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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2004 (25/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de enero de 2004 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G79/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G65/G73/G20/G75/G6E/G61/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 027-2003/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política delPerú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitu-cional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentraliza-ción - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demásNormas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el inciso 1) del Artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, estable-ce que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobierno Regionales, establece que los GobiernosRegionales emanan de la voluntad popular. Son personasjurídicas de derecho público, con autonomía política, eco-nómica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y finan- ciera un Pliego Presupuestal; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 327-2003/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR de fecha 22 de abrildel 2003, se aprueba el Cuadro Para Asignación de Perso-nal del Gobierno Regional Piura; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRP- CR, del 25 Dic.2003, se aprueba el Reglamento de Organi-zación y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Piura,determinándose en su estructura los órganos rectores queconcentran los niveles Normativos y Directivas del Pliegoy responsables de la coordinación, supervisión y gestión estratégica de las 16 Unidades Ejecutoras; Que, en aplicación del Decreto Ley Nº 25957 y Decreto Supremo Nº 036-83-JUS, artículo 2º, inciso f) se considerancargos públicos de confianza los que el titular del Pliego deter-mine, resultando conveniente al servicio, declarar cargos deconfianza necesarios para la gestión, y así mismo teniendo en cuenta el criterio del inciso b) del artículo 12º del D.S. Nº 005- 90-PCM referido al desempeño de funciones de apoyo directoo asesoría, a funcionarios del más alto nivel de la Entidad; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, precisa que es titular de unaentidad del sector público, la más alta autoridad ejecutiva así mismo, el artículo 7º de dicha norma, indica que cons- tituyen pliego presupuestario las entidades del sector pú-blico a las que se les aprueba una asignación en el presu-puesto anual; Que, de conformidad con el Artículo I del Título Prelimi- nar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, dispone y establece que para fines de la referida Ley, se entiende por "entidad" de la AdministraciónPública a los Gobiernos Regionales, dentro de los cualesse encuentra el Gobierno Regional Piura, constituyéndosepara los efectos presupuestales en el Pliego 457, que tienebajo su responsabilidad y jurisdicción a dieciséis (16) Uni- dades Ejecutoras; Que, en mérito a la indicado en los considerandos que anteceden el Gobierno Regional Piura, es una EntidadPública, cuyo pliego presupuestal es el Pliego 457 - Go-bierno Regional Piura, que cuenta con dieciséis UnidadesEjecutoras, por lo que de acuerdo a la Ley Nº 27867 tienen como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional, acorde con los lineamientos de las normas cita-das; Que, mediante las Resoluciones Ejecutivas Regiona- les Nº 0545, Nº 0767 y Nº 0920 del 05 de junio, 30 de julioy 4 de setiembre del 2003, se han declarado cargos de confianza por necesidad del servicio en cumplimiento a las normas precitadas;Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extra- ordinaria Nº 15, de fecha 30 de diciembre de 2003, con dis-pensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Conse-jo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de susfacultades y atribuciones conferidas por la Constitución Políti-ca del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA Y ESTABLECE QUE EL GOBIERNO REGIONAL PIURA, ES UNA ENTIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Artículo Primero.- Precisar y establecer que el Go- bierno Regional Piura, es una Entidad de la AdministraciónPública y tiene bajo su responsabilidad a dieciséis (16)Unidades Ejecutoras en el ámbito de su jurisdicción, sien- do éstas las siguientes: - 001 Sede Piura. - 002 Gerencia Luciano Castillo Colonna.- 003 Gerencia Subrregional Morropón-Huancabamba.- 004 Proyecto Especial Chira Piura. - 100 Agricultura Piura. - 200 Transportes Piura.- 300 Educación Piura.- 301 Colegio Militar Pedro Ruiz Gallo.- 302 Educación Luciano Castillo Colonna.- 303 Educación Alto Piura. - 400 Salud Piura. - 401 Salud Luciano Castillo Colonna.- 402 Hospital de Apoyo III Sullana.- 403 Salud Morropón Chulucanas.- 404 Hospital de Apoyo I Chulucanas.- 405 Hospital de Apoyo I Nuestra Señora de Las Mer- cedes Paita. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi-cial El Peruano. En Piura, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil tres. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional POR LO TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piu- ra, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil tres. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 01493 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G79/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G2D/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 174-MDB Barranco, 20 de enero de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe de la Gerencia de Administración Tributaria, mediante el cual