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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G34/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de enero de 2004 Artículo Segundo.- En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, los infractores serán pa-sibles a las sanciones y multas correspondientes; Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Secretaría de Comunicaciones, Jefatura de Parti- cipación Ciudadana y Jefatura de Fiscalización Municipal; Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 00391 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G34/G30/G2D/G4D/G44/G53/G4D/G50 /G2C /G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G20/G76/G65/G2D/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72 ORDENANZA Nº 081-MDSMP San Martín de Porres, 8 de enero de 2004 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de ene- ro 2004, y el Informe Nº 003-2003-GATR-MDSMP, de la Geren-cia de Administración Tributaria y Rentas, sobre la modificaciónel Art. 14º de la Ordenanza Nº 040-MDSMP, de la zonas deParqueo Vehicular, considerando los parámetros Técnicos dela Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipali-dad Metropolitana de Lima, de conformidad con los Artículos 9ºy 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades; los Gobiernos locales gozan de autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, dentro de los límites establecidos por ley; Que, conforme a lo establecido en el numeral 9) del Artícu- lo 9º de la Ley Nº 27972 - LOM, corresponde al Concejo Muni-cipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones,tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a la ley; Que, habiéndose aprobado la Ordenanza Nº 40-MDSMP, el 3 de marzo del 2003, que regula la Tasa, Aspectos Técni-cos y Administrativos del Parqueo Vehicular, el mismo quefue publicado el 21 marzo del año 2003 en el Diario Oficial elPeruano, y teniendo en consideración como criterio técni-cos: la necesidad de servicios, sección vial, Volumen Vehi-cular, Interferencia Vial, Clasificación Vial y uso de suelo,dela evaluación técnica de Dirección Municipal de TransporteUrbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima; se de-terminó sólo 17 vías que reúnen las condiciones técnicas y,de acuerdo a la autonomía política, económica y adminis-trativa que goza la municipalidad, la actual gestión ha vistopor conveniente modificar el Artículo 14º de la OrdenanzaNº 040-MDSMP, de la zonas de Parqueo Vehicular; Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca, mediante Informe Nº 14-GAJ/MDSMP, en uso de las facul-tades conferidas por el Artículo 9º y Artículo 40º de la LeyNº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y norma IV delD.S. Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributa-rio, el Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 14º de la Ordenanza Nº 040-MDSMP, de la zonas de Parqueo Vehicular, en lostérminos siguientes: VÍAS CU ADRAS LADO PAR LADO IMPAR Av. Eduardo de Habich 1 Par alelo - Av. Eduardo de Habich 2 Par alelo Perpendicular Av. Eduardo de Habich 3 Par alelo Paralelo Av. Miguel Grau 1 - D iagonal Av. Manuel Quimper 1 D iagonal -VÍAS CU ADRAS LADO PAR LADO IMPAR Av. Justo Pastor B. 3 - D iagonal Av. Alfredo Mendiola 6 a 8 - Par alelo Av. Alfredo Mendiola 9 Par alelo Paralelo Av. Alfredo Mendiola 10 Par alelo - Av. Alfredo Mendiola 11 Par alelo - Av. Javier De Luna P. 2 - Per pendicular Av. Fray Bartolomé C. 1 y 2 Par alelo Paralelo Calle Puerto Rico 1 y 3 Par alelo Paralelo Calle Puerto Rico 4 y 6 Par alelo Paralelo Centro Comercial Fiori Perímetro Per pendicular Perpendicular Calle Fonia 3 - Per pendicular Av. Miguel Angel 5 - Per pendicular Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finan-zas, y Gerencia de Imagen Institucional el cumplimiento, ladifusión y publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 00489 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73 ORDENANZA Nº 082-MDSMP San Martín de Porres, 8 de enero de 2004 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 8 de enero de 2004; y el Informe Nº 120-2003-GATy R-MDSMP, de la Gerencia de Administración Tributaria y Ren-tas y el Informe Legal Nº 1258-2003-GAJ/MDSMP, de laGerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el Artículo II del TituloPreliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida-des; los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en los numerales 8 y 9 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - LOM, corresponde alConcejo Municipal; aprobar modificar o derogar las Orde-nanzas y dejar sin efectos los acuerdos; así como crear,modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, determina que las ordenanzas municipales son nor-mas de carácter general de mayor jerarquía en la estructu-ra normativa municipal, por medio de las cuales se crean,modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licen-cias, derechos, y contribuciones, dentro de los limites es-tablecidos por ley; Que, la potestad tributaria municipal se desarrolla a su vez en la Norma IV del Título Preliminar del Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario aprobado por el D.S. Nº135-99-EF, y en el Artículo 60º de la Ley de TributaciónMunicipal Decreto Legislativo Nº 776, conforme a lo esta-blecido por el numeral 4) del Artículo 195º y por Artículo74º de la Constitución Política del Perú; Que, es política de la actual Gestión Municipal brindar a los contribuyentes las facilidades para el cumplimiento desus obligaciones tributarias respecto a los arbitrios del año2004, y teniendo en consideración la situación económicaactual, es conveniente continuar con el marco legal del Ré-gimen Tributario de Limpieza Pública, Parques y JardinesPúblicos establecido con la Ordenanza Nº 02-2001-MDSMP,de fecha 15 de enero de 2001 publicado en el Diario OficialEl Peruano el 3 de febrero 2001; y sus Modificatorias apro-