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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de enero de 2004 cha 21.11.1995, que aprobó la Directiva para la promoción de ascenso del personal docente de la Universidad Nacio-nal de Ucayali, en el Art. 12º Inc. b) establecía como requi-sito para el ascenso del personal docente de profesor aso-ciado a profesor principal debe contar con el grado acadé-mico de maestro o Doctor, adicional al título profesional correspondiente, sin embargo en la Disposición Transitoria Art. 23º del texto antes citado, se exceptuó por única vez,los alcances del citado artículo, pudiendo concursar losdocentes que hayan concluido sus estudios de maestría odoctorado con la sola presentación del certificado de estu-dio y/o constancia respectiva, otorgándoles de esta mane- ra como plazo máximo para obtener dicho grado el 31 de diciembre de 1996 y 1997 respectivamente; Que, mediante Resolución Nº 371-95-CTO-UNU, de fecha 21.11.1995, se designa el jurado calificador, quienesen mérito de las directivas impartidas emiten el resultadodel concurso con fecha 31.12 de 1996, siendo ésta apro- bada en sesión de consejo universitario de fecha 9 de ene- ro de 1996, conforme consta del Acta Nº 016-96-COT-UNU,lo cual da lugar que mediante Resolución Nº 028-96-CTO-UNU, de fecha 10.1.1996, se procedió ascender a los 16docentes página 07 del informe de Contraloría General dela República de la categoría de asociados a la categoría de principales; Que, mediante Resolución Nº 183-96-COT-UNU, de fe- cha 6.3.1996, la COT, complementa los alcances de laResolución Nº 028-96-CTO-UNU, de fecha 10.1.1996, quelos (16) docentes fueron ascendidos excepcionalmente ala categoría de principales, en mérito de su reconocida la- bor de investigación científica y contar con más de 10 años de ejercicio como profesor, requisito establecido en el Art.48º Inc. a) de la ley Nº 23733; Que, por acuerdo del Consejo Universitario de fecha 10.7.1998, por cuestiones de carácter humanitario se acor-dó conceder un plazo adicional a los docentes que vence- ría el 30.11.1999, para lo cual se formalizó con la Resolu- ción Nº 446-98-CU-UNU, de fecha 24.6.1998; Que, realizados sus descargos los involucrados ante la Contraloría General de la República, frente a los hallaz-gos, éstos no supieron desvirtuar tales imputaciones, locual dio lugar a que la Contraloría General de la República considere que los cargos quedan corroboradas y subsis- tan, por haber incumplido con lo establecido en el Art. 21ºIncs. a) y b) Art. 28º Inc. a) del Dec. Leg. Nº 276 Art. 184ºInc. c) del estatuto de la UNU; los señores, PEDRO VAS-QUEZ PEREZ, DELIA PEREA TORRES, JULIO AGUS-TIN OLIVA PORRO, Miembros, por tanto es necesario se instaure proceso administrativo disciplinario; Que, en el caso del docentes ex Rector, VICTOR MA- NUEL CHAVEZ VASQUEZ, HECTOR VELASQUEZ CO-LLADO, ex Vicerrector Académico, CARLOS FACHIN MA-TTOS, RAÚL GARCIA CAVALIE, JOSÉ LEIVA URBINA,ISABEL ESTEBAN ROBLADILLO, VICTOR TRIGOSO RODRIGUEZ y VICTOR MANUEL DELLEPIANE ZEVA- LLOS, Miembros del Consejo Universitario, todos ellos porhaber otorgado el plazo adicional a los docentes irregular-mente ascendidos, para presentar su grado académico demagíster mediante acuerdo de consejo universitario de fe-cha 10.7.1998 y por las consideraciones antes expuestas y en mérito a lo establecido en el Art. 4º Incs. a) y b) del reglamento del Tribunal de Honor de la UNU, existiendoindicios razonables de la comisión de faltas de carácteradministrativo, se debe aperturar proceso administrativodisciplinario por haber infringido las normas administrativas,Art. 21º Incs. a) y b) Art. 28º incisos a), b), del Dec. Leg. Nº 276; Estando a las atribuciones conferidas mediante Resolu- ción Nº 11/2003-CET-UNU del 25 de abril del 2003 y Reso-lución Nº 002-2003-AU-UNU del 28 de abril del 2003, Re-solución Nº 034-2003-CU-UNU del 14 de mayo del 2003,Art. 2º; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ABRIR Proceso Administrativo Discipli- nario a las siguientes personas, PEDRO VÁSQUEZ PÉ-REZ, Presidente de la Comisión Organizadora Transitoria, DELIA PEREA TORRES, JULIO AGUSTÍN OLIVA PORRO, Miembros de la Comisión Organizadora Transitoria, ex Rec-tor VÍCTOR MANUEL CHÁ VEZ VASQUEZ, ex Vicerrector Académico, HECTOR VELASQUEZ COLLADO, Miembrosdel Consejo Universitario, CARLOS FACHIN MATTOS, RAÚL GARCIA CAVALIE, JOSÉ LEIVA URBINA, ISABELESTEBAN ROBLADILLO, VICTOR TRIGOSO RODRÍ-GUEZ y VÍCTOR MANUEL DELLEPIANE ZEVALLOS, porlas consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo 2º.- CONCEDER el plazo de cinco (5) días para que los procesados pudieran efectuar su Derecho de Defensa y descargo conforme al Art. 169º D.S. 005-90-PCM. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General de la UNU, se encargue de la distribución y notifi-cación de la presente resolución a los interesados y las áreas respectivas, así como a su file personal, sin perjui- cio, en caso de no ser ubicados los procesados se publi-que en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de ley. Regístrese, comuníquese y archívese.DAVID LLUNCOR MENDOZA M.SC. Rector 01491 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G73 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6F/G66/G65/G72/G74/G61/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G76/G65/G6E/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 005-2004-EF/94.11 Lima, 19 de enero de 2004 VISTOS: El expediente Nº 2003/30364 y el Informe Nº 0021-2004- EF/94.45 de fecha 19 de enero de 2004 de la Gerencia deMercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 65º y 67º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado porDecreto Supremo Nº 093-2002-EF, constituye oferta pública deventa aquella que efectúan una o más personas naturales o ju- rídicas con el objeto de transferir al público o a un segmento de éste valores previamente emitidos y adquiridos, para lo cual re-sultan de aplicación, en lo que sea aplicable, las normas queregulan la oferta pública primaria; Que, mediante Junta General de Accionistas de GENE- RANDES S.A. de fecha 20 de noviembre de 2003, se apro- bó la participación de la sociedad en los trámites para el registro de los prospectos informativos que sean elabora-dos por SOUTHERN CONE POWER PERÚ S.A. y/u otrosaccionistas para la oferta pública de venta de acciones dela clase B emitidas por GENERANDES S.A., sea a travésdel procedimiento regular o de un trámite anticipado, así como la suscripción de dichos prospectos informativos, asumiendo únicamente responsabilidad con relación a lainformación sobre la sociedad y sobre el valor que seráofertado. Asimismo, se delegó en los señores José GrisoGinés, Milagros Noriega Cerna, Joanna Zegarra Pellanney Roberto Cornejo Spickernagel para que dos cualesquie- ra de ellos formalicen y ejecuten los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 003-2004-EF/94.45 se inscribieron las acciones comunes clase B emitidas por GE-NERANDES S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, SOUTHERN CONE POWER PERÚ S.A., conjun- tamente con GENERANDES S.A., ha solicitado a CONASEV la aprobación del trámite anticipado y el registro del prospec-