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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G33/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de enero de 2004 ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores Nº 285 Lima, 5 de setiembre del 2003A SU EXCELENCIA EMBAJADOR ALLAN WAGNER TIZONMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORESPRESENTE.- Señor Ministro,Tengo el honor en dirigirme a Vuestra Excelencia para saludarle atentamente y con referencia al Acuerdo entre elGobierno de la República Federativa de Brasil y el Gobiernode la República del Perú para la Construcción de un Puentesobre el Río Acre, en las cercanías de las Ciudades de AssisBrasil e Iñapari, firmado por Vuestra Excelencia y por el Mi-nistro de Relaciones Exteriores de Brasil el 11 de abril del2003, informo a Vuestra Excelencia que se están tomandolas debidas providencias a fin de poner a disposición del Go-bierno del Estado de Acre recursos que le permitirán asumirlos gastos de la construcción del referido puente. 2. En esas condiciones, el Gobierno brasileño considera que sería dispensable la realización de la licitación interna-cional prevista en el Acuerdo referido anteriormente. En con-secuencia, propongo, a nombre del Gobierno, la alteraciónde la redacción del Acuerdo en los siguientes términos: ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE SOBRE EL RÍO ACRE, EN LAS PROXIMIDADES DE LAS CIUDADES DE IÑAPARI Y ASSIS BRASIL El Gobierno de la República del PerúyEl Gobierno de la República Federativa del Brasil(En adelante denominados "Partes")CONSIDERANDO la prioridad atribuida en el Tratado de Amistad y Cooperación de 16 de octubre de 1979 alperfeccionamiento de los vínculos entre los dos países enlos sectores de transportes y comunicaciones; CONSIDERANDO los propósitos de impulsar el desa- rrollo de la infraestructura física y la integración transfron-teriza en América del Sur, expresados en el Comunicadode Brasilia, de 1 de septiembre de 2000; CONSIDERANDO lo dispuesto en los artículos I y II del Acuerdo sobre Interconexión Vial concluido el 26 dejunio de 1981, que determinara las localidades vecinas deIñapari, en el Perú y de Assis Brasil, en el Brasil, comopuntos prioritarios de interconexión entre los sistemas via-les de los dos países, lo cual requiere la construcción deun puente sobre el río Acre; ACUERDAN lo siguiente: ARTICULO I Las Partes se comprometen a iniciar, por intermedio de sus respectivas autoridades competentes, las acciones re-ferentes a la construcción, incluida la infraestructura com-plementaria y accesos de un puente sobre el río Acre si-tuado en las proximidades de las ciudades de Iñapari, enel Perú y Assis Brasil, en el Brasil. ARTICULO II Para los fines mencionados en el Artículo I del presente Acuer- do, las Partes crean una Comisión Mixta peruano-brasileña, enadelante denominada "Comisión Mixta", integrada por cinco (5)miembros en cada delegación, con representantes de los Minis-terios de Transportes (2) y de Relaciones Exteriores (1) de am-bos países y del gobierno regional (1) y local (1), según designa-ción que cada Parte comunicará a la Otra en el plazo de sesenta días (60) calendario, contados a partir de la fecha de entrada envigor de este Acuerdo. ARTICULO III 1.- Será competencia de la Comisión Mixta:a) Preparar la documentación necesaria para la cons- trucción del puente y para la realización de sus obras com-plementarias y accesos. b) Refrendar el proyecto ejecutivo de la obra.c) Acompañar la construcción hasta su conclusión y realizar dos inspecciones después de seis meses y un añode la inauguración. 2.- La Comisión Mixta tendrá poderes para solicitar asis- tencia técnica y toda información que considere necesariapara el cumplimiento de sus funciones. 3.- Cada Parte será responsable por los gastos corrien- tes de su representación en la Comisión Mixta. ARTICULO IV 1.- Los costos relativos a la elaboración de estudios y del proyecto ejecutivo serán cubiertos con recursos delGobierno del Estado de Acre. 2.- El Proyecto de Ingeniería referente a la construc- ción del puente, sus accesos, serán cubiertos por el Go-bierno del Estado de Acre y aprobado por el DepartamentoNacional de Infraestructura de Transportes - DNIT, órganovinculado al Ministerio de Transportes del Brasil. 3.- Los costos relativos a la construcción del puente, sus accesos y obras complementarias, serán cubiertos con recur-sos financieros del Gobierno de la República Federativa delBrasil, conjuntamente con el Gobierno del Estado de Acre. 4.- La contratación de la obra se dará por medio de licita- ción pública, coordinada por una comisión específica brasile-ña. El Gobierno peruano será invitado a designar representan-te para acompañar los trabajos de la referida comisión. 5.- Los costos referentes a las expropiaciones necesarias para la ejecución de las obras en cada territorio nacional seránde responsabilidad exclusiva del Gobierno nacional, para elcaso del Perú, y del Gobierno Federal para el caso del Brasil. ARTICULO V 1.- Las Partes se comprometen a notificarse mutua- mente el cumplimiento de las respectivas formalidades le-gales internas indispensables para la ejecución del pre-sente Acuerdo, el cual entrará en vigor a partir de la fechade recepción de la segunda notificación. 2.- Las Partes podrán, en cualquier momento, denun- ciar el presente Acuerdo por vía diplomática y con un añode antelación. ARTICULO VI Las Partes podrán en cualquier momento, de común acuerdo, realizar modificaciones al presente Acuerdo, me-diante vía diplomática. ARTICULO VII Cualquier controversia que pudiera surgir de la inter- pretación o aplicación del presente Acuerdo, será resueltapor negociación entre las Partes por vía diplomática. ARTICULO VIII El presente acuerdo reemplaza al "Acuerdo entre el Go- bierno de la República del Perú y el Gobierno de la RepúblicaFederativa del Brasil para la Construcción de un Puente sobreel Río Acre, en las Proximidades de las Ciudades de Iñapari yAssis Brasil", suscrito el 11 de abril de 2003. 3. Caso el Gobierno de la República del Perú esté de acuer- do con la redacción propuesta, a la presente Nota y a la Notade respuesta de Vuestra Excelencia, de igual teor, constituiránla modificación del Acuerdo de referencia, que entrará en vigorsegún las disposiciones que consta en su Artículo V. Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia, las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. André Amado Embajador