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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de enero de 2004 se establece el marco legal del régimen tributario y los im- portes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jar-dines y Seguridad Ciudadana para ser aplicados en la ju-risdicción del distrito de Barranco para el ejercicio 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgá-nica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce alos gobiernos locales autonomía política, económica y adminis-trativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que el Concejo Distrital de Barranco, es competente para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licen-cias y derechos conforme con lo dispuesto por el inciso 4) delartículo 195º de la Constitución Política del Perú y numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el DecretoSupremo Nº 135-99-EF establece que los gobiernos loca-les pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbi-trios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el régimen tributario aplicable a los arbitrios de limpieza pú-blica, parques y jardines y seguridad ciudadana para el ejer-cicio 2004, a fin de facilitar su administración y garantizaruna eficaz distribución entre los contribuyentes, de confor- midad con el Artículo 69º de la Ley de Tributación Munici- pal aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776 y su modifi-catoria Art. 1º de la Ley Nº 26725, se aprobarán los crite-rios de determinación de las tasas o los importes que re-sulten aplicables al ejercicio; Que, resulta necesario establecer los importes de los arbitrios para el ejercicio 2004; tomando en consideración como sustento los lineamientos establecidos por las Re-soluciones Nºs. 008-2003-CAM-INDECOPI y 009-2003-CAM-INDECOPI y la Sentencia del Tribunal Constitucionalrecaída en el Expediente Nº 918-2002, por recomendaciónde la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo expuesto el Informe de la Gerencia de Ad- ministración Tributaria y de conformidad con lo establecidoen el Artículo 9º Inc. 8) y artículo 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con la dis-pensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta, el Con-cejo aprobó la siguiente: ORDENANZA: ESTABLECE EL MARCO LEGAL DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA; PARA EL EJERCICIO 2004 Artículo 1º.- OBJETIVOS Establecer en la jurisdicción del Distrito de Barranco el marco legal del régimen tributario y los importes de los ar- bitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguri- dad Ciudadana. Artículo 2º.- ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza es de alcance de todos los con- tribuyentes del distrito de Barranco. Artículo 3º.- DEFINICIONES Para efecto de aplicación de la presente Ordenanza se entenderá por: A) PREDIO: Todo inmueble, llámese vivienda o unidad habitacional, local, depósito, estacionamiento, oficina, terreno, etc, ubi-cado dentro de la jurisdicción del distrito de Barranco. B) CONTRIBUYENTE: Son contribuyentes los propietarios o poseedores de los predios; así como los conductores de kioscos y módu-los reconocidos y autorizados por la Municipalidad de Ba-rranco, que ocupan la vía pública, según la obligación es-tablecida en el Art. 7º de la presente Ordenanza.C) ARBITRIOS: Son las tasas que se pagan por la prestación o mante- nimiento de un servicio público, en forma real o potencial. C.1) ARBITRIO DE LIMPIEZA PÚBLICA: Arbitrio que consiste en la limpieza y barrido de calles, plazas, parques, malecones y playas; recolección, trans- porte, descargue y transferencia final de los desperdiciossólidos y maleza de los predios. Incluyéndose lo referido ala disposición final en lugares autorizados. C.2) ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES: Arbitrio que consiste en el mantenimiento, riego, recu- peración, implementación, mejoras y embellecimiento deparques, jardines, malecones y bermas de uso público. C.3) ARBITRIO DE SEGURIDAD CIUDADANA: Arbitrio que consiste en el mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia pública, protección civil y atención de emergencias en procura de la Seguridad Ciudadana. Artículo 4º.- JUSTIFICACIÓN TÉCNICA DE LA DE- TERMINACIÓN DE LOS ARBITRIOS. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69º de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº 776 y su modificatoria por Ley Nº 26725; los importesaprobados en la presente Ordenanza han sido calculadosen función al costo efectivo del servicio a prestar, según sedetalla en el informe técnico que como Anexo I forma parteintegrante de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN. Anualmente mediante Ordenanza y de conformidad con el artículo 69º de la Ley de Tributación Municipal aprobadapor Decreto Legislativo Nº 776 y su modificatoria artículo1º de la Ley Nº 26725, se aprobarán los criterios de deter- minación de las tasas o los importes de los arbitrios que resulten aplicables al ejercicio, tomando en consideraciónel costo total que demande la prestación de los serviciosde Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciu-dadana. Se fijan como criterios de distribución de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciu- dadana, considerando lo dispuesto por el Tribunal Consti-tucional en la sentencia recaída en el Expediente Nº 0918-2002-AA/TC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el24 de abril del 2003, la Defensoría del Pueblo; y, los linea-mientos y criterios establecidos en las Resoluciones Nºs. 008 y 009-2003-CAM-INDECOPI: CRITERIOS PARA EL COBRO DE ARBITRIOS LIMPIEZA PÚBLICA JUSTIFICACIÓN USO Dividido en casa habitación, Comercio, otros co- mercios (que involucra a las agencias financieras,cooperativas, mutuales, Bingos, Restaurantes, dis- cotecas, pub, supermercados, stand y puestos en mercados, estacionamiento y depósitos en edifi-cios, servicios educativos, entre otras, que por lanecesidad del servicio que brindan, necesitan deun mayor apoyo por la Municipalidad. Asimismo,incluye a las industrias del distrito, garaje en edi- ficios y depósito). ÁREA Área (tamaño del predio - techada cuando se tra- ta de edificaciones, y área sin techar cuando se trate de terrenos sin construir. construida y sin construir. UBICACIÓN Sector A, B y C (Determina la frecuencia del ser- vicio, y el uso de mayor infraestructura de trans- porte y personal para la recolección de residuos sólidos y barrido de calles). PARQUES Y JARDINES JUSTIFICACIÓN UBICACIÓN Sector A, B y C (Determina el uso y disfrute con mayor frecuencia y la cercanía a las áreas ver-des, parques, jardines, malecones, plazas de usopúblico ). ÁREA Criterio recogido, por cuanto supone que una pro- piedad de mayor metraje alberga a un mayor nú-mero de personas que hacen mayor uso y disfru-te de las áreas verdes.