Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2004 (10/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 10 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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denotandose que en tales casos no constituye requisito previo la intervencion de la Contraloria General de la Republica para formalizar la denuncia penal correspondiente; Que, en general en los casos de denuncias sobre supuesto mal uso de los recursos del Estado es necesario precisar el apoyo de la Contraloria General de la Republica en la investigacion de los Fiscales Provinciales Penales y Mixtos; Que, resulta necesario impartir las instrucciones pertinentes a fin de uniformizar criterios con respecto a estos casos; Que, teniendo en cuenta la colaboracion interinstitucional para un mejor tratamiento de la problematica que asiste a nuestras instituciones en la lucha contra los actos de corrupcion en la administracion publica, el Ministerio Publico expidio la Directiva Nº 011-2002-MP-FN, de fecha 18 de MORDAZA de 2002, a fin de dar atencion prioritaria a las denuncias presentadas por la Contraloria General de la Republica y el Sistema Nacional de Control; Contando con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica, y de conformidad con las atribuciones establecidas en los Articulos 5º, 6º y 64º del Decreto Legislativo Nº 052 Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Circular Nº 001- 2004-MPFN que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los senores Fiscales Superiores Decanos de la Republica son los encargados de velar por el estricto cumplimiento de la presente resolucion, dando cuenta a este Despacho. Articulo Tercero.- Derogar la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 965-95-MP-FN de fecha 2 de octubre de 1995, que aprueba la Circular Nº 004-95-MP-FN. Articulo Cuarto.- Hagase de conocimiento al senor Contralor General de la Republica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion CIRCULAR Nº 001-2004-MP-FN Base Constitucional - Constitucion Politica del Peru, Articulo 159º inciso 1.Corresponde al Ministerio Publico Promover de oficio, o a peticion de parte la accion judicial en defensa de la legalidad y de los intereses publicos tutelados por el derecho. Base Legal - Ley Organica del Ministerio Publico, Decreto Legislativo Nº 052 Articulo 5º.- Los Fiscales actuan independientemente en el ejercicio de sus atribuciones, las que desempenaran segun su propio criterio y en la forma que estimen mas arreglada a los fines de su institucion. Siendo un cuerpo jerarquicamente organizado deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores. Articulo 6º.- Cuando fuere necesario para el eficaz ejercicio de las acciones y recursos que competen al Ministerio Publico, el Fiscal de la Nacion podra dirigirse solicitando, por escrito, a los Presidentes de las Camaras Legislativas y de la Comision Permanente del Congreso, de la Corte Suprema y de las Cortes Superiores de Justicia, a los Ministros de Estado y, en general, a los organismos publicos autonomos, personas juridicas de derecho publico interno, empresas publicas y cualesquiera otras entidades del Estado, las informaciones y documentos que fueren menester (...). 1.- El representante del Ministerio Publico promueve de oficio o a peticion de parte la accion judicial en defensa de la legalidad y los intereses publicos tutelados por el derecho, de conformidad con el Articulo 159º inciso 1 de la Constitucion Politica del Peru. 2.- Los Fiscales Provinciales Penales o Mixtos en los casos de denuncias sobre supuesto mal uso de los recursos del Estado, deben solicitar el Informe resultante de la accion de control iniciada o que se encuentre en curso en la Contraloria General de la Republica o Sistema Nacional de Control, a efecto de ser incluido en la investigacion de su competencia. 3.- En los casos en que los Fiscales Provinciales Penales o Mixtos realicen una investigacion y la Contraloria General de la Republica no MORDAZA iniciado una accion de control, canalizaran a traves del Despacho del Fiscal de la Nacion su solicitud ante el Contralor General de la Republica a fin de que disponga el apoyo tecnico en relacion con el MORDAZA materia de investigacion.

4.- Los Fiscales Superiores Decanos son los responsables de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente circular. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 00367

Nombran fiscal provisional en el Despacho de la MORDAZA .iscalia Provincial Penal de Huamanga
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 024-2004-MP-FN
MORDAZA, 9 de enero de 2004 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Provincial en el Distrito Judicial de MORDAZA en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Huamanga, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Huamanga. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 00368

Nombran magistrado provisional del Pool de .iscales de MORDAZA y lo destacan como apoyo del .iscal Superior Coordinador de las .iscalias Especializadas en Delitos de Terrorismo
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 026-2004-MP-FN
MORDAZA, 9 de enero de 2004 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pastrana, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Quinquagesima Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1730-2003-MP-FN, de fecha 10 de noviembre del 2003 y su destaque materia de la Resolucion Nº 2069-2003MP-FN, de fecha 12 de diciembre del 2003. Articulo Segundo.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pastrana, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Pool de Fiscales de MORDAZA, destacandolo como apoyo del Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalias Especializadas en Delitos de Terrorismo. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 00369

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