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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2004 (25/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de enero de 2004 Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que en nombre yrepresentación del Estado interponga las acciones legalespertinentes contra Antonio MAQUILÓN DE LA FUENTECHÁVEZ, Gerente General del Grifo “ANTONIO MAQUI-LÓN” por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público indicado, los antecedentes del caso para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 06833 MIMDES /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20 /G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20 /G64/G65/G20 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G72/G20 /G61 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047-2004-MIMDES Lima, 23 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 25307 "Declaran de prioritario interés nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comi-tés de Vaso de Leche, Comedores Populares Auto- gestionarios, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Cen- tros Materno Infantiles y demás organizaciones socialesde base, en lo referido al servicio de apoyo alimentario quebrindan a las familias de menores recursos", dispuso queel Programa de Apoyo a la Labor Alimentaria de las Orga-nizaciones Sociales de Base estaría a cargo de un Comité de Gestión, el cual de acuerdo a lo dispuesto por el Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM,está conformado por tres representantes de las organiza-ciones sociales de base locales beneficiarias del Progra-ma, dos representantes del Sector Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano, hoy Sector Mujer y Desarrollo Social, y un representante del Gobierno Local; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2003-MIMDES mediante el cual se aprueba la "Transferencia de los Fon-dos, Proyectos y Programas Sociales a cargo del Progra-ma Nacional de Asistencia Alimentaria, Fondo Nacional deCompensación y Desarrollo Social, Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural, y el ex Organismo para la Reconstrucción y Desarrollo del Sur, en el marco deDecreto Supremo Nº 036-2003-PCM", en el artículo 4º dis-pone que los Alcaldes y Alcaldesas provinciales deberáninstalar en un plazo no mayor de treinta (30) días calenda-rio el Comité de Gestión vinculado a los Programas Ali- mentarios de acuerdo a la normatividad vigente; Que, en concordancia con el dispositivo antes mencio- nado, se suscribieron los Convenios de Gestión entre elMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social y las Munici-palidades Provinciales para la ejecución de los Programasde Alimentación Transferidos, habiéndose acordado en la cláusula cuarta el constituir los Comités de Gestión vincu- lados a los Programas Alimentarios en el plazo de treinta(30) días calendario a la firma del mismo; Que, la Directiva Nº 029-2003-MIMDES "Gestión de los Programas de Complementación Alimentaria para los Go-biernos Regionales y Locales Acreditados en el Año 2003" aprobada por Resolución Ministerial Nº 699-2003-MIMDES, precisa las funciones que deben ejecutar los Comités deGestión Local en las fases de programación, almacena-miento, distribución, seguimiento y monitoreo;Que, atendiendo a los principios de celeridad y razona- bilidad y, a fin de desconcentrar la atribución de la Titulardel Sector de designar a los representantes del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social ante los Comités de Ges-tión Local a ser conformados en las Municipalidades Pro-vinciales calificadas por el Consejo Nacional de Descen- tralización - CND, es necesario delegar en los Gerentes Locales de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacionalde Asistencia Alimentaria - PRONAA del MIMDES, o en sudefecto en los Administradores o en quien les siga en je-rarquía de dichas Gerencias, la facultad de designar a losrepresentantes del Ministerio ante los Comités de Gestión Local de los Programas de Complementación Alimentaria; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 25307, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social; el Reglamentode la Ley Nº 25307, aprobado por Decreto Supremo Nº041-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, apro- bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modifi-cado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en los Gerentes Locales de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de AsistenciaAlimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social, o en su defecto en los Administradores o enquien les siga en jerarquía de dichas Gerencias, la facultadde designar a los representantes del MIMDES ante los Comités de Gestión Local de los Programas de Comple- mentación Alimentaria. Artículo 2º.- Los representantes del MIMDES ante los Comités de Gestión Local de los Programas de Comple-mentación Alimentaria serán responsables de ejecutar lasfunciones establecidas por la normatividad vigente y por cualquier otra que las modifique. Artículo 3.- Aprobar los criterios para la designación de sus representantes ante los Comités de Gestión Local,que en anexo forman parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 01439 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G6D/G65/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G31/G36/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G32/G2D /G33/G39/G30/G31/G2D/G4F/G47/G41/G49/G2F/G4D/G49/G4D/G44/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2004-MIMDES Lima, 23 de enero de 2004 Vistos, el Oficio Nº 722-2003-MIMDES/OGAI, de fecha 5 de diciembre de 2003, del Jefe de la Oficina General deAuditoría Interna del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Especial Nº 16-2003-2-3901-OGAI/MIMDES "Parti-cipación irregular de postulante a concurso de selección para cubrir plaza de Jefe de la Oficina de Sistemas de Información del INABIF, presentando declaración falsa de contar con título profe-sional", se determina presunta responsabilidad penal por partede las personas indicadas en dicho informe; Que, el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el carácter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº057- 2004-MIMDES/DGAJ;