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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2004 (23/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G33/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de enero de 2004 /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65 /G74/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 678-2003-MEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2003 VISTA: La solicitud de imposición de la servidumbre de sistema de telecomunicaciones para la estación repetido-ra Cerro La Virgen, presentada por Luz del Sur S.A.A., per-sona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la PartidaN° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de Lima; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Su-prema N° 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996,ha solicitado la imposición de la servidumbre de siste- ma de telecomunicaciones para la estación repetidora Cerro La Virgen, ubicada en el distrito de San Antonio,provincia de Cañete, departamento de Lima, según lascoordenadas UTM que figuran en el Expediente N°41145403; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109° de la Ley de Concesiones Eléctricas, los con- cesionarios están facultados a utilizar a título gratuito elsuelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazasy demás bienes de propiedad del Estado o municipal, asícomo para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléc-tricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 109° y siguientes del Decreto Ley N° 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aproba-do por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado que la peticionaria ha cumplido con los re- quisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 329-2003-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de sistema detelecomunicaciones para la estación repetidora Cerro LaVirgen, ubicada en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, de acuerdo a la documen- tación técnica y los planos proporcionados por la empre-sa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Descripción de la Área de Pr opie- Tipo de Exp. servidumbre ser vi- tario terreno dumbre 41145403 Estación repetidora Suelo: Estado Eriazo Cerro La Virgen. 240,00 m2 Ubicación: distrito de San y aires Antonio, provincia de Cañete,departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 605 098,1760 317 765,3600 B 8 605 087,5760 317 782,3200 C 8 605 077,3947 317 775,9684 D 8 605 077,3947 317 775,9684 Artículo 2°.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la ser-vidumbre constituida.Artículo 3°.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las me- didas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufradaño ni perjuicio por causa de la imposición, quedandosujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de in-cumplimiento. Artículo 4°.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser- vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 00810 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 679-2003-MEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2003 VISTA: La solicitud de imposición de la servidumbre de ocupación y de tránsito de bienes públicos, indis- pensable para la instalación de la subestación conven- cional del tipo superficie de distribución para ServicioPúblico de Electricidad N° 1040, presentada por Luzdel Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro dePersonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Su- prema N° 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de la servidumbre de ocupa-ción y de tránsito de bienes públicos, indispensable parala instalación de la subestación convencional del tipo su-perficie de distribución para Servicio Público de Electri-cidad N° 1040, ubicada en la Calle B (Separadora) S/N, Conjunto Habitacional San Gabino, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, según lascoordenadas UTM que figuran en el Expediente N°31130602; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109° de la Ley de Concesiones Eléctricas, los con- cesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazasy demás bienes de propiedad del Estado o municipal, asícomo para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléc-tricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 109° y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aproba-do por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado que la peticionaria ha cumplido con los re-quisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 320-2003-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación yde tránsito de bienes públicos para la instalación de lasubestación convencional del tipo superficie de distribu-ción para Servicio Público de Electricidad N° 1040, ubica- da en la Calle B (Separadora) S/N, Conjunto Habitacional San Gabino, distrito de Santiago de Surco, provincia y de-partamento de Lima, de acuerdo a la documentación técni-ca y los planos proporcionados por la empresa, conformeal siguiente cuadro: