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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G34/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de enero de 2004 en el primer trimestre de gestión, al amparo de la Ley Nº 27972, corresponde fijar el monto de las remuneraciones apercibir por parte del señor Alcalde, tal como lo estableceel artículo 21º de la Ley Nº 27972; Que, de acuerdo al artículo 21º de la Ley Nº 27972, publicada el 27 de mayo del 2003, la remuneración del se-ñor Alcalde deberá de aprobarse por Acuerdo de Concejo; Que, de acuerdo a ley, se establece en su Art. 21º que será en el primer trimestre del año que se fije las remune-raciones mensuales a percibir el señor Alcalde, teniéndo-se en cuenta, que en mayo del 2003 entró en vigencia laley, siendo el primer trimestre de vigencia de la misma,corresponde al año 2004; por lo que entre los meses deenero y marzo; Que, las remuneraciones a fijarse deberá establecer- se discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capa-cidad económica del gobierno local, previas las constata-ciones presupuestales del caso; Que, tal como se colige del Informe Técnico Nº 01-2003- MDLP- DM-PPR, de fecha 7 de enero del 2003, la Jefa dePlanificación y Presupuesto informó sobre la disponibili-dad económica de los recursos financieros para cubrir elmonto mensual como remuneración del señor Alcalde afijarse; Que, estando a lo contenido en Informe Legal Nº 25- 2003-MDLP/ MVG, de fecha 30 de diciembre del 2003, laJefatura de Asesoria Legal, indica que de acuerdo a Leycorresponde fijarse en este primer trimestre de cada añola remuneración del señor alcalde de acuerdo a las provi-siones presupuéstales tal como se establece en el Informetécnico del área respectiva; Que, con la abstención del señor Alcalde y por mayoría se tomó el siguiente: ACUERDO:Artículo Único.- Fijar como remuneración mensual para que perciba el señor Alcalde Distrital de La Punta igual3.75 de la UIT. Artículo Segundo.- En a la Secretaria General la pu- blicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi-cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 00487 /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D /G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 02/04 La Punta, 9 de enero del 2004VISTOS:Que, en sesión de Concejo celebrada el 8 de enero del 2004, bajo la presidencia del señor Alcalde y con quórumreglamentario; y, CONSIDERANDO: Que, en el mes de mayo del año 2003 entro en vigencia la Ley Orgánica de Municipalidades, la cual establece queen el primer trimestre de gestión, al amparo de la Ley Nº27972, corresponde fijar el monto de las dietas a percibirpor parte de los señores Regidores, las cuales no podránser modificadas, hasta el fin del mandato, vale decir al año2006, tal como lo establece el artículo 12º de la Ley Nº 27972; Que, de acuerdo al artículo 12º de la Ley Nº 27972, pu- blicada el 27 de mayo del 2003, las dietas de los señoresregidores deberá de aprobarse por Acuerdo de Concejo; Que, de acuerdo a ley, se establece en su Art. 12º que será en el primer trimestre de gestión que se fijen las die-tas a percibir POR ASISTENCIA A Sesiones de Concejopor parte de los señores Regidores, teniéndose en cuenta,que en mayo del 2003 entró en vigencia la ley, siendo elprimer trimestre de vigencia de la misma, corresponde alaño 2004; por lo que entre los meses de enero y marzo delpresente año se deberán fijar por única vez los montos dedichas remuneraciones;Estas dietas deberán ser fijadas discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobier-no local, previas las constataciones presupuéstales del caso; Que, visto el Informe Técnico Nº 01-2003-MDLP-DM- PPR, de fecha 7 de enero del 2003, la Jefa de Planificacióny Presupuesto informó sobre la disponibilidad económicade los recursos financieros para cubrir los montos a fijarse; Que, con lo expuesto en el Informe Legal Nº 25-2003- MDLP/ MVG, de fecha 30 de diciembre del 2003, la Jefaturade Asesoría Legal, indica que de acuerdo a Ley correspon-de fijarse en este primer trimestre del año 2004 por únicavez y por toda la gestión, las dietas de los señores regido-res de acuerdo a las provisiones presupuéstales tal comose establece en el Informe técnico del área respectiva; Con, la abstención en la votación del señor Alcalde por mayoría; y, De conformidad con el artículo 12º, de la Ley Nº 27972; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Fijar partir del 1 de enero del 2004, la Dieta de los señores Regidores del distrito de La Puntaen el 0.50 % de la UIT por Sesión, precisándose que es porasistencia real a las Sesiones de Concejo, las mismas queno excederán de cuatro Sesiones mensuales rentadas. Artículo Segundo.- Encárguese al señor Secretario General la publicación del presente acuerdo en el DiarioOficial El Peruano. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Ad- ministración y Finanzas el fiel cumplimiento de la presenteResolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 00488 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 021-MPO Oyón, 22 de diciembre del 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYÓN POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión de Concejo de la fecha aprobó la siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú modificada en su Art. 194º por la Ley Nº 27680 - “Ley de Reforma Constitucionialsobre Descentralización”, reconoce a las Municipalidades comolos órganos de Gobierno Local con autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 26º de la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, las Muni-cipalidades se rigen por los principios de legalidad, econo-mía, transparencia, simplicidad, eficacia, participación y se-guridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley Nº 27444; Que, la Ley Nº 27444 - “Ley del Procedimiento Adminis- trativo General”, regula las actuaciones de la función admi-nistrativa del Estado, estableciendo el procedimiento para laelaboración, contenido, aprobación, actualización y publica-ción del Texto Único de Procedimientos Admnistrativos - TUPA; Que, el numeral 3 del Art. 38º de la citada Ley Nº 27444, establece que el TUPA es publicado en el Diario Oficial ElPeruano, cuando se trata de Entidades con alcance nacio-nal, o en el Diario encargado de los avisos judiciales en lacapital de la región o provincia, tratándose de Entidadescon menor alcance; Que, en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 27444, se ha adecuado y actualizado el Texto Único deProcedimientos Administrativos - TUPA de la Municipali-