k. Capacitar y entrenar sobre el uso del preservativo. l. Coordinar con el servicio la distribucion de condones en la consejeria. m. Coordinar con la consejera profesional las derivaciones pertinentes (salud mental, planificacion familiar, etc.), cuando el caso lo amerite. n. Coordinara con el equipo de salud el apoyo necesario para acciones preventiva-promocionales tales como ferias, charlas, etc. o. Solicitara y comunicara a tiempo su inasistencia a fin de suspender a tiempo la atencion de pacientes y/u otras actividades. VII. DISPOSICIONES FINALES 7.1. La Direccion General de Salud de las Personas, en un plazo no mayor de 10 dias, se responsabiliza de la difusion a nivel nacional de lo establecido en la presente MORDAZA Tecnica, a las Direcciones de Salud, Institutos y Hospitales. 7.2. Los Directores Generales de las Direcciones de Salud, Institutos y Hospitales Nacionales, asi como los Directores Ejecutivos de los Hospitales de Mediana y Baja complejidad a nivel nacional, Directores de Redes y Jefes de Micro Redes en los siete (7) primeros dias de recibida la presente MORDAZA Tecnica, seran los responsables de la difusion e iniciar su aplicacion en su ambito de responsabilidad. 7.3 Los Jefes de Establecimientos de Salud, Jefes de Departamentos y/o Servicios (Institutos u Hospitales) en los siete (7) primeros dias de recibida la presente MORDAZA seran los responsables de iniciar su aplicacion en su ambito de responsabilidad. 7.4. La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion Ejecutiva de Atencion Integral de Salud, sera la responsable de monitorear, supervisar y evaluar el estricto cumplimiento de la presente MORDAZA Tecnica a nivel nacional. 00279 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1294-2003-SA/DM Mediante Oficio Nº 027-2004 SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 1294-2003-SA/DM, publicada en nuestra edicion del dia 1 de enero de 2004, en la pagina 258817. En el articulo 1º DICE: MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEBE DECIR: MORDAZA MORDAZA BARREDO 00254

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 005-2004-MTC/02 MORDAZA, 9 de enero de 2004

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