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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2004 (24/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de enero de 2004 TÍTULO III DE LOS ÓRGANOS DE EJECUCIÓN CAPÍTULO I SECRETARÍA TÉCNICA Artículo 7º.- OFICINA A CARGO Y FUNCIONES Por la presente Ordenanza créase una Secretaría Téc- nica, la cual estará a cargo de la Oficina de Rentas,secretaría que tendrá las siguientes funciones: 1. Verificar los requisitos de admisibilidad de la soli- citud o de su reformulación. 2. Notificar a los deudores a fin de que subsane la solicitud o la reformulación por la omisión de los requisi-tos. 3. Adjuntar todos los informes necesarios para la eva- luación de la solicitud. 4. Redactar el Acta de Sesión de la Comisión Téc- nica de Funcionarios, la cual será remitida conjunta-mente con el expediente al Presidente de la ComisiónTécnica. 5. Convocar a la Comisión Técnica a sesión extraor- dinaria. 6. Elaborar la agenda de las sesiones ordinarias a llevarse a cabo. 7. Proyectar las Resoluciones de Alcaldía.8. Las demás que se le asigne. CAPÍTULO II COMISIÓN TÉCNICA DE EVALUACIÓN Artículo 8º.- CREACIÓN Y CONFORMACIÓN Créase la Comisión Técnica de Funcionarios, la cual estará conformada por: 1. El Director Municipal, quien la presidirá. 2. El Director de la Oficina de Administración3. El Director de la Oficina de Rentas, quien asume el cargo de Secretaría Técnica. 4. El Director de Infraestructura y Desarrollo Urba- no. Artículo 9º.- FUNCIONES Son funciones de la Comisión Técnica de Evalua- ción, las siguientes: 1. Aprobar o no la solicitud del deudor. 2. Solicitar informes adicionales, que se necesite para la correcta aprobación de la solicitud. 3. Citar a las sesiones, a Directores y/o Jefes si el caso propuesto para canje de deuda, así lo requiera. Artículo 10º.- DE LAS SESIONES La Comisión Técnica de Evaluación, podrá sesionar bajo los siguientes modalidades: 1. Sesión Ordinaria, será convocada por el Presiden- te de la Comisión cada tercer lunes de mes. 2. Sesión Extraordinaria, será convocada por la Se- cretaría Técnica, tomando en consideración: 2.1El número de expedientes pendientes de aproba- ción. 2.2La cuantía del canje de deuda.Solamente se podrá convocar a una sesión extraor- dinaria entre la realización de dos sesiones ordinarias. Para dar por iniciada la Sesión, deberán asistir por lo menos tres (3) de la totalidad de miembros de la Comi-sión Técnica de Evaluación, caso contrario el Presiden-te realizará una segunda convocatoria dentro de los dosdías siguientes. Si aun así no se cumpliese con iniciar laSesión, se trasladará su revisión para la siguiente Se-sión Ordinaria. Artículo 11º.- DE LA ADOPCIÓN DE ACUERDOS Para acordar la procedencia de la solicitud deberá de contarse por lo menos con el voto conforme de tres (3)miembros, debiendo de sustentarse el voto disconforme,el cual deberá constar en el acta correspondiente.Los votos deberán sustentarse en criterios de mora- lidad, imparcialidad, eficiencia, transparencia, econo-mía y trato justo. Asimismo, en dichos criterios , deberátenerse presente que los bienes y/o servicios a can-jearse deberán satisfacer las necesidades específicasde las áreas usuarias de la Municipalidad, aún cuando no se encontraran dentro del plan de adquisiciones, por cuanto dichos canjes deberán servir como instrumentoprincipal para satisfacer el pago de las deudas. Todo miembro de la Comisión presente en la sesión deberá emitir un voto, ya sea a favor de la procedencia ono de la solicitud. En caso de empate en los votos, el Presidente de la Comisión Técnica de Evaluación tendrá voto dirimente. CAPÍTULO III DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE EVALUACIÓN Artículo 12º.- FUNCIONES Son funciones del Presidente de la Comisión Técni- ca de Evaluación las siguientes: 1. Presidir las sesiones de la Comisión Técnica de Evaluación. 2. Elevar a la Alcaldía, la solicitud de canje de deu- da propuesta, sus antecedentes y el acuerdo tomado porla citada Comisión Técnica conjuntamente con el pro-yecto de Resolución. 3. Derivar a la Secretaría Técnica la Resolución de Alcaldía expedida en forma conjunta con sus anteceden- tes, para su correspondiente notificación de la indicadaResolución al deudor. CAPÍTULO IV DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Artículo 13º.- DE LA RESOLUCIÓN La Resolución de Alcaldía pone fin al trámite, la que deberá contener la siguiente información: 1. Identificación del deudor. 2. Monto aprobado del canje de deuda. 3. Indicación de la deuda a ser canjeada. Si realiza- da la imputación, el deudor mantuviera un crédito a fa-vor, el canje se efectuará de conformidad con el artículo31º del Código Tributario. 4. El Procedimiento a seguirse para la recepción del bien o de la ejecución del servicio. 5. Plazos máximos para la entrega del bien o la rea- lización de la prestación del servicio. TÍTULO IV DE LA PÉRDIDA Artículo 14º.- CAUSALE S Son causales de pérdida al régimen establecido por la presente ordenanza, en los siguientes supuestos: 1. No entregar los bienes o prestar los servicios den- tro del plazo que otorga la Resolución de la Alcaldía que declara procedente el canje. Con excepción del caso que habiéndose perdido el bien sin culpa del deudor, pueda ser reemplazado porotro de iguales o mejores características en un períodoigual al señalado en la Resolución de Alcaldía. 2. Que los bienes entregados o servicios prestados, no cumplan con las características o cualidades, respec-tivamente, de las señaladas en la solicitud. 3. Por la pérdida de bienes ciertos por culpa del deu- dor. Artículo 15º.- EFECTOS DE LA PÉRDIDA Los efectos de la pérdida del régimen de extinción establecido por la presente Ordenanza, en razón de lascausales señaladas en el artículo que precede, serán: 1. No podrá volver a solicitar nuevo canje de deuda. 2. Se proseguirá con la cobranza de las deudas que tuviese el deudor, siendo ésta actualizada conforme alos intereses generados desde la fecha de vencimientode la obligación hasta la fecha de su efectivo pago.