Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2004 (10/01/2004)


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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 00307

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de enero de 2004

capital social de Altas Cumbres Compania de Seguros de MORDAZA a INVERSIONES ALTAS CUMBRES S.A.

Dan por concluido el MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Mantaro" S.A.
RESOLUCION SBS Nº 9-2004
MORDAZA, 6 de enero de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTO: El Informe Nº 004-2003 emitido por el Departamento de Administracion de Carteras y Empresas en Liquidacion de fecha 24 de noviembre de 2003, el cual concluye que el MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Mantaro S.A. en Liquidacion, en adelante, CRAC Mantaro (L), se encuentra en condiciones de darse por culminado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 491-98 de fecha 15 de MORDAZA de 1998, se declaro en disolucion la CRAC Mantaro S.A. (L), para la liquidacion definitiva de sus bienes y negocios, cancelandose la autorizacion de su funcionamiento; Que, al inicio del MORDAZA liquidatorio el Balance General de la CRAC Mantaro (L) registraba activos por un monto que ascendia a S/. 3 668 mil (Tres millones seiscientos sesenta y ocho mil Nuevos Soles) y pasivos por un total de S/. 4 150 mil (Cuatro millones ciento cincuenta mil Nuevos Soles); en consecuencia presentaba un patrimonio negativo de S/. 482 mil (Cuatrocientos ochenta y dos mil Nuevos Soles); Que, los saldos de los depositos de ahorros no reclamados por sus titulares en la MORDAZA de Huancayo ascienden a S/. 49 558,89 (cuarenta y nueve mil quinientos cincuenta y ocho y 89/100 Nuevos Soles) y S/. 10 295,22 (Diez mil doscientos noventa y cinco y 22/100 Nuevos Soles) en la MORDAZA de Cerro de Pasco, montos que han sido consignados en el Banco de la Nacion, mediante depositos judiciales Nºs. 1999038104719 del 23 de junio de 1999 y 19990500551 del 9 de MORDAZA de 1999, respectivamente; Que, la persona juridica liquidadora de la CRAC Mantaro (L), basandose en el Informe Propuesta de Castigo Nº 77-01 del 10.8.2001, acordo mediante Acta Nº 08-2001 de fecha 31 de agosto de 2001, el castigo de las Cuentas por cobrar mas significativas que mantenia la CRAC Mantaro (L), a cargo de Servicios Agropecuarios Industriales S.A. - SAISA y Transportes Selvas Andinas SRL, por US$ 187 500,00 (Ciento ochenta y siete mil quinientos y 00/100 Dolares Americanos) y US$ 232 597,60 (Doscientos treinta y dos mil quinientos noventa y siete y 60/100 Dolares Americanos), respectivamente, en ambos casos, por la perdida y apropiacion ilicita de fertilizantes. Sustentan dicho castigo, en la medida que las empresas involucradas ya no existen y los ex directivos demandados han demostrado en el MORDAZA penal que carecen de recursos economicos o de patrimonio personal; Que, los ultimos activos con que contaba la CRAC Mantaro (L), consistentes en 85 (ochenta y cinco) prestamos y 3 (tres) inmuebles, por un valor de US$ 428 566.73 (Cuatrocientos veintiocho mil quinientos sesenta y seis y 73/100 Dolares Americanos) fueron transferidos a la EDPYME Confianza S.A., mediante un Contrato de Cesion de Derechos y Acciones con Obligacion de Hacer, celebrado por Escritura Publica de fecha 18 de marzo del 2003. Mediante dicho Contrato la CRAC Mantaro (L) cede todos sus derechos inmobiliarios y crediticios a la EDPYME Confianza, a cambio de una contraprestacion que consiste en abonar a COFIDE el 50% del producto efectivo neto de la recuperacion y/o realizacion de dichos activos, como parte de pago de la acreencia reconocida a favor de COFIDE por un importe de US$ 541 215,24 (Quinientos cuarenta y un mil doscientos quince y 24/100 Dolares Americanos), obligacion que asume la EDPYME Confianza solo hasta donde alcance el producto de la recuperacion de la cartera o la realizacion de los bienes, luego de deducido los gastos; Que, la CRAC Mantaro (L) ha cumplido con transferir el acervo documentario de todo su MORDAZA liquidatorio al Archivo Regional de MORDAZA, conforme se desprende del Acta de Transferencia de fecha 30 de MORDAZA del 2003; Que, en el Balance General al 31 de marzo del 2003, publicado el 24 de MORDAZA del 2003 en el Diario Correo de

Huancayo, la CRAC Mantaro (L) no registra activos, y las acreencias pendientes de pago, basicamente a COFIDE, ascendentes a S/ 2 375 mil (Dos millones trescientos setenta y cinco mil Nuevos Soles), se amortizara de acuerdo a los terminos del Contrato de Cesion de Derechos y Acciones con Obligacion de Hacer referidas en el considerando 5 (cinco) de la presente Resolucion. Asimismo, tambien refleja saldos en otros rubros tales como: Otros Pasivos (S/. 23 - Veintitres mil Nuevos Soles) y Provision para Contingencias (S/. 873 mil - Ochocientos setenta y tres mil Nuevos Soles), los cuales quedaran impagos por no tener activos; Que en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 114º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, corresponde a la Superintendencia dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de CRAC Mantaro (L); Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica; y, en uso de las facultades que le confiere la citada Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Mantaro" S.A. en liquidacion y en consecuencia declarar la extincion de la sociedad, disponiendo el traslado del acervo documentario al Archivo Regional de Junin. Articulo Segundo.- Dar por terminado el encargo efectuado a la Empresa MORDAZA & MORDAZA, Contadores Publicos S.C., para la representacion y administracion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Mantaro" S.A. en Liquidacion, dejando sin efecto la resolucion SBS Nº 825-98 de fecha 28 de agosto de 1998, debiendo la mencionada empresa realizar los tramites pertinentes ante los Registros Publicos a fin de inscribir la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 00312

UNIVERSIDADES
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA 2003
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MORDAZA RESOLUCION Nº 619-2003-UNALM La MORDAZA, 1 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 224-2002-UNALM de fecha 8 de MORDAZA de 2002, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2002 de la Universidad Nacional Agraria La Molina; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º numerales 38.1 y 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Art. 36º inciso a) del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, el MORDAZA de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA (UNALM) 2002, ha sufrido modificaciones durante su vigencia anual; Que, la Oficina Administrativa de Planificacion ha realizado las modificaciones pertinentes a los procedimientos del MORDAZA 2002 de la UNALM, el cual se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos legales y vigentes de la UNALM, proponiendo para su aprobacion y publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Por estas consideraciones y estando a las atribuciones conferidas al senor Rector; SE RESUELVE: 1.- Aprobar y publicar en el Diario Oficial El Peruano las modificaciones al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA (UNALM) 2003, cuyas modificaciones constan en el anexo que forma parte de la presente Resolucion. 2.- Establecer, que es de cumplimiento obligatorio por parte de las Unidades Organicas y dependencias respectivas de la Universidad, lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA B. Rector

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