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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2004 (25/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de enero de 2004 beneficiarias conforme a lo establecido en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Mi-nería. Artículo 2º.- La delegación entrará en vigencia a partir de la publicación de la presente Resolución y concluirá conla asignación de los montos recaudados durante el mes de diciembre del año 2004. Artículo 3º.- Durante el plazo de vigencia de la delega- ción, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Mi-nero dará cuenta mensualmente a la Dirección General deMinería respecto de los montos totales recaudados y laasignación realizada. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA CHAPPUIS C. Directora General de Minería 01431 INTERIOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20/G4C/G6F/G73/G20/G4D/G6F/G72/G6F/G63/G68/G75/G2D /G63/G6F/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6E/G67/G61/G6C/G6C/G6F (Se publica la presente resolución a solicitud del Ministerio del Interior, mediante Oficio Nº 0902-2003-IN/0604, recibi-do el 21 de enero de 2004) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0488-2003-IN/PNP Lima, 4 de abril del 2003 VISTO, el expediente administrativo, relacionado con la situación del terreno de mil veinticuatro metros cuadrados(1,024.00 m2), de propiedad del Estado - Policía Nacionaldel Perú, ubicado en la Plaza de Armas del distrito de LosMorochucos, provincia Cangallo, departamento Ayacucho; donde ilegalmente el Alcalde de la Municipalidad del lugarviene construyendo un Centro Cívico; CONSIDERANDO:Que, el terreno de 1,024.00 m2, ubicado en la Plaza de Armas del distrito Los Morochucos, provincia Cangallo, de-partamento Ayacucho es propiedad del Estado - PolicíaNacional del Perú, según donación otorgada por los seño-res Celso Roca Alarcón, Fernando Berrocal Germendi yotros, mediante Escritura Nº 45 de 23 de mayo de 1953 de la Notaría Aparicio Medina Ayala e, inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de Ayacucho en el Asiento 1,Partida LXXII, Fojas 433, Tomo 45, anotado en el MargesíFísico de Bienes Inmuebles de la Policía Nacional con elCódigo DIVIN - 10551-1-AYA; Que, el Alcalde de la Municipalidad Distrital Los Moro- chucos en forma ilegítima tomó posesión del terreno e ini- ció la construcción de un Centro Cívico, pese a tener co-nocimiento que esta propiedad no le pertenecía siendonotificado en ese sentido y expresamente por la JefaturaProvincial PNP Cangallo con Oficio Nº 198-02-IX-RPNP-SRA/JP-C de 13 de setiembre del 2002 sobre tal situación; a pesar de lo cual la autoridad edilicia continúa a la fecha con dichas obras; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, la defensa de los intere-ses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicosy conforme al Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537 modifica- do por el Decreto Ley Nº 17667 que prescribe que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, seránecesario la expedición de la respectiva Resolución Minis-terial Autoritativa; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica de la DIRLOG-PNP, en el Dictamen Nº 03-2003-DIRLOG-PNP/ OAJ de 16 de enero de 2003; Lo propuesto por el General Director de Logística de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán teneren cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU